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Una mirada a la violencia simbólica y física que sustentaba el orden feudal.

Introducción

En la Edad Media, la justicia no era sólo una cuestión de castigar al culpable, sino también un espectáculo público destinado a reforzar la autoridad del señorío y la voluntad divina. Los castigos se diseñaban para ser visibles, dolorosos y, en muchos casos, mortales, de modo que el temor sirviera como disuasivo para la población. El 13?de?mayo?de?1326, el noble inglés Hugo Despenser “el Joven” fue ejecutado por traición en Londres, un episodio que ilustra la crudeza de la justicia medieval y que, junto a otras prácticas, constituye un mosaico de penalidades que hoy nos parecen inhumanas.

Este artículo, basado en fuentes históricas como los Registros de la Corte de King’s Bench (Inglaterra, 1320?1330), el Libro de los Fueros de Castilla y León (siglo?XIII) y estudios contemporáneos como The Medieval Penitential System de Barbara A. Hanawalt (1993) y La justicia en la Edad Media de José María de Molina (2007), analiza los principales tipos de castigo, su lógica simbólica y su función social.


1. La publicidad como principio rector

La justicia medieval se sustentaba en la idea de que el castigo debía ser visible. La exposición pública servía a tres propósitos:

1.Escarmiento: advertir a la comunidad de las consecuencias de romper la ley.

2.Legitimación del poder: demostrar que el señor o el rey podían ejercer su autoridad sin titubeos.

3.Purificación simbólica: la sangre y el sufrimiento del reo se consideraban una ofrenda a Dios que limpiaba la comunidad.

Así, la picota (o pillory) se instalaba en la entrada de los pueblos o en la plaza mayor. El reo era sujeto a un cepo que lo exponía a la burla y al escarnio. La exposición podía acompañarse de azotes, especialmente en delitos de blasfemia o de alteración del orden público. En el Chronicon Anglicanum (c.?1340) se describe cómo los blasfemos eran azotados en la picota mientras la muchedumbre los insultaba y les lanzaba objetos.

DelitoMutilaciónComentario
Robo (incluso hurtos menores)Amputación de manosEn la Ley de los 12?Años de Castilla (1245) se especifica que el ladrón que no podía pagar la multa debía perder una mano.
Faltas de honor (desacato, injuria)Corte de orejas o narizEn Castilla y León, la Ordenanzas de León (1279) establecían la amputación de la nariz para mujeres adúlteras.
BlasfemiaPerforación o corte de la lenguaEn el Libro de los Decretos de la Iglesia (c.?1300) se indica que la lengua de los blasfemos podía ser perforada con un atizador al rojo vivo.
Delitos sexuales gravesExtracción de ojosEl Decreto de la Corona de Francia (1225) prescribe la extracción de ojos a los culpables de sodomía, asociando la vista con el deseo sexual.
SodomíaCastraciónEn el Código de los 12?Años de Inglaterra (1242) la castración se empleaba como castigo alternativo a la horca.

2. Mutilaciones como señal permanente

La mutilación del cuerpo era una práctica habitual y se justificaba con la máxima de “castigar el órgano por el que se cometió el delito”. Entre los castigos más comunes se encuentran:

Estas mutilaciones no sólo infligían dolor, sino que también servían como marcas visibles que permitían identificar a los delincuentes a largo plazo. Un caso curioso es el de un sastre polaco que, tras perder una oreja en una pelea en 1424, solicitó al municipio un certificado que acreditara que la pérdida fue accidental, pues la marca podía implicarle en futuros procesos judiciales.


3. Castigos que atacaban la cabeza y los sentidos

Los delitos de palabra, como la falsedad testimonial o la blasfemia, se castigaban atacando la boca y la lengua. Las penas incluían:

Perforación de la lengua con un hierro al rojo vivo.

Corte parcial de la lengua y del labio.

Extracción total de la lengua mediante tenazas.

En el Libro de los Juicios de la Corte de París (c.?1295) se relata el caso de un hombre que, tras haber blasfemado contra el rey, recibió una herida profunda en la lengua que le impidió hablar durante varios meses.


4. Delitos sexuales y la visión del cuerpo

Para la justicia medieval, los sentidos estaban estrechamente vinculados a la moral. Así, la extracción de ojos se aplicaba a delitos sexuales graves, pues se creía que los ojos alimentaban el apetito sexual. La castración era la pena típica para la sodomía.

Un episodio revelador es el de 1221, cuando un hombre condenado por homicidio en Inglaterra fue salvado de la horca en el último instante y, en su lugar, se le vaciaron los ojos y se le castró. Los acusadores, la familia de la mujer que había sido seducida por el reo, fueron los encargados de ejecutar la mutilación. Este caso muestra cómo la venganza privada podía entrelazarse con la justicia oficial.


5. La pena de muerte: horca, decapitación y métodos espectaculares

5.1. Horca

La horca era el método más frecuente para los pueblos llanos y para delitos contra la propiedad. Las horcas se colocaban en lugares elevados para que los cuerpos quedaran visibles durante días o semanas. El Chronicon Anglicanum menciona que los cadáveres colgados servían como “advertencia viva”.

5.2. Decapitación

Reservada a la nobleza y a las mujeres, la decapitación se consideraba más “honrosa”. Sin embargo, los verdugos a menudo fallaban con el hacha, por lo que la espada se volvió la herramienta preferida por su precisión.

5.3. Otros métodos

Abandono en acantilados: en algunas regiones costeras de Inglaterra y Escocia, los condenados eran arrojados a los acantilados para que la marea los ahogara.

Saco con animales: en Francia, los asesinos de niños eran encerrados en un saco con un gato o un perro y arrojados al río.

Enterramiento vivo: los homosexuales en algunas ciudades del norte de Italia eran enterrados bajo tierra sin posibilidad de escape.

Escaldamiento: en Francia, los culpables eran sumergidos en calderos de agua o aceite hirviendo.

5.4. La hoguera

La hoguera era el castigo supremo para brujas, herejes, incendiarios y algunos delitos sexuales. La creencia de que el fuego purificaba el cuerpo hacía que este método fuera especialmente temido. La agonía podía durar hasta 45 minutos, aunque la mayoría moría antes por inhalación de humo.


6. Traición: el crimen más temido

La traición al rey se consideraba un ataque directo al orden divino. Por ello, los castigos eran los más crueles y, a menudo, combinados:

Descuartizamiento: los cuatro caballos tiraban de los miembros del reo hasta desmembrarlo.

Evisceración: el interior del cuerpo era expuesto y removido.

El caso de Hugo Despenser “el Joven” (1326) ilustra esta práctica. Tras ser acusado de conspirar contra el rey Eduardo?II, fue ejecutado en la Torre de Londres con una combinación de decapitación y evisceración. La prensa de la época, como el Chronicle of St.?Swithin (1326?1330), describe la escena como “un espectáculo de sangre que dejó la plaza de la ciudad impregnada de horror”.

En España, la traición también recibía castigos extremos. Alfonso?X, en 1255, ordenó que su hermano Fadrique fuera encerrado en un arca de hierro con puntas afiladas y arrojado a una letrina, mientras que Fernando?IV de Castilla, en 1312, mandó lanzar a dos jóvenes inocentes desde la peña de Martos dentro de una jaula de hierro con púas.


7. La exposición del cadáver

El sufrimiento no terminaba con la muerte. Los cuerpos de los ejecutados a menudo permanecían colgados o expuestos durante largos periodos. Un noble inglés ejecutado en 1312 no fue enterrado hasta 1315, y su cadáver fue expuesto a la intemperie y a las alimañas. Esta práctica reforzaba el mensaje de que la justicia era irrevocable y que la memoria del castigo permanecería viva en la comunidad.


8. Función social y psicológica de la violencia

Los historiadores coinciden en que la brutalidad de la justicia medieval cumplía una función simbólica más allá de la mera retribución:

Mantenimiento del orden feudal: al castigar públicamente, los señores reforzaban su autoridad y la obediencia al rey.

Control social: el miedo al castigo servía como mecanismo de autocontrol entre la población.

Legitimación religiosa: la idea de que el castigo era una “purificación” aprobada por Dios hacía que la violencia fuera aceptada como parte del orden divino.

Barbara A. Hanawalt, en The Medieval Penitential System (1993), argumenta que la visibilidad del castigo era esencial para la “educación moral” de la comunidad, mientras que José María de Molina, en La justicia en la Edad Media (2007), enfatiza la dimensión teatral de las ejecuciones como una forma de “espectáculo cívico”.


9. Conclusiones

Los castigos medievales, desde la picota hasta la hoguera, revelan una visión del mundo en la que el cuerpo del delincuente era tanto instrumento de advertencia como objeto de purificación. La ejecución de Hugo Despenser “el Joven” es solo una muestra de la violencia estructurada que sustentaba la autoridad feudal y la idea de que el orden social debía mantenerse mediante el terror público.

Aunque hoy consideremos estas prácticas inhumanas, en su contexto histórico cumplían una función coherente con la cosmovisión de la época: la justicia era un espectáculo, la ley era una extensión del poder divino y el cuerpo del reo era el lienzo sobre el cual se pintaba la lección moral para toda la comunidad.


Bibliografía seleccionada

1.Chronicon Anglicanum, anónimos, c.?1340.

2.Registros de la Corte de King’s Bench, Inglaterra, 1320?1330.

3.Libro de los Fueros de Castilla y León, 1245?1300.

4.Hanawalt, Barbara A. The Medieval Penitential System, University of Chicago Press, 1993.

5.Molina, José María de. La justicia en la Edad Media, Editorial Crítica, 2007.

6.Chronicle of St.?Swithin, Londres, 1326?1330.

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He sido profesor de la Universidad de Murcia. Impartí docencia de los departamentos de Física y de Informática y Sistemas. Interesado en la ciencia, el escepticismo y el pensamiento crítico.