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Un apretón con consecuencias penales

La Audiencia Provincial de Gerona ha rechazado un recurso de un hombre que fue condenado por un delito de faltas después de no poder acudir al juicio. Hasta ahí, todo normal. Lo inédito es que el reo alegó por escrito ante el tribunal haberse visto sorprendido por una inesperada diarrea. A pesar de que el recurrente explicó con todo lujo de detalles el apretón que le impidió sentarse en el banquillo, la Sección Tercera ha rechazado la petición por entender que una colitis, aunque embarazosa, no es motivo suficiente para no comparecer en una vista oral.

Los hechos se remontan a mayo de 2003. M. P. L. fue condenado por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Gerona a una pena de tres fines de semana de arresto por una falta de lesiones después de una riña.

El magistrado dictó sentencia a pesar de que M. P. L. no llegó a declarar contra su oponente porque no se encontraba en la sala.

Pero M. P. L. no se conformó con el fallo. Apenas conoció el contenido de la sentencia, él mismo presentó ante el tribunal un recurso de apelación ‘casero’, escrito a mano, con alguna falta de ortografía y sin ningún tipo de formalismo. En ese papel, que le fue aceptado por la administración de Justicia, el reo explicó sin rodeos lo ocurrido: «No estoy de acuerdo con la sentencia porque, de haberme presentado a la hora citada, la sentencia podría ser otra. El motivo por el cual llegué diez minutos tarde es que justo cuando decidí salir de casa para presentarme a la citación me entraron ganas de cagar y no podía aguantarme. Y por estos motivos presento recurso de apelación». A pesar de lo poco ortodoxo del escrito, la Audiencia Provincial lo acogió y lo trató como cualquier otro recurso, aunque la propia sala reconoció lo «singular» del caso.

Una deposición

El tribunal, en un principio, se muestra compresivo con los problemas gástricos de M. P. L. «Sin duda -dice la Sección de lo Penal- en la tesitura de escoger entre una y otra deposición, una por evacuación del vientre, otra por manifestación ante el juez como acusado, cualquier persona habría de optar por la primera por los graves apremios que supone el caso de no ser satisfecha esa necesidad fisiológica, siendo poco higiénica la presentación ante un tribunal en otras condiciones que no sean las de un completo descargo».

Sin embargo, alega el tribunal, «pese a lo expuesto no podemos acceder a lo que se nos solicita (que se anule la sentencia), porque la parte ni demuestra la existencia del sorpresivo apretón que refiere ni acredita que, cuando después de sofocar sus presurosas consecuencias, acudió inmediatamente al acto del juicio».

Al final, a la audiencia el asunto le huele mal: «Mucho nos tememos -explica la sentencia- que la que el recurrente llama causa de su inasistencia no sea sino una forma de burlarse de la administración de Justicia que le ha condenado».

A pesar de la mofa, el tribunal dice que «admitimos con sentido del humor» la broma, pero que otra cosa es que se pueda admitir una colitis como «motivo de apelación».

Eso sí, la guasa le sale gratis a M. P. L. El tribunal ni siquiera le impone costas por tramitar este escatológico recurso.

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