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La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la ley de amnistía aprobada en 2024 ha llegado con la fuerza de un jarro de agua fría para quienes, desde diferentes trincheras, habían convertido esta norma en el símbolo del supuesto fin de la democracia española. Lo que el TJUE ha dictaminado es, en realidad, una obviedad jurídica que muchos se negaban a aceptar: la amnistía a los líderes y activistas del procés catalán no es un secuestro de la democracia, sino un «instrumento adecuado» con el legítimo «objetivo de reconciliación nacional».

Para esto existen las amnistías

Conviene recordar algo elemental que el ruido político y mediático de los últimos años ha tratado de sepultar: las amnistías son una herramienta legítima que forma parte del arsenal democrático de los Estados de derecho. Se puede estar a favor o en contra de ellas —es perfectamente razonable discrepar sobre su oportunidad política—, pero negar su encaje jurídico es otra cosa muy distinta. La amnistía de 2024, aprobada tras una tormenta política considerable y que liberó de sus causas a más de 400 personas, ha superado ahora el examen del máximo tribunal europeo.

El TJUE, a través de dos sentencias, ha confirmado que esta norma respeta el concepto y los márgenes que la Unión Europea establece para su aplicación. No es un cheque en blanco a cualquier amnistía imaginable, sino un reconocimiento de que esta amnistía concreta cumple con los estándares exigibles. La diferencia es sustancial y desmonta el relato apocalíptico que se había instalado en buena parte de la derecha política, mediática y judicial.

La incómoda cuestión del activismo judicial

Aquí es donde la sentencia adquiere una dimensión que trasciende lo estrictamente jurídico. Durante meses hemos asistido a un espectáculo inédito en una democracia consolidada: magistrados manifestándose a las puertas de los juzgados, asociaciones judiciales emitiendo comunicados de tono claramente político y resoluciones del Tribunal Supremo que parecían más interesadas en obstaculizar la aplicación de la ley que en interpretarla de buena fe.

El resultado de esa estrategia dilatoria es que unos 90 casos seguían pendientes de aplicación cuando llegó el pronunciamiento europeo. Los jueces que se hacían los remolones —esa es la expresión exacta— confiaban en que Luxemburgo les daría la razón y tumbaría la norma. No ha sido así. La sentencia europea les obliga ahora a aplicar la amnistía en esos casos que mantenían artificialmente congelados.

Es difícil no ver en esto una bofetada jurídica a quienes han ejercido el activismo con la toga puesta. Un juez tiene todo el derecho a discrepar de una ley y, si alberga dudas sobre su constitucionalidad o su encaje con el derecho europeo, tiene mecanismos para plantearlas: la cuestión prejudicial ante el TJUE o la cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. Lo que no puede hacer un magistrado es sustituir al legislador, ni convertir su desacuerdo político en resoluciones que retuercen la interpretación jurídica hasta límites difícilmente justificables. La independencia judicial es un valor sagrado, pero precisamente por eso no debe confundirse con la militancia. Cuando un juez se manifiesta en la calle contra una ley que después tiene que aplicar, la línea que separa la función jurisdiccional de la acción política se difumina peligrosamente, y con ella la confianza ciudadana en la imparcialidad de la justicia.

El cuento no ha terminado

Ahora bien, sería un error caer en el triunfalismo. La sentencia europea no significa que Carles Puigdemont pueda regresar hoy mismo a España, ni que Oriol Junqueras pueda presentarse mañana a unas elecciones. En estos casos concretos, la situación es más compleja porque afectan a delitos —como la malversación— sobre los que la interpretación ha sido especialmente restrictiva por parte del Supremo.

El siguiente paso corresponde al Tribunal Constitucional, que deberá apoyarse en la doctrina del TJUE para, previsiblemente ya en otoño, revocar una decisión del propio Tribunal Supremo que bloqueaba la aplicación de la amnistía en estos supuestos. Aquí se abre un interrogante inquietante: ¿aceptará el Supremo el criterio del Constitucional sin resistencia, o volverá a revolverse una última vez?

La pregunta no es retórica. La trayectoria reciente de determinados sectores de la judicatura invita a la cautela. Sería profundamente dañino para la salud institucional del país que asistiéramos a un nuevo pulso entre tribunales, con el Supremo intentando esquivar tanto la doctrina europea como la constitucional. Ese escenario no solo prolongaría la incertidumbre jurídica, sino que confirmaría los peores temores sobre la politización de ciertas instancias judiciales.

Una lección de europeísmo

Resulta paradójico que quienes durante años han presumido de europeísmo militante se encuentren ahora incómodos con una sentencia del máximo tribunal de la Unión. El TJUE no es sospechoso de connivencia con el independentismo ni con el Gobierno español. Su pronunciamiento se limita a aplicar el derecho europeo con la frialdad técnica que se le presume.

La amnistía guste o no —y es legítimo que no guste— ha superado el filtro más exigente. Toca ahora aplicarla, cerrar heridas y demostrar que la reconciliación no era una palabra vacía. Y toca, sobre todo, que quienes visten la toga recuerden que su deber es servir a la ley, no combatirla desde la calle.

Generado por Claude opus 4.8


admin

He sido profesor de la Universidad de Murcia. Impartí docencia de los departamentos de Física y de Informática y Sistemas. Interesado en la ciencia, el escepticismo y el pensamiento crítico.