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Archivo diario: 2010/09/26

El acusado de discriminar por raza o edad deberá probar su inocencia

«Extranjero, gordo, morenete. Parece Pancho Villa». «No, por gitana y fea». «Vive en Parla y es fea». «Sudamericano, color oscuro sin ser negro, café con leche, largo de café». «Barrios bajos». Un empleado de recursos humanos de la empresa Sánchez Romero (los que tienen los precios más caros de España) añadió frases como estas a las solicitudes de empleo de varios aspirantes a trabajar en la cadena de supermercados. Los expedientes aparecieron en la vía pública en junio de 2002. El Ministerio de Trabajo examinó el caso, y determinó que no se había producido discriminación por parte de la empresa porque el entrevistador ya había sido despedido.

La Ley de Igualdad de Trato y No Discriminación que prepara el Gobierno, y que quiere llevar al Parlamento antes de fin de año, establecerá un sistema propio para sancionar conductas como esta. Algunas, especialmente las que tienen que ver con el empleo, ya pueden llevarse ante los tribunales en virtud de la legislación laboral, pero muchas veces es complicado hacer que prosperen. La norma facilitará también que se impongan sanciones a los particulares que discriminan, que se enfrentarán, al igual que las empresas y administraciones públicas, a multas de elevada cuantía que aún está fijando el Gobierno.

Uno de los puntos más novedosos que recogerá la ley es que será el demandado quien deba probar que actuó bien. Cuando alguien presente «indicios de discriminación o represalias» y pida que se sancione al presunto discriminador, será este el que tendrá que probar, aportando una «justificación objetiva y razonable» de su actuación, que lo que a priori parecía una discriminación era en realidad necesario. La ley creará una Autoridad Estatal para la Igualdad de Trato que tendrá que prestar asistencia a los discriminados y promover la mediación entre las partes en conflicto, entre otras atribuciones, para lograr que el daño sea reparado. Este órgano no tendrá capacidad para sancionar, de forma que si no se llega a una solución a través de la mediación, el ciudadano tendrá que presentar una denuncia y pedir se tramite un expediente sancionador si quiere exigir que se cumpla la ley.

Habrá tres tipos de infracciones: leves, graves y muy graves (una de estas últimas será, por ejemplo, el acoso discriminatorio), que acarrearán distintas sanciones. Estas se decidirán en función de unas cuantías máximas y mínimas ún por fijar.

Noticia completa en: [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]

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Enlaces de interés:

–  La discriminación de la mujer, ¿hasta cuándo la violencia?

–  Día Contra La Homofobia

–  Articulos y enlaces a blogs relacionados con la Criminologia

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