Europa refuerza la lucha contra el desperdicio: entra en vigor la nueva Directiva Marco sobre Residuos

La Directiva (UE) 2025/1892, que revisa la Directiva Marco sobre Residuos, ha entrado oficialmente en vigor, marcando un hito en la política ambiental de la Unión Europea. La norma representa un paso decisivo para combatir el desperdicio de alimentos y textiles, dos sectores con alto impacto ecológico, y refuerza el compromiso europeo con la economía circular y la sostenibilidad industrial.boe+4

Un cambio estructural en la política de residuos

El texto introduce objetivos concretos y obligatorios para los Estados miembros:

  • Reducir el desperdicio de alimentos en un 10 % en la transformación y fabricación y en un 30 % per cápita en el comercio minorista, la restauración y los hogares antes de 2030.

  • Implantar sistemas de responsabilidad ampliada del productor (RAP) para el sector textil y del calzado, de modo que los fabricantes e importadores financien la recogida, clasificación, reciclaje y eliminación de los productos al final de su vida útil.financialfood+1

Estas medidas buscan eliminar la fragmentación regulatoria entre países europeos y garantizar que los residuos se traten con idénticos estándares ambientales en todo el territorio de la Unión.

Textiles: hacia el fin de la “moda rápida”

La ropa, los complementos y el calzado representan 12,6 millones de toneladas de residuos textiles anuales en la UE, de las cuales apenas una quinta parte se recicla o reutiliza. La nueva Directiva obliga a los Estados miembros a establecer sistemas específicos de recogida selectiva y a tratar todos los textiles usados recogidos como residuos, asegurando su clasificación antes de ser exportados o reciclados.

Las empresas deberán diseñar productos más duraderos, reparables y reciclables, desterrando los modelos de fast fashion que fomentan el consumo desechable. Además, las tasas del régimen de RAP se vincularán a parámetros de ecodiseño, premiando a los fabricantes que apuesten por materiales reciclables y procesos sostenibles.catedraeconomiacircular-us+1

Alimentos: un compromiso contra el despilfarro

La norma también intensifica la lucha contra el desperdicio alimentario, que afecta a todos los eslabones de la cadena: desde la producción hasta el consumo final. La UE estima que se desperdician 57 millones de toneladas de alimentos cada año, con un coste económico y ambiental altísimo.

Los Estados miembros deberán revisar sus programas nacionales de prevención, incluir indicadores más precisos de seguimiento y rendir cuentas ante la Comisión Europea, que realizará una evaluación intermedia en 2027 para medir los progresos. La reducción del desperdicio alimentario es ya un pilar central del Pacto Verde Europeo y del Plan de Acción para la Economía Circular.euskadi+2

Innovación, economía circular y sostenibilidad

La Directiva revisada no se limita a fijar obligaciones: también impulsa la innovación tecnológica y la competitividad sostenible. Promueve modelos de negocio circulares, donde los residuos se transforman en recursos, fomenta la inversión en reciclaje avanzado y apoya la cooperación entre sectores estratégicos como la moda, la alimentación, la bioeconomía y la digitalización industrial.

Al fomentar la reutilización y el reciclaje, la UE espera no solo reducir las emisiones de CO₂ y el uso de recursos naturales, sino también crear nuevos empleos verdes y cadenas de valor locales, consolidando su liderazgo global en políticas medioambientales.

Una hoja de ruta hacia 2030

Los Estados miembros deberán transponer las disposiciones de la Directiva antes del 17 de junio de 2027, y adaptar su legislación interna a los nuevos estándares. En países como España, se prevé la actualización de la Ley 1/2025 y del Real Decreto sobre productos textiles, para armonizarlos con las exigencias europeas.garrigues

Según el Parlamento Europeo, este marco renovado “refuerza la visión de una Europa que produce y consume dentro de los límites planetarios”, equilibrando competitividad económica con responsabilidad ecológica.

