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Penal

Contra el populismo penitenciario

Magnífico [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE] de opinión hoy en El País que refleja un problema más profundo con la falta de sintonía entre las opiniones mayoritarias de la gente (basada muchas veces en instintos como el de venganza) y la legislación más adecuada para atacar un problema social.

Desde el año 2000, el número de reclusos en España ha aumentado un 65,1%, lo que nos sitúa a la cabeza de Europa en tasa de presos por cada 100000 habitantes: 153,6. Según datos oficiales, en 2009 había en las cárceles españolas 76090 internos, el doble de los que había en 1990. De ellos, un 22%, está en prisión preventiva, esto es, a la espera de un juicio que resuelva sobre su situación. Mantener a un recluso en España cuesta de media 54,79 euros al día y contamos con un presupuesto que ha pasado del equivalente en pesetas a unos 689 millones de euros del año 2000 a casi 1.250 millones de euros en 2010. Curiosamente, las medidas alternativas a la prisión salen muchísimo más baratas: tan solo cuestan tres euros por persona y día. Aún más, según datos del Consejo de Europa publicados en 2005, el tiempo medio de estancia en prisión en España se duplicó desde 1996 (9,7 meses) hasta 2004 (16,7 meses).

Y todo esto a pesar de que España se sitúa en una tasa de criminalidad comparada de 45,8 por cada 1000 habitantes, una de las tres más bajas de Europa y muy por debajo de la media europea de 69,1, situándose en 2009 al mismo nivel que en el año 2000. El Eurobarómetro de otoño de 2009 indicaba además que la percepción de la delincuencia como problema en España era de 11,0, la segunda más baja de Europa y muy lejos de la media de la UE de los 27 situada en 19,0. En resumen, en 10 años la criminalidad ha permanecido estable en cotas muy reducidas, su percepción por la población es muy baja y, sin embargo, en 20 años se ha duplicado la población penitenciaria.

Fuente: Ecos del futuro

Al menos cuatro países practican la lapidación

Sería maravilloso decir que la lapidación en el mundo contemporáneo es tan sólo la mejor escena de La vida de Brian, pero ni el mundo es una película ni es maravilloso. Al menos cuatro de los 58 países que mantienen la pena de muerte han practicado en los últimos años esta modalidad de ejecución, la más «extrema de trato cruel que ya es la pena de muerte porque su objetivo es prolongar el dolor», explica Alfred Cerdán, portavoz de Amnistía Internacional. El castigo, para quienes no hayan visto ninguna de las [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE], consiste en semienterrar al condenado -preferentemente mujer- y apedrearlo hasta la muerte. Como los hombres tienen la desgracia de poder soportar golpes fuertes sin perder el conocimiento, la muerte es muy lenta. Si el pobre diablo logra escapar a su jauría de verdugos, se le perdona la vida. En algunos países, el reo no ve lo que está pasando, porque tiene la cara tapada con una capucha.

La palabra de un hombre por la de dos mujeres

Para justificarla, en menos de una docena de puntos del mundo -Somalia, Irán, Sudán, el norte de Nigeria, Pakistán, Afganistán, Emiratos Árabes, Arabia Saudí, una provincia de Indonesia y Yemen- se siguen invocando hoy en día [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE], aunque el Corán no dice ni media sobre el asunto. La sharía condena a muerte a pedradas a casados, separados, divorciados hasta a viudos que tengan relaciones extramatrimoniales -qué es adulterio y qué no lo decide el tribunal islámico de turno-. El delito debe probarse por la confesión repetida del acusado o el testimonio de cuatro testigos varones (o de tres hombres y dos mujeres). Esta misma ley castiga el robo con la amputación de las manos y la «fornicación» fuera del matrimonio, la homosexualidad y el consumo de alcohol con cien latigazos.

Muchos de esos países la contemplan en sus legislaciones estatales o locales pero no la aplican desde hace años y otros son estados fallidos directamente sin ley en los que campan tribunales islámicos y sentencias sin juicio. AI sólo tiene constancia de casos recientes en Nigeria, Somalia, Indonesia e Irán. En Indonesia se limita a una provincia con cierta autonomía, Aceh, situada en el extremo norte de la isla de Sumatra. La Cámara de Representantes provincial promulgó en septiembre de 2009 una ley local que recoge este castigo para los adúlteros, aunque contraviene la Constitución y el criterio del Gobierno indonesio. Esta situación es «muy preocupante» para AI porque supone «un rebrote» de este comportamiento salvaje que hay que erradicar. La buena noticia es que «no hay constancia» de que se haya llevado a cabo ningún apedreamiento de momento, aunque es complicado certificarlo por el «secretismo» que lo rodea. En Somalia e Irán son igualmente «difíciles de documentar» ya que en el primer caso sólo existe algo parecido a un gobierno en Mogadiscio, con [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE] y, en el segundo, «las lapidaciones pueden ser «secretas o públicas y no existe una estadística oficial de penas de muerte».

Informe completo en:  [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]

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Enlaces relacionados:

–  La web de Maco048. Noticias criminología:  pena de muerte

La vida corta y la muerte cruel de Atefeh Rajabi.  Islam

–  El gran dilema: pena de muerte o prisión perpetua o penas máximas. Marisol Collazos Soto

Acusa, que algo queda (Partido Popular, PP)

Caso Bono. Unos militantes del PP son identificados en unas fotografías en las que aparecen en actitud violenta en un intento de agresión al entonces ministro José Bono durante una manifestación. Los policías que les detienen para interrogarles son acusados y declarados culpables de detención ilegal por el juez Hidalgo. Finalmente el Supremo les absuelve, por entender que la detención estaba plenamente justificada por un intento de atentado a la autoridad.

[Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]. Un perito de la policía científica se inventa una extravagante conexión entre ETA y el 11M, que sus superiores corrigen por carecer de fundamento, basada en la coincidencia de la aparición de ácido bórico en un registro relacionado con la banda y en otro relacionado con un terrorista islamista. Esta sustancia se utiliza como insecticida para cucarachas y como desodorante, pero eso no impide que se de pábulo a múltiples teorías contra la investigación del atentado desde el Partido Popular y sus medios afines, y los altos cargos de la policía científica son acusados de falsedad. Finalmente la Audiencia de Madrid les absuelve y califica de irrelevante que pueda hallarse ácido bórico en casas diferentes dado que se trata de «una sustancia de uso doméstico».

