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Los jueces revisarán sentencias por la reforma del Código Penal

Los jueces  sentencias con motivo de la reforma del Código Penal que entrará en vigor el próximo 23 de diciembre de 2010 y que supone algunos cambios en materia de delitos contra la seguridad vial, el tráfico de drogas, y los delitos contra la propiedad industrial -como el conocido top manta-que pueden acarrear en algunos casos la excarcelación de personas que estén actualmente en prisión y se vean beneficiadas por la nueva norma.

La revisión de sentencias está prevista en la disposición transitoria segunda de la ley orgánica 5/2010, que modifica el Código Penal, y establece que los jueces o tribunales procederán a revisar las sentencias firmes y en las que «el penado esté cumpliendo efectivamente la pena, aplicando la disposición más favorable considerada taxativamente y no por el ejercicio del arbitrio judicial».

Los cambios más significativos que pueden afectar a la revisión de estas sentencias radican en los delitos contra la seguridad vial y contra la propiedad industrial. En cuanto a los primeros, el nuevo Código Penal contempla penas de prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad para las personas que sean sorprendidas conduciendo con exceso de velocidad o bajo los efectos del alcohol o las drogas.

La diferencia entre la nueva redacción de este delito y su formulación en el anterior Código Penal radica en que ahora sólo se deberá imponer junto a la retirada del permiso de conducir una única pena: la de prisión, la multa o el trabajo en beneficio de la comunidad. El antiguo código castigaba a los responsables de estos delitos con una pena de prisión o multa y además la condena a realizar los trabajos comunitarios.

Otra novedad importante está en los delitos contra la propiedad industrial e intelectual, en los que se considerará una falta cuando el importe del beneficio sea inferior a los 400 euros, que es el supuesto más habitual que se produce en los manteros o vendedores de productos falsificados. En el caso de los delitos, la reforma suprime las actuales penas de prisión por la imposición de una multa o trabajo en beneficio de la comunidad.

La revisión de las sentencias también deberá llevarse a cabo sobre los delitos contra la salud pública, en concreto, los relativos al tráfico de drogas, al haberse reducido la pena fijada, que a partir de ahora pasa a ser de forma genérica de tres a seis años de prisión mientras que en los casos en que la cantidad de droga intervenida se considera de «notoria importancia», la pena será de seis años y un día a nueve años de prisión.

La nueva redacción del artículo 368 del Código Penal señala expresamente que «los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos». El nuevo Código Penal también faculta a los tribunales a imponer la pena inferior en grado a las señaladas «en atención a la escasa entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable», una medida que aparece en la nueva redacción de este artículo.

Noticia completa en: [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]

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Enlaces relacionados:

–  El test del disparate. Derecho Penal

–  Asignatura Derecho Penal I. Licenciatura Criminología. UMU

–  Asignatura Derecho Penal II.  Licenciatura en Criminología. UMU

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