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Archivo diario: 2014/08/02

Un análisis de sangre podría detectar el suicido a tiempo

Noticias criminología. Un análisis de sangre podría detectar el suicido a tiempo. Marisol Collazos Soto

La manera de detectar a personas de alto riesgo suicida podría cambiar radicalmente con un nuevo y simple test sanguíneo, gracias a los resultados que han obtenido los investigadores del Johns Hopkins University, que han sido publicados en The American Journal of Psychiatry.

Los investigadores se centraron en un gen denominado SKA2. Tomaron muestras de cerebros de personas difuntas, algunas de las cuales estaban mentalmente enfermas, y encontraron que aquéllos que se suicidaron presentaban una reducción en la expresión de ese gen; es decir, a menor actividad de SKA2, mayor probabilidad de suicidio.

Esto puede explicarse conociendo la importante función de ese gen en el cerebro. SKA2 se expresa en la parte más anterior de nuestro cerebro, en la corteza prefrontal, que tiene un importante papel a la hora de inhibir pensamientos negativos y controlar comportamientos impulsivos. Además, interviene en la respuesta de nuestro cuerpo ante situaciones de estrés.

Ampliar en: Medciencia
La web de Maco048. Criminologia, ciencia, escepticismo

Ciencia y leyes fundamentales

Noticias criminología. Ciencia y leyes fundamentales. Marisol Collazos Soto

Tan solo se menciona la ciencia en tres ocasiones en la Constitución Española de 1978: 1) El Art. 20.1.b CE reconoce y protege los derechos a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica; es decir, este apartado aglutina los derechos relacionados con la propiedad intelectual; 2) El Art. 44.2 CE proclama que Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general, al enumerar los principios rectores de la política social y económica; y 3) El Art. 149.1.15º la incluye entre las materias que son competencia exclusiva del Estado: fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.

A tenor de estos artículos, podríamos deducir que, individualmente, la creación científica es un derecho fundamental de todos los españoles; pero, colectivamente, no se puede hablar de que exista un derecho a la ciencia –así, en abstracto– porque, como ya sabemos, el Art. 44 CE –al igual que sucede con el acceso a la cultura, la conservación del patrimonio, el fomento del deporte, la participación de la juventud o los derechos a disfrutar de una vivienda digna o a un medioambiente adecuado– no son verdaderos derechos sino directrices que deben orientar las políticas públicas; de ahí que el constituyente los regule entre los principios rectores de la política social y económica y no entre los derechos fundamentales y libertades públicas (como sí sucede con el Art. 20 CE).

En cuanto a los 19 Estatutos de Autonomía españoles, la ciencia sólo existe en la legislación estatutaria de Aragón al prever que: Los poderes públicos aragoneses fomentarán la investigación, el desarrollo y la innovación científica, tecnológica y técnica de calidad, así como la creatividad artística [Art. 28.1 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril]; pero, al igual que sucede en la Carta Magna, este precepto se incluyó entre los principios rectores de las políticas públicas y no en el marco del capítulo anterior que garantiza los derechos y deberes de los aragoneses.
En el contexto internacional, las dos disposiciones más destacadas en este ámbito son: por un lado, el Art. 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos [DUDH] que la ONU adoptó en 1948 en París: 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. 2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora; y, por otro lado, el Art. 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales [ONU, 1966]: 1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a: a) Participar en la vida cultural; b) Gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones; c) Beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora. 2. Entre las medidas que los Estados Partes en el presente Pacto deberán adoptar para asegurar el pleno ejercicio de este derecho, figurarán las necesarias para la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia y de la cultura. 3. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la indispensable libertad para la investigación científica y para la actividad creadora. 4. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen los beneficios que derivan del fomento y desarrollo de la cooperación y de las relaciones internacionales en cuestiones científicas y culturales.
Por último, en el marco del Derecho Comunitario, la Unión Europea se compromete a promover el progreso científico y técnico (Art. 3.3 TUE) porque uno de sus objetivos consiste en fortalecer sus bases científicas y tecnológicas, mediante la realización de un espacio europeo de investigación en el que los investigadores, los conocimientos científicos y las tecnologías circulen libremente, y favorecer el desarrollo de su competitividad, incluida la de su industria, así como fomentar las acciones de investigación que se consideren necesarias en virtud de los demás capítulos de los Tratados (Art. 179.1 TFUE).

Fuente: Anécdotas y curiosidades jurídicas | iustopía

Licencia CC
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Describen en un vídeo de cinco minutos la historia de las migraciones culturales

Un estudio multidisciplinario sobre la gran historia de las migraciones culturales concluye que, a pesar de la dependencia de las artes en el dinero, los centros culturales y los centros económicos no siempre coinciden.

Los autores de este trabajo hallaron también que el tamaño de la población de un lugar no necesariamente apunta a su atractivo cultural.

La cuantificación y la transformación de la historia de la cultura en una representación visual no es fácil, puesto que hay miles de historias individuales a través de miles de años a tener en cuenta y algunas condiciones históricas son casi imposibles de medir.

Para abordar este desafío, el doctor Maximilian Schich, profesor asociado de Artes y Tecnología en la Universidad de Texas en Dallas, Estados Unidos, reunió a un equipo de científicos para crear y cuantificar una gran imagen de la historia cultural de Europa y América del Norte.

Fuente:  Discover
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