Caso Leganés. El 11 de marzo de 2005 la Consejería de Sanidad destituye a Luis Montes, entonces jefe de Urgencias del Severo Ochoa, tras conocerse una denuncia anónima en la que se acusa a médicos del centro de haber causado la muerte a 400 pacientes por aplicarles sedaciones indebidas. El juez de instrucción archiva inicialmente la causa abierta contra Montes y otros siete médicos del hospital, si bien afirma que hubo mala práctica médica, aunque no se puede demostrar que ésta causara las muertes. Finalmente, tras casi tres años de calvario judicial, político y mediático, la Audiencia Provincial de Madrid estima el recurso de apelación presentado por el ex jefe de Urgencias descartando totalmente la mala práctica.

Caso del PP de Villaviciosa de Odón. La entonces presidenta local del PP de Villaviciosa de Odón, Pilar Martínez, presenta una denuncia ante los órganos internos del partido tras haber constatado la existencia de una oleada de afiliaciones irregulares con las que se alteraba el equilibrio del partido de cara a las elecciones internas. La Cadena SER difunde esta información sobre las presuntas afiliaciones irregulares, y se centra exclusivamente en las 78 que según la denuncia interna eran personas que no habían seguido los trámites y de las cuales, muchas de ellas, estaban vinculadas con Bravo y Vázquez, empresarios relacionados con el «Tamayazo». El director de la cadena y el director de informativos son condenados como autores de un delito de «revelación de secretos» a un año y nueve meses de prisión, y a las penas accesorias de «inhabilitación especial para la dirección de medios de comunicación y el ejercicio de la actividad de periodistas». Finalmente, estos días se ha concocido que la Audiencia Provincial de Madrid ha estimado el recurso presentado por los periodistas, anulando la condena al estimar que la lista de afiliados irregulares publicada no constituye un delito de revelación de secretos.

Suma y sigue. Para todas estas personas las acusaciones iniciales fueron muy serias y en todos los casos supusieron un linchamiento social y mediático de consecuencias irreparables. Cada una de estas sentencias absolutorias supone un triunfo de la razón frente a la ignominia, pero también cada una de ellas supone que antes se había cometido una injusticia que nos causó un poco más de daño como sociedad. Cada vez más polarizados, sin punto de encuentro posible: los tuyos y los míos; los buenos y los malos. Así nos va.

Fuente: El rey de la baraja

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–  La web de Maco048. Noticias: Partido Popular

Aprobado el nuevo Código Penal, mucho más duro para pederastas y corruptos

El pleno del Senado ha aprobado este miércoles de forma definitiva la reforma del Código Penal, que agrava el castigo para los delitos de corrupción, terrorismo y abusos sexuales a menores e incluye la libertad vigilada de hasta diez años para terroristas y pederastas reincidentes una vez cumplida la condena.

El Senado ha rechazado todas las enmiendas de las fuerzas políticas y no ha introducido cambios en el proyecto remitido por el Congreso, que ha salido adelante con los votos a favor de los socialistas, CiU, ERC y CC, la abstención del PP, ICV y el BNG y el voto en contra del PNV.

El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, que ha defendido la reforma durante el debate en el pleno, ha destacado que el nuevo Código Penal es «necesario, adecuado y pensado por todos, con el trabajo de todos, para atender la realidad social de nuestro país».

Entre las principales novedades del ordenamiento está la tipificación como delito del soborno entre particulares, la no prescripción de los asesinatos terroristas y el endurecimiento de las penas por abusos a menores, que llegarán a los quince años de prisión.

Nuevos delitos

El nuevo código, según Caamaño, atiende compromisos internacionales al incluir nuevos delitos como la trata de seres humanos, el tráfico de órganos o la corrupción en el sector privado.

Introduce también cambios en algunos tipos penales ya existentes, especialmente en delitos sexuales, para conseguir una mayor protección de las víctimas, en particular cuando son menores, y en delitos de terrorismo, tipificando de forma expresa la captación o adoctrinamiento de personas para su integración en organizaciones terroristas.

El titular de Justicia considera que esta reforma, la número 26 del Código Penal en 15 años, también resuelve los problemas de interpretación de la prescripción y cubre «intolerables lagunas de punibilidad» frente a delitos de corrupción que provocan un grave daño social.

En este bloque, destaca la tipificación de nuevos supuestos de corrupción o cohecho entre particulares, acoso inmobiliario, los delitos a través de Internet y la introducción  de la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Corrige el «desmedido rigor penal»

El ministro ha recalcado además que se corrige el «desmedido rigor penal» para conductas de menor gravedad, como el tráfico de drogas de escasa entidad o el llamado top manta, que -según lo aprobado en el Congreso- pasa de ser delito a falta, de tal forma que los «manteros» cuyo beneficio no supere los 400 euros no tendrán pena de cárcel.

El PP se ha abstenido en la votación y ha vuelto a mostrar su desacuerdo con el proyecto. El senador popular Manuel Altava ha defendido las enmiendas de su partido, que han sido rechazadas y, entre otras cosas, proponían la «cadena perpetua revisable» para delitos graves y la ampliación de la imprescriptibilidad de los delitos de terrorismo con resultado de muerte a los que causen lesiones graves o cuando haya secuestro de la víctima.

En contra de la reforma ha votado el PNV, que rechaza -entre otras medidas- la regulación de la libertad vigilada y considera que se ha acometido un nuevo endurecimiento punitivo que «está cada vez más reñido con el fin resocializador» del derecho penal, ha dicho el senador Joseba Zubía.

Fuente:  20Minutos.es

Bajo licencia Creative Commons

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–   La web de Maco048. Noticias criminología:  Penal

–   La web de Maco048. Noticias criminología:  Delincuencia

–   Apuntes Criminologia, Universidad de Murcia. Marisol Collazos Soto

Nigeria ejecutará presos para paliar la saturación en sus cárceles

Amnistía Internacional (AI) ha condenado la decisión de Nigeria de ejecutar a presos para paliar el hacinamiento en las cárceles del país e instó a su gobierno a atender los problemas de su sistema de justicia.

El gobernador del estado de Abia, al sureste del país, Theadore Orji, anunció esta decisión después de haberse reunido con otros 36 gobernadores de otros estados, el pasado martes.

«Más de tres de cada cinco prisioneros en Nigeria no han sido condenados por ningún delito, sino que llevan años encerrados en condiciones atroces a la espera de un juicio», señaló Aster van Kregten, de AI, en un comunicado. «Es asombroso que vean las ejecuciones de prisioneros como una solución a ese problema», agregó.

Según el Ministerio nigeriano de Interior, hay 46.000 personas en las cárceles nigerianas, de las que 30000 se encuentran a la espera de un juicio, que como promedio tarda diez años en concluirse.

El problema se agrava porque pocos pueden permitirse pagar un abogado y la asociación gubernamental Legal Aid Council, creada para suministrar abogados de oficio a aquellos con menos recursos, sólo dispone de 100 letrados.
En la actualidad hay 870 personas condenadas a muerte en estas circunstancias.

Dos asociaciones gubernamentales creadas por el expresidente Obasanjo -el Grupo Nacional de Estudio de la Pena de Muerte y la Comisión Presidencial para la Reforma de la Administración de Justicia- han recomendado una moratoria en las ejecuciones porque el sistema de justicia no puede garantizar un proceso justo.

«Las autoridades federales y estatales no pueden ignorar las recomendaciones de sus propios órganos asesores y de otras organizaciones internacionales», afirma el responsable de AI.

En 2007 y 2008, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó sendas resoluciones en las que pedía a los países en los que todavía está vigente la pena de muerte que vayan restringiendo su uso y que establecieran una moratoria en las ejecuciones con vistas a abolir finalmente la pena capital.

Fuente: Amnistía Internacional

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–  El gran dilema: pena de muerte o prisiónperpetua o penas máximas. Marisol Collazos Soto

La web de Maco048. Noticias: pena de muerte

La web de Maco048. Noticias: Amnistia Internacional

Una reforma del Código Penal (España) permitirá llevar a la cárcel a los autores de hurtos que sean reincidentes

Se acabó la sensación de impunidad para los ladrones que atenazan a los turistas de las grandes ciudades. Una reforma en el Código Penal permitirá llevar a la cárcel a los rateros que roben varias veces, aunque el botín no llegue a los 400 euros (por encima de esta cifra se trata de un delito; por debajo, una falta y no se ingresa en prisión).

Será el juez el que interprete qué es reincidencia para enviar a un ladrón a la cárcel. Se han elegido los fines de semana y días festivos porque las cárceles, que acabaron 2009 con 76090 reclusos, están menos saturadas en esas fechas.

Uno de los problemas para saber si alguien ha robado una o cien veces es que no existe ningún registro de faltas. Esta base de datos deberá estar en marcha en el plazo máximo de un año. Será central y a él podrán acceder todas las policías y los jueces. En él quedarán constancias de todos los hurtos.

Noticia completa en:  20Minutos.es

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Enlaces relacionados:

–  Asignatura Derecho Penal I. Licenciatura en Criminología. Universidad de Murcia

–  Asignatura Derecho Penal II.  Licenciatura en Criminología. Universidad de Murcia

–  La web de Maco048. Noticias:  Penal

¿El Papa contra las cuerdas?

Que la Iglesia está pasando malos momentos por los numerosos casos de pederastia no es ya nada nuevo. Si a eso le añadimos que el actual Papa pudo haber encubierto un caso de pederastia en EEUU, entonces se entiende que en el Vaticano anden cuando menos, algo nerviosos con el asunto.

Independientemente de las creencias de cada cual, lo cierto es que el Papa es una persona más y si cometió algún tipo de delito éste debería ser juzgado del mismo modo que se nos juzgaría a cualquiera de nosotros. Esto es lo que parece pensar el conocido periodista Christopher Hitchens el cual pensó en la posibilidad de aprovechar la visita del Papa a Inglaterra el próximo mes de Septiembre para intentar sentar al Papa en la banquillo de los acusados. Hitchens se puso en contacto con el conocido científico y divulgador Richard Dawkins, éste le mostró su apoyo y entre los dos han encontrado los abogados que pueden llevar el caso, estos son Geoffrey Robertson y Mark Stephens.

El señor Robertson, escribió un artículo en The Guardian, donde explica que al Papa se le podría sentar en el banquillo de los acusados por crímenes contra la humanidad. Para ello se basa en que en la Corte Penal Internacional, incluye en crímenes contra la humanidad, la violación, la esclavitud sexual etc. Además, dado que el Vaticano no es realmente un estado en el derecho internacional al no estar reconocido como tal por la ONU, no tener fronteras vigiladas y además sus relaciones no son de plena naturaleza diplomática, todo esto haría que el Papa no pudiera acudir a la inmunidad diplomática para evitar sentarse en el banquillo de los acusados.

Fuente: Homínidos

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Enlaces de interés:

–  Religiones, una visión crítica

–  Blog de Emilio del Barco

Nos toman por tontos (Partido Popular, PP)

Esperanza Aguirre,

presidenta del Gobierno de Madrid que dio 367 contratos públicos a dedo a la trama corrupta, de los que sólo tres se adjudicaron por concurso; presidenta del PP de Madrid, que es la organización regional del PP que más imputados tiene en la trama; presidenta de un grupo parlamentario del PP en la Asamblea de Madrid donde tres diputados, incluído el ex consejero de Deportes, han formado el grupo Gürtel, de imputados con escaño; máxima responsable de un Gobierno que gastó 2,2 millones de euros en dos misteriosas campañas de publicidad de las que nadie nunca supo con un proveedor de la Gürtel en la víspera de las elecciones autonómicas de 2007; candidata electoral patrocinada por Fundescam; presidenta de Fundescam cuando esta fundación pagó a Special Events, en 2005, unas facturillas pendientes.

en vez de dimitir, saca pecho y dice que

Yo me siento especialmente satisfecha de haber sido, creo que en una parte muy importante, la causante de que este caso se destapara

[Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE], presidente del PP en los años en que la trama Gürtel se formó y realizó la mayoría de sus trapicheos con y para el partido a nivel nacional, cuando Correa tenía acceso directo en la calle Génova y era testigo en la boda de Alejandro Agag y Ana Aznar; presidente del Gobierno mientras todo cristo se lo andaba llevando en la más absoluta impunidad; en vez de pedir perdón o al menos estarse callado, saca pecho y dice que

El PP que surgió del congreso de Sevilla [del que se celebran ahora 20 años] fue implacable contra la corrupción y creo que nuestros militantes nos exigen que así siga siendo (…) Los españoles no entenderían que el Partido Popular dejase de ser incompatible con la corrupción.

No sabe uno si echarse a reir o a llorar. Vale que no asuman la más mínima responsabilidad política, vale que no dimitan ni den explicaciones, pero al menos podían cortarse un pelo y no tomarnos por tontos con tanto descaro. Vamos, digo yo.

Actualizado un rato más tarde. Obviamente las declaraciones de Aznar y Aguirre son un insulto a la inteligencia, pero hay algo más: incluso aunque fuese cierto lo que dicen ¿eso es todo lo que se les ocurre como explicación en el PP? ¿Intentar escurrir el bulto? ¿Pasarle el muerto a Rajoy? ¿»Conmigo esto no pasaba/pasaría»? Anda que vaya tropa.