Conclusión

La entrada en vigor de la Directiva Marco de Residuos revisada marca un punto de inflexión en la transición ecológica de la Unión Europea. Su enfoque integral sobre el desperdicio de alimentos y textiles no solo redefine la gestión de residuos, sino que sienta las bases de una economía donde cada producto tenga una segunda vida.

Europa avanza hacia un modelo industrial más responsable, eficiente y sostenible, en el que reducir, reutilizar y reciclar dejarán de ser consignas y se convertirán en la norma.

  1. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2025-81403
  2. https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/-/nota_prensa/2025/economia-circular-entran-en-vigor-normas-revisadas-de-la-directiva-marco-de-residuos-que-afectan-a-la-clasificacion-del-material-textil-y-a-una-nueva-tasa-que-se-cobrara-para-su-gestion-entre-otras-novedades/
  3. https://financialfood.es/entran-en-vigor-las-nuevas-normas-sobre-residuos-de-la-eu-establecidas-para-reducir-el-desperdicio-de-alimentos/
  4. https://www.europarl.europa.eu/news/es/press-room/20250905IPR30172/nuevas-normas-de-la-ue-para-reducir-el-desperdicio-de-textiles-y-alimentos
  5. https://www.garrigues.com/es_ES/noticia/europa-amplia-exigencias-gestion-residuos-sectores-alimentario-textil
  6. https://catedraeconomiacircular-us.es/index.php?view=article&id=328%3Ala-ue-revisa-la-directiva-marco-de-residuos&catid=2
  7. https://www.bakertilly.es/publicaciones/nuevas-obligaciones-en-envases-y-residuos-para-empresas-segun-el-reglamento-ue-2025-40
  8. https://www.pactomundial.org/leyes-directivas-normativas-sostenibilidad/reglamento-ue-envases-residuos-envases/
  9. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2025-80087
  10. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-10-2025-0189_ES.html

El Parlamento Europeo aprueba nuevas normas para reducir el desperdicio de alimentos

El Parlamento Europeo ha dado luz verde a un ambicioso paquete legislativo destinado a reducir de forma significativa el desperdicio de alimentos en la Unión Europea. La medida, que forma parte del Pacto Verde Europeo y de la estrategia “De la granja a la mesa”, busca responder a un problema tanto ético como ambiental: cada año, cerca de 59 millones de toneladas de alimentos se tiran en la UE, lo que equivale a unos 131 kilos por persona.

Objetivos concretos para 2030

El texto aprobado fija metas obligatorias para los Estados miembros con horizonte en 2030:

  • Reducir en al menos un 30% el desperdicio per cápita a nivel minorista y de consumo (hogares, restaurantes, comedores colectivos y comercios).

  • Disminuir en un 10% el desperdicio en las fases de producción y procesamiento, es decir, durante la cosecha, el transporte y la transformación alimentaria.

Estos objetivos se alinean con los compromisos internacionales de la Agenda 2030 de Naciones Unidas y con la necesidad de transitar hacia sistemas alimentarios más sostenibles.

Un problema con múltiples impactos

El desperdicio de alimentos no es solo un asunto de despilfarro económico —se calcula que representa un coste de 132.000 millones de euros anuales en la Unión—, sino también un factor ambiental clave. Los alimentos desperdiciados suponen el 10% de las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas a la cadena alimentaria europea y presionan innecesariamente los recursos naturales: agua, suelo y energía.

Además, en un continente donde aún persisten bolsas de inseguridad alimentaria y millones de personas dependen de bancos de alimentos, el derroche adquiere una dimensión moral difícil de justificar.

Medidas de aplicación

Las nuevas normas no se limitan a fijar objetivos, también establecen mecanismos para alcanzarlos:

  • Sistemas de medición y reporte homogéneos en todos los Estados miembros para conocer con precisión las cifras reales de desperdicio.

  • Promoción de donