Getting your Trinity Audio player ready...

Tras años de silencio y sufrimiento, el Congreso se acerca a tipificar penalmente unas prácticas que han destruido vidas bajo la apariencia de ayuda psicológica.

Introducción

Durante décadas, miles de personas LGTBI en España han vivido con una herida invisible. Se les hizo creer que su orientación sexual o su identidad de género eran un error, una enfermedad o algo que podía —y debía— corregirse. Esa creencia fue el punto de partida de las llamadas «terapias de conversión», un conjunto de prácticas pseudocientíficas que, camufladas bajo el discurso de la «ayuda» o el «acompañamiento», no han hecho otra cosa que generar dolor, culpa y trauma.

Ahora, por fin, parece acercarse un cambio histórico. El Congreso de los Diputados avanza hacia la tipificación penal de estas intervenciones, reconociéndolas como una de las formas más crueles de violencia contra el colectivo LGTBI. Este paso legislativo no solo busca cerrar un vacío legal, sino también ofrecer justicia a las víctimas y enviar un mensaje claro: la diversidad no se cura, se respeta.

¿Qué son las terapias de conversión?

Las terapias de conversión, también conocidas como terapias reparativas, engloban una amplia variedad de métodos cuyo objetivo común es modificar la orientación sexual o la identidad de género de una persona para que se ajuste a la heteronormatividad. Aunque su forma ha variado con el tiempo, sus fundamentos han sido siempre los mismos: la idea errónea de que ser homosexual, bisexual o trans es un trastorno.

Entre las técnicas documentadas se encuentran las sesiones de oración forzadas, la terapia conductual aversiva (que en algunos casos ha incluido descargas eléctricas o la asociación de la atracción hacia personas del mismo sexo con estímulos desagradables), el aislamiento, los ayunos prolongados, la humillación psicológica e, incluso, formas de violencia física y sexual. En los últimos años, estas prácticas también se han trasladado al ámbito digital, donde se promueven a través de redes sociales, foros y plataformas de vídeo bajo nombres engañosos.

La comunidad científica es tajante al respecto: no existe ninguna base empírica que respalde su eficacia. Organismos como la Organización Mundial de la Salud eliminaron la homosexualidad de la lista de enfermedades en 1990 y, desde entonces, han reiterado que la diversidad de género y sexual no es un trastorno. Asimismo, los principales colegios de psicología y asociaciones médicas a nivel nacional e internacional las han condenado por su carácter éticamente inaceptable y potencialmente lesivo.

Un legado de dolor y destrucción

El impacto de estas prácticas va mucho más allá de lo que se puede observar a simple vista. Los testimonios de supervivientes coinciden en un patrón de daño psicológico profundo y duradero. Muchas personas que las han sufrido relatan haber desarrollado depresión, ansiedad crónica, trastorno de estrés postraumático, ideación suicida, autolesiones y una profunda aversión hacia sí mismas.

Este daño se ve agravado cuando las víctimas son menores de edad, un caso lamentablemente frecuente. En muchas ocasiones, son los propios progenitores quienes, presionados por entornos religiosos o sociales conservadores, someten a sus hijos e hijas a estas intervenciones, vulnerando su autonomía y generando traumas que pueden perdurar toda la vida. Además, la experiencia suele ir acompañada de una ruptura de los vínculos familiares y de una desconfianza hacia los profesionales de la salud y las instituciones.

Diversos estudios estiman que una parte significativa de la población LGTBI en España ha sido objeto de algún intento de conversión. Aunque las cifras varían, la magnitud del problema es innegable y, muy probablemente, esté subestimada debido al estigma y al miedo que aún rodea a estas experiencias.

El avance legislativo: justicia y protección

La posibilidad de prohibir estas prácticas a nivel estatal supone un punto de inflexión. Durante años, la lucha ha venido de la mano de organizaciones LGTBI, supervivientes y profesionales comprometidos, que han denunciado la falta de herramientas legales para hacer frente a estos abusos. Aunque algunas comunidades autónomas han adoptado medidas para prevenirlos o sancionarlos en el ámbito sanitario, la ausencia de una tipificación específica en el Código Penal ha dejado un vacío que permitía que estas prácticas continuaran, en muchos casos de forma impune.

Ahora, los grupos parlamentarios parecen haber acercado posiciones para dar una respuesta contundente. La propuesta que se está negociando busca tipificar como delito la realización, promoción, publicidad o facilitación de terapias de conversión, reconociéndolas como una forma de violencia contra las personas LGTBI. Se espera que las penas sean más severas cuando la víctima sea menor, tenga discapacidad o se encuentre en una situación de especial vulnerabilidad, o cuando el autor sea un profesional de la salud o una figura de autoridad.

Este avance no solo se alinea con las recomendaciones de organismos internacionales como Naciones Unidas y el Consejo de Europa, sino que también pone a España en sintonía con otros países que ya han dado este paso, como Malta, Alemania, Francia o Canadá.

Un debate necesario, pero no un obstáculo

Como ocurre con cualquier reforma relevante, el proceso ha suscitado cierto debate. Algunos sectores han expresado preocupación por la posibilidad de que la ley pueda afectar a la libertad religiosa o de expresión. Sin embargo, los impulsores del texto han dejado claro que no se trata de criminalizar creencias, sino de prohibir acciones concretas: someter a una persona a intervenciones cuyo único fin es cambiar su identidad contra su voluntad.

La clave está en el enfoque: la norma busca proteger la integridad física y psíquica de las personas, un derecho fundamental que debe prevalecer sobre cualquier otra consideración. Además, la gran mayoría de los profesionales de la psicología y la salud mental ya consideran estas prácticas como una mala praxis, por lo que la ley vendría a reforzar un consenso ético y científico ampliamente extendido.

Más allá de la ley: reparación y prevención

Prohibir las terapias de conversión es un paso imprescindible, pero no es suficiente por sí solo. Para que este avance tenga un impacto real, debe ir acompañado de políticas públicas que garanticen la reparación a las víctimas y la prevención de futuros casos. Esto incluye la creación de protocolos de atención especializados, la formación obligatoria para profesionales de la salud, la educación y la sensibilización en centros escolares, y campañas que desmonten los prejuicios que aún persisten en la sociedad.

Asimismo, es fundamental ofrecer vías seguras y accesibles para la denuncia, así como apoyo psicológico y jurídico a quienes han sufrido estos abusos. Solo así se podrá cerrar verdaderamente esta herida histórica.

Conclusión

El hecho de que el Congreso esté a punto de dar este paso supone mucho más que una reforma legal: es un acto de justicia, un reconocimiento al dolor de miles de personas y una declaración de intenciones sobre el tipo de sociedad en la que queremos vivir. Proteger la dignidad de las personas LGTBI frente a una violencia tan cruel y encubierta es una obligación democrática ineludible.

Erradicar las terapias de conversión no significa borrar el pasado, pero sí construir un futuro donde nadie tenga que esconderse ni cambiar por miedo. Es la oportunidad de decir, con todas las letras, que la diversidad es un valor y que cada identidad merece ser vivida en libertad. Ese es, sin duda, un avance que toda sociedad justa debería celebrar.

Gnerado por segesta