Actualizado el día siguiente. Y bueno, luego está lo de Mariano Rajoy, que nos toma no ya por tontos sino directamente por gilipollas, y nos ofrece como gran medida contra la corrupción la dimisión del tesorero Bárcenas y su baja temporal como militante, cuando en Julio ya [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE] como gran medida contra la corrupción la dimisión temporal del mismo tesorero, que en cualquier caso sigue siendo tanto antes como ahora senador en el grupo popular. No hace falta ser adivino para imaginar que en unos meses Rajoy nos presentará como gran medida contra la corrupción la baja permanente como militante de Bárcenas, y luego en otros meses su expulsión del grupo popular del senado, y luego en otros meses su dimisión como senador, etc etc.

Fuente:  El rey de la baraja

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Enlaces relacionados:

–  La web de Maco048. Noticias: Partido Popular

–  Los Genoveses

Arabia Saudita ejecutará a libanés por brujería

Un libanés acusado de brujería y condenada a muerte en Arabia Saudita está programado para ser decapitado el viernes, dijo el miércoles el abogado.

El abogado de Ali Hussain Sibat, dijo a CNN que el y su familia estaban al tanto de la próxima ejecución. «Dijo que por lo que escuchó de una fuente en Arabia Saudita y con el conocimiento del proceso y las actuaciones, que las autoridades saudíes «llevarán a cabo la ejecución.»

El Ministro saudí de Justicia no pudo ser localizado para que comentara sobre el asunto.

Khansa dijo que ha pedido al primer ministro del Líbano, Saad Hariri, y el presidente, Michel Suleiman, que intercedan para detener la ejecución.  Amnistía Internacional, el grupo de derechos humanos, ha pedido al rey Abdullah de Arabia Saudita que la bloqueara.

Sibat es el anfitrión de un popular » show» que se transmitió en el canal de televisión por satélite con sede en Beirut «Sheherazade».  Según su abogado, Sibat podría predecir el futuro en su programa y dar consejos a su público.

Khansa dijo a CNN que su cliente fue detenido por la policía religiosa de Arabia Saudita (conocido como el Mutawa’een) y acusado de brujería durante su visita al país en mayo de 2008.  Sibat estaba en Arabia Saudita para realizar la peregrinación religiosa islámica conocida como Umra.

Sibat fue sometido a juicio, y en noviembre de 2009, un tribunal de la ciudad saudí de Medina lo declaró culpable y lo condenó a muerte.

Fuente:  CNN World

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Enlaces de interés:

–  La sangre acusadora y otros mitos criminológicos

–  La Inquisición como instrumento de poder

–  La web de Maco048. Noticias: Caza de brujas

La web de Maco048. Noticias: pena de muerte

–  El gran dilema: pena de muerte o prisión perpetua o penas máximas

2009, primer año sin ejecuciones en Europa

os países de Europa no realizaron ninguna ejecución en 2009 por primera vez desde 1980, año en que Amnistía Internacional (AI) comenzó a realizar seguimiento al respecto, destaca la organización humanitaria en su informe anual.

No obstante, los autores del documento expresan su decepción por dos ejecuciones recientes en Bielorrusia, y reiteraron al presidente bielorruso, Alexandr Lukashenko, su petición de decretar una moratoria a la pena de muerte en su país.

En los últimos 10 años, Bielorrusia, Uzbekistán y Tayikistán ejecutaron a unas 130 personas, pero desde 2006 el país eslavo es el único Estado europeo en llevar a cabo ejecuciones.

«Muchas de las antiguas repúblicas soviéticas abolieron la pena capital en los 1980 y 1990, Rusia y Ucrania llevan más de diez años sin ejecutar a nadie, mientras que Bielorrusia sigue siendo un país problemático», señala el informe de AI.

Al mismo tiempo, la cifra exacta de ejecuciones realizadas el año pasado en el mundo se desconoce a falta de datos oficiales de China, un país donde, según los defensores de derechos humanos, hubo miles de ejecutados en los últimos años y al que AI pide revelar la información al respecto.

La organización indica también que Estados Unidos es el único país americano que sigue aplicando la pena capital. Más de cien estadounidenses fueron condenados y otros 52 ejecutados el año pasado.

Por su parte, Irán continúa liderando entre los países de Oriente Próximo con 388 ejecuciones en 2009. Igualmente, AI muestra preocupación ante el aumento de estos casos en Irak donde el año pasado fueron ejecutados 120 personas frente a 34 en 2008.

Fuente:  RIA NOVOSTI

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–  En EE.UU. la pena de muerte lo importante es a quién se mata

La agonía de la pena de muerte en EE.UU.

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Varón español, menor de 35 años y borracho, perfil de los condenados por delitos de tráfico

Más del 90 por ciento de los penados por delitos contra la seguridad vial son hombres, casi todos españoles, seis de cada cuatro conducían bajo los efectos del alcohol y el 46 por ciento tiene menos de 35 años. Este es el perfil de los infractores de tráfico, según un estudio que llevó a cabo el mes pasado Instituciones Penitenciarias. El número de condenados, tras dos años en vigor de la Ley de Seguridad Vial y la reforma del Código Penal que castiga esas conductas, no para de aumentar. Ya hay casi 900 personas en la cárcel por estos delitos y sólo en 2009 se dictaron 122758 sentencias que imponían la pena de trabajos en beneficio de la comunidad La mayoría, al ser juicios de conformidad, se traducen en 30 días de pena, según la secretaria general de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo, es decir, son asuntos de «gravedad menor».

Fuente:  Noticias.com

La muerte de un niño que viaje en coche sin cinturón podrá ser considerada un homicidio

Los fiscales en materia de seguridad vial podrán acusar de delito de homicidio o lesiones imprudentes a un conductor, en caso de accidente en el que fallezcan menores o resulten lesionados por no tener puesto el cinturón de seguridad o carecer de algún elemento de retención.

También podrá imputarse un delito de «homicidio y lesiones imprudentes» a los conductores en caso de accidente mortal si se comprueba que el vehículo tenía los frenos o neumáticos deteriorados. Éstas son algunas de las conclusiones a las que han llegado unos 50 fiscales que han participado este lunes y martes en las Jornadas Anuales de Fiscales de Seguridad Vial en Santiago de Compostela.

Entre los puntos más destacables, el fiscal coordinador, Bartolomé Varga, ha aludido a la protección de los colectivos «más débiles», entre los que se incluyen a personas discapacitadas, ancianos, ciclistas, motoristas y, especialmente, los menores. Ha indicado que es responsabilidad del conductor poner el cinturón de seguridad a los menores que viajen en vehículo porque, ha justificado Vargas, el niño está en una «absoluta indefensión» y no tiene consciencia de la importancia de este sistema de seguridad.

Ha precisado que las medidas penales se aplicarán como «último recurso» y ha añadido que el caso se remitirá a la Fiscal de la Sala Coordinadora de Menores cuando se trate de personas unidas al menor por vínculos parentales o desempeñe funciones de tutor.

El fiscal ha lamentado que más de la mitad de los menores fallecidos en accidentes de tráfico en España en 2008 carecían del cinto de seguridad y concretó que de los 76 niños perecidos el año pasado en las carreteras españolas, 40 no llevaban sistemas de retención o protección.

Para evitar la muerte de menores en las vías, Vargas ha defendido la aplicación de acciones formativas y educativas entre los conductores, continuar con las campañas publicitarias de la Dirección General de Tráfico o imponer sanciones administrativas específicas.

Fuente: 20Minutos.es

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Apuntes Derecho Penal II. Capitulo 1. Licenciatura Criminología. UMU

–  La web de Maco048. Noticias: homicidios

Criminología III. Psicópatas y asesinos en serie. Licenciatura Criminología. UMU

Religioso español procesado en Chile por pedofilia

José Ángel Arregui Eraña, un religioso español miembro de la congregación de los Clérigos de San Viator, está en prisión tras ser detenido en Chile por posesión de pornografía infantil. La justicia española investiga ahora a Arregui, profesor de 53 años, porque también filmaba su propio material en el que aparecen presuntos abusos sexuales contra al menos 15 menores españoles. Todas las imágenes fueron grabadas en España, según consta en las diligencias del caso. En tres colegios en los que Arregui dio clase. El juzgado de instrucción número 9 de Madrid es el que ha abierto diligencias sobre el caso. El imputado se encuentra desde agosto de 2009 en prisión preventiva en Santiago de Chile.

El superior provincial de la Congregación de los Clérigos de San Viator en Madrid, Pedro Lahora, asegura que sus miembros no conocían las actividades de Arregui. Que nunca hubo denuncias contra él. Lahora añade que la comunidad religiosa se ha puesto a disposición de las autoridades, tanto chilenas como españolas, para esclarecer los hechos. «Estamos consternados», dice. También han informado a los superiores de la orden y al Arzobispado de Madrid, explica.

Arregui fue detenido en agosto del año pasado en la capital chilena. La policía de ese país, que investigaba las entradas y salidas de varias comunidades pedófilas en Internet, localizó que alguien, desde la residencia El Señor Renca del Liceo Politécnico, se había descargado varios archivos con pornografía infantil. No les resultó muy complicado encontrarlos. Los ficheros se habían bajado desde el ordenador público de la residencia y utilizando la red inalámbrica comunitaria.

Así, en el PC de la casa descubrieron una carpeta con el nombre de José Ángel en la que, originalmente, estaban los archivos, que habían sido borrados. Una investigación de los habitantes de la residencia de profesores les llevó a detener al religioso español. Él mismo entregó a los policías de la Brigada de Investigación del Cibercrimen otros muchos archivos con fotografías y vídeos. «Algunas de las imágenes más crudas que nos hemos encontrado en las muchas investigaciones realizadas», explica por teléfono el subcomisario Cristian González Mendoza, del grupo de pornografía infantil. Miles de fotografías y vídeos de durísimo contenido: sadomasoquismo, coprofilia, urofilia, sexo con bebés.

Pero además del material comprado o intercambiado con otros pedófilos, Arregui había producido también sus propias imágenes. Entre los centenares de vídeos en poder del religioso español se encontraron muchos en los que el protagonista era él mismo. El acento de los menores, la ropa y detalles del mobiliario permitieron a los investigadores chilenos determinar que las imágenes se habían grabado en España. En las instalaciones de varios colegios. La agrupación de pornografía infantil de la brigada del cibercrimen chilena entregó ese material a la Interpol. Estos alertaron a la Guardia Civil.

El religioso español llevaba desde enero de 2008 dando clase en la Universidad Santo Tomás de Santiago de Chile. Antes había pasado por siete colegios en España, donde había dado clase de Educación Física, Lengua o Religión. Fue en al menos tres de esos centros, según ha determinado la investigación de la Guardia Civil, donde se grabaron los abusos. Todos pertenecen a la congregación de los Clérigos Viatorianos (una comunidad religiosa de origen francés, presente en 15 países): el colegio San Viator de Madrid, el San Viator de Vizcaya y el San José de Basauri. Las imágenes -reunidas en 13 DVD- muestran al menos a 15 menores de 12 a 14 años, según la investigación, bajo secreto de sumario hasta hace unos días. De ella se desprende que los vídeos fueron grabados entre 1992 y 2005. Siempre con cámara oculta. Tocamientos, masturbación a los menores, agresiones físicas y penetración con objetos.

Información completa en:  A N T I C L E R I C A L
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–  La web de Maco048. Noticias: pedofilia

«Si no podemos ser castos, seamos cautos»

–  Crónicas de otro papa tartufo

–  La Iglesia Católica (ICAR), en crisis

En EE.UU. la pena de muerte lo importante es a quién se mata

Según su investigación, publicada en Law and Society Review, (43-4:807-837), la probabilidad de ser condenado a muerte es mucho mayor si el acusado mata a una víctima blanca o hispana que esté casado, sin antecedentes penales, y con un título universitario, frente a que su víctima sea negro o asiático, con antecedentes penales y sin título universitario.

Los recientes debates sobre la pena de muerte tienden a centrarse en la inocencia y el coste del proceso. La investigación de Phillips indica que la arbitrariedad ha sido siempre lo preocupante.

«El concepto de arbitrariedad sugiere que, los hechos relevantes jurídicos de un caso de pena capital no pueden explicar el resultado: Irrelevantes factores sociales también dan forma a la sanción final del estado» señala Phillips. «La pena capital, la muerte, es la pena más grave impuesta en nombre de las víctimas de alto estatus. Significa que unas víctimas importan más que otras».

La investigación de Phillips se basa en 504 casos de pena de muerte que sucedieron en el condado de Harris, Texas, entre 1992 y 1999.

Basándose en los mismos datos de una investigación anterior, Phillips demostró que, en Houston, los acusados negros tenían más probabilidades de ser condenados a muerte que los acusados blancos. Las disparidades raciales que se revelan en el documento anterior, se vuelven más agudas cuando se tiene en cuenta la situación social de las víctimas: los acusados negros eran más proclives a ser condenados a muerte cuando las víctimas tenían un alto estatus.

Los resultados combinados de ambos documentos ponen en tela de juicio el sentido de la justicia.

«¿Debería definirse la justicia de acuerdo con la pena que un acusado particular merece?» pregunta Phillips «¿O debería definirse de acuerdo a si el sistema judicial puede o no impartir el castigo mortal de una manera equilibrada? La cuestión golpea en el corazón del debate sobre la pena de muerte».

Fuente: BitNavegantes

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La agonía de la pena de muerte en EE.UU.

La demora puede ser casi tan inhumana como la ejecución. En el corredor de la muerte hay presos que pueden esperar 25 años a que se cumpla su sentencia e, incluso, morir antes de viejos.

Asus 94 años, el estadounidense Viva Leroy Nash tenía el título de preso más anciano en el corredor de la muerte, donde llevaba unos 25 años. Hace unos días, Nash también fue noticia porque falleció por causas naturales esperando su ejecución en la prisión Florence, del estado de Arizona. Allí seguía a pesar de haber sufrido hasta cinco ataques cardiacos durante su estancia en prisión, y de ser sordo, casi ciego, sufrir un desorden mental y demencia, según su abogado, Thomas Phalen.

El debate sobre la pena de muerte está constantemente abierto, pero este caso pone de relieve que además de la ejecución en sí misma, esta sentencia conlleva la estancia durante un tiempo indeterminado en el corredor de la muerte, en celdas de dos por tres metros en las que cada día puede convertirse en el último. «Es un sistema cruel, inhumano y degradante. Como si con la pena de muerte no fuera suficiente», dice Andrés Krakenberger, ex presidente de Amnistía Internacional en España y portavoz de la Asociación contra la pena de muerte Pablo Ibar, quien actualmente es el único español que se encuentra en el corre

dor, en la penitenciaría de Starke, en el estado de Florida, Estados Unidos.

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Los delitos de terrorismo con víctimas mortales no prescribirán

El proyecto de reforma del Código Penal recogerá una mención expresa a la imprescriptibilidad de los delitos de terrorismo en caso de que haya habido alguna víctima mortal. La medida pretende poner fin a casos como el del etarra Juan Antonio Zurutuza, juzgado esta semana en la Audiencia Nacional por dos asesinatos cometidos en los ochenta, pese a que su carrera delictiva sumaba otros cuatro delitos de sangre que ya habían prescrito porque habían pasado veinte años desde que fueron cometidos.

La innovación se refiere al artículo 133.2 del citado proyecto, que recoge textualmente que «las penas impuestas por los delitos de lesa humanidad y de genocidio y por los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado (…) no prescribirán en ningún caso. Tampoco lo harán las penas impuestas por delitos de terrorismo, si estos hubieran causado la muerte de una persona», se refleja en la reforma remitida por el Ministerio de Justicia al Congreso de los Diputados.

Esta iniciativa permitirá que no se den casos como el del que fuera líder de los Comandos Autónomos Anticapitalistas, Juan Antonio Zurutuza, quien fue juzgado esta semana en la Audiencia por los asesinatos del delegado de Telefónica en Guipúzcoa, Enrique Cuesta, y el de su escolta Antonio Gómez, por los que la Fiscalía pide 30 años de prisión.

Fue la única causa por la que podrá ser juzgado, ya que el resto -otras diez, que incluyen atracos, secuestros y cuatro asesinatos- se han considerado prescritas porque han pasado 20 años sin que haya habido procesos que interrumpieran la prescripción.

Fuente: [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]

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Enlaces de interés:

–  Asignatura Derecho Penal I.  Licenciatura en Criminología. UMU

–  Asignatura Derecho Penal II.  Licenciatura en Criminología. UMU

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Pena de muerte en la República Popular China

Existen aproximadamente 68 delitos punibles con la muerte en China, varios de ellos no violentos, y se ejecuta al año a más personas que en cualquier otro país del mundo. Amnistía Internacional calculó que durante 2008 China llevó a cabo al menos 1718 ejecuciones, y condenó a muerte a 7003 personas. Estas cifras son conservadoras y sin duda las reales son mucho más elevadas.

La Dui Hua Foundation, ONG radicada en Estados Unidos, calcula que en 2008 fueron ejecutadas entre 5000 y 6000 personas, y basa sus cáculos en cifras de funcionarios locales. Las estadísticas oficiales sobre condenas a muerte y ejecuciones se consideran secreto de Estado.

En enero de 2007 se restableció la revisión de todas las penas de muerte por el Tribunal Supremo Popular, que había sido suspendida en 1982. Ahora todas las condenas a muerte deben ser revisadas por el alto tribunal, que tiene la facultad de aprobarlas o remitir el caso a un tribunal inferior para un nuevo juicio.

Las autoridades chinas han informado de un descenso en las ejecuciones desde que el Supremo reanudó esta revisión. No obstante, continúa habiendo un gran hermetismo en torno a la aplicación de la pena capital. Sin acceso a esa información es imposible efectuar un análisis completo e informado de la evolución de la pena de muerte en China, ni decir si ha habido una reducción en su uso.

Ninguna persona condenada a muerte en China es juzgada con garantías de acuerdo a las normas internacionales de derechos humanos. En muchas ocasiones se aceptan confesiones aunque el acusado haya dicho al tribunal que se obtuvieron bajo tortura. Además, el acusado debe demostrar su inocencia, en lugar de probarse su culpabilidad, y su acceso a la asistencia letrada es limitado.

Información completa en:  Jack Daniel´s Blog

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Prostitución y Derecho Penal

La procesada W… concertó con X, Y y Z la introducción en España de A para dedicarla al ejercicio de la prostitución… aprovechándose de que A tenía la esperanza de regularizar su situación administrativa, prometiéndole que la ayudarían a encontrar trabajo…. Valiéndose… del temor que generaba, tanto con el ejercicio relativamente frecuente de agresiones físicas… como con el temor de que sus familiares directos en Bulgaria sufrieran las consecuencias…, así como vigilándola en todo momento…, X recogía a A en el local… y cobraba a los clientes, sin darle ganancia económica alguna…. Agredía y la amenazaba con causarle daño si no accedía a acostarse con los clientes…».

Estos hechos aparecen como probados en una sentencia del Tribunal Supremo dictada hace algo más de un año. Vivencias como las relatadas acontecen en lugares bien visibles desde nuestras carreteras, en el centro de nuestras ciudades, en medio de la vida cotidiana. ¿Cómo es posible que nuestra sociedad conviva con sucesos de esta clase?

Si alguna vez se pensó que la prostitución, vinculada a una sociedad patriarcal sexualmente reprimida, era un fenómeno en declive debido a los cambios en materia de libertad sexual y con el progreso de la posición social de la mujer, hoy esa esperanza se ha desvanecido. No hay datos empíricos fiables, pero parece que la prostitución está en plena expansión. Especialmente visible y estridente en alguna de sus manifestaciones -los macroburdeles iluminados por neones imposibles en parajes perdidos, la crudeza de la prostitución callejera en las grandes ciudades o los explícitos anuncios en casi todos los periódicos-, diversas estimaciones hablan de 300 000 o más mujeres dedicadas a esta actividad en España. Se ignora qué porcentaje lo hacen en condiciones de autonomía y cuántas se encuentran sometidas a estructuras coactivas.

Evidentemente, agresiones como las recogidas en la sentencia citada demandan la intervención del Derecho Penal. Es común que en la opinión pública se afirme que el Derecho Penal español no prevé una respuesta suficiente. Se dice que esa lenidad es aprovechada por las redes mafiosas de trata de mujeres, lo que explicaría una presencia especialmente intensa del fenómeno. El corolario de esta argumentación es la demanda de una ampliación de la legislación penal.

Respecto de la prostitución moderna existen dos modelos básicos. Por un lado, está la opción prohibicionista. En su formulación original, se trata de trasladar al Derecho Penal la valoración de la prostitución como una actividad moralmente mala; éste es el modelo que aún pervive en algunos Estados de Estados Unidos, o fue el de la dictadura franquista a partir de 1956, cuando la declaró «comercio ilícito». Así puede perseguirse policial o penalmente a la prostituta, al consumidor y a quienes intervienen en el contacto: proxenetas, captadores, propietarios de locales. En los últimos años ha aparecido otra versión de la prohibición, formulada desde la perspectiva de género: la prostitución es identificada como expresión de violencia-dominación masculina. La compra masculina de cuerpos femeninos constituiría siempre (con independencia de la opinión de quien se prostituye) una muestra inequívoca de la desigualdad social de la mujer. En consecuencia, el Derecho Penal debe perseguir no a la prostituta -que es víctima de la estructura de dominación de un género por el otro-, sino a los varones que mantienen la prostitución como consumidores o como explotadores (siendo ambos grupos calificados de «prostituidores»). Este modelo ha sido adoptado en 1999 por Suecia y recientemente por Noruega. El segundo gran modelo de regulación persigue la normalización del fenómeno. La prostitución es considerada -con independencia de su valoración moral- una actividad lícita, que debe ser regida por normas jurídicas como cualquier otra: administrativas, laborales, tributarias. En el marco de esta opción, establecida, por ejemplo, en Alemania y en los Países Bajos, el Derecho Penal tan sólo debe garantizar la autonomía de las prostitutas, es decir, criminalizar únicamente a quienes las fuercen o exploten.

¿Cuál es la opción del legislador español? Al aprobar el Código Penal de 1995, que sustituyó la regulación heredada de la dictadura y remendada en varias ocasiones, se eliminaron todos los delitos -inaplicados en la práctica- en el entorno de la prostitución no coactiva. Sólo se mantuvo como delito, entre adultos, la participación en la llamada prostitución forzada. Determinar a otra persona a ejercer la prostitución es delito cuando se realiza «empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o vulnerabilidad»; una conducta penada al menos con dos a cuatro años de prisión -sin perjuicio de castigar con severas penas, por supuesto, los demás delitos cometidos: agresiones sexuales concretas, detenciones ilegales, lesiones, amenazas-. Respecto de la prostitución no forzada, parecía que el ordenamiento español estaba por normalizarla, reservando el Derecho Penal sólo para los casos en los que no hay decisión libre. Sin embargo, desde 1995 no se ha implantado ninguna regulación de la prostitución a través del Derecho Administrativo. Y en 2003 se aprobó una reforma mediante la cual se reintrodujo como delito la conducta de quien «se lucre explotando la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de la misma», generando una situación de gran inseguridad, ya que al utilizar la palabra «explotar» no queda claro si la ley incrimina a cualquiera que intervenga y obtenga beneficios o, por el contrario, sólo a quien abuse de su posición para explotar indebidamente a la persona prostituida.

Autor: Manuel Cancio Meliá
Artículo completo en:  Diario del Derecho

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La web de Maco048. Noticias:  prostitución

Apuntes Derecho Penal II, Lic. Criminología UMU. Capitulo 9. Delitos contra la libertad e …

Apuntes Derecho Penal II, Lic. Criminología UMU. Capítulo 10.  Delitos contra la libertad e indemnidad sexual …

Un 80% de las condenas a inocentes se deben a una mala identificación

Olvidas lo que quieres recordar y recuerdas lo que quieres olvidar, dice el protagonista de La carretera, de Cormac McCarthy. Les pasa a algunas víctimas de delitos graves. Quieren olvidar, y no pueden, el momento en el que un desconocido se les acercó en una esquina oscura, les puso una navaja en el cuello y las violó o intentó asesinar brutalmente, sin piedad; y quieren recordar el rostro del criminal para que pague por lo que ha hecho. Pero no siempre pueden.

Esa cara borrosa puede adquirir nitidez gracias a una mentira involuntaria: se coloca a otra persona en la memoria y alguien que jamás tuvo nada que ver con el delito acaba en la cárcel, en ocasiones durante décadas, con la vida destrozada para siempre. Por culpa de los falsos recuerdos y de un sistema legal que los ignora y que cree ciegamente a las víctimas.

Esta semana ha salido a la luz un caso espeluznante. El Tribunal Supremo anunció su intención de absolver a Ricardo Cazorla, un hombre con una minusvalía física, psíquica y sensorial del 66% que había sido condenado a 36 años de cárcel por la Audiencia de Las Palmas en 2009. Los magistrados sostenían que había violado a tres chicas en 1997. Una de ellas vio a Ricardo en la calle en 2007 y creyó que era su agresor. Llamó a la policía y le detuvieron. Avisaron a todas las víctimas de la época del llamado violador de Tafira, nueve en total. Seis no reconocieron a Cazorla y estuvieron al margen del proceso. Pero la que lo había visto y otras dos más lo señalaron como culpable, aunque una de ellas tuvo muchas dudas al principio y no lo reconoció en las fotos de los archivos policiales.

Los magistrados Pedro Joaquín Herrera, Secundino Alemán y Carlos Vielba creyeron en la memoria de las mujeres a pies juntillas a pesar de las circunstancias. Las identificaciones se hacían 10 años después del delito. En 1997, las chicas habían declarado ante la policía que el lugar donde las habían violado estaba muy oscuro; o que el agresor les había impedido mirarle a la cara; o que llevaba un gorro que le cubría parte del rostro. En todos los casos era de noche. Además, Cazorla pesaba en 2007 unos 30 kilos más que el violador de 1997. A pesar de eso, los jueces consideraron que las tres chicas eran perfectamente capaces de reconocer «sin ningún género de dudas», en ese cuerpo con muchos más kilos, a una persona a la que apenas habían podido vislumbrar 10 años antes.

Las identificaciones son complicadas. La pregunta es porqué un testigo se empeña y afirma «sin ningún género de dudas» (según la fórmula forense) que está convencido de que un inocente es culpable. En muy pocos casos se miente a sabiendas. Lo normal es que las víctimas estén seguras de que esa persona fue quien les agredió. Han puesto esa cara al delito y ya, incluso cuando lo recuerdan, lo hacen pensando en el rostro del inocente. Es una distorsión de la memoria.

¿Cómo pueden estar tan seguras de un recuerdo falso? «Sabemos que la exactitud de una identificación depende de varias causas (dificultades para ver la cara, alto nivel de estrés, paso del tiempo, ruedas de identificación inadecuadas), pero en cambio no sabemos tanto sobre las razones que hacen variar la seguridad de testigos y víctimas», afirma Margarita Diges, catedrática de Psicología de la Universidad Autónoma de Madrid y especialista en la llamada psicología del testimonio. «Más allá de razones internas, individuales, una forma de incrementar la seguridad de un testigo es darle a entender que ha acertado, como sucede cuando señala una fotografía y más tarde ve en la rueda a esa misma persona».

«Lo que sí está demostrado empíricamente es la falta de relación entre la seguridad del testigo o de la víctima y la exactitud de su identificación», continúa Diges. «Sin embargo, pese a todas las demostraciones empíricas, lo que vemos en la realidad policial y judicial es que, cuando la víctima está totalmente segura de que el identificado es su agresor, esa seguridad se toma como garantía de exactitud incluso cuando hay pruebas científicas exculpatorias, por ejemplo, las de ADN».

«Los jueces, a menudo, sostienen que las irregularidades formales no influyen en el acierto o en el error de la identificación, pero resulta decisivo, porque las impresiones que se graban en la cabeza de la víctima no distinguen entre irregulares y correctas: sencillamente se graban», concluye. Un ejemplo de falso recuerdo: una de las víctimas explicó que había visto a los agresores porque ese día había Luna llena. Era falso: la Luna ni apareció ese día.

Resulta sorprendente que con tantos casos de inocentes encarcelados, de características similares, los jueces sigan al margen de los estudios de la psicología del testimonio. «En la cultura judicial vigente, en particular en materia de delitos contra la libertad sexual, pesan mucho tres tópicos: que el juez tiene una especial capacidad para leer la verdad en el testigo; que por eso la testifical es una prueba de valoración fácil; y que el testigo-víctima merece un plus de credibilidad, por lo que su declaración inculpatoria o la identificación hecha por él, puede/debe bastar», señala el magistrado del Tribunal Supremo Perfecto Andrés Ibáñez. «Son tópicos ampliamente desmentidos por la psicología del testimonio, y ninguno cierto. Pero no importa, porque son tópicos funcionales a cierto justicialismo reinante en la opinión pública y que, además, facilitan el trabajo judicial. Por otro lado, en el juzgado se opera con frecuencia a partir de aportaciones judiciales (identificaciones fotográficas, por ejemplo) obtenidas con cuestionable rigor».

«No hay otra alternativa viable que un ejercicio de la jurisdicción respetuoso con la presunción de inocencia y las garantías procesales en el que se pierda el miedo a absolver (explicando el porqué) aun a sabiendas de que tendrá costes de impopularidad», concluye el magistrado. «Y me parece necesario que este proceso de transformación de la cultura judicial vaya acompañado de otro no menos profundo de transformación también de la cultura y las prácticas de los informadores».

Los últimos estudios científicos muestran que los falsos recuerdos se generan en una parte distinta del cerebro que los verdaderos. Esta sería la prueba definitiva, incontestable. Si lográramos leer el cerebro humano con una máquina no habría más inocentes con la vida destrozada porque alguien, sin mala fe, los señaló por un error de su memoria.

Artículo completo en: [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]

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Crece el escándalo de pedofilia en escuelas católicas de Alemania

El escándalo de pederastia en escuelas católicas alemanas adquiere una dimensión cada vez mayor, y tras los primeros casos denunciados en el colegio de elite jesuita Canisius de Berlín, se estima ahora que el número de clérigos pederastas podría ascender a cerca de un centenar.

Según una encuesta realizada por el semanario “Der Spiegel” entre los 27 obispados alemanes, desde 1995 ha habido al menos 94 clérigos o profesores laicos en colegios católicos bajo sospecha de pederastia. Una treintena de ellos fue encausado.

Las cifras citadas por “Der Spiegel” recogen las informaciones voluntarias facilitadas por 24 de los 27 obispados; tres no han querido contestar.

Uno de ellos, el de Dresde-Meisse, justificó su negativa a facilitar información con el argumento de que no se quiere «alimentar aún más la discusión” que hay en la opinión pública.

En declaraciones al citado semanario, el secretario de la Conferencia Episcopal Alemana, Hans Langendörfer, afirma que las revelaciones de las últimas semanas “muestran una cara oscura de la Iglesia” que le “asusta».

En la entrevista con “Der Spiegel», Langendörfer asegura que la conferencia episcopal tiene previsto abordar “abiertamente” el asunto.

El próximo día 22 la Conferencia celebra su tradicional asamblea general, en la que el escándalo de pederastia será previsiblemente una de las materias centrales.

Organizaciones de católicos de base quieren emplazar durante la citada asamblea a la Conferencia Episcopal a revisar sus directrices sobre el trato que se debe dispensar a los que incurren en pederastia.

La organización “Iglesia desde abajo», por ejemplo, quiere proponer la creación de un «ombudsman» independiente.

El escándalo saltó al revelarse que dos profesores que trabajaron en varias escuelas de la Orden de los Jesuitas alemanes en la década de los setenta y ochenta abusaron de sus alumnos.

A los casos de los dos sacerdotes se sumó luego un tercero, que también abusó de decenas de alumnos.

Fuente:  emol

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Enlaces de interés:

La web de Maco048. Noticias: pedofilia

Religiones, una visión crítica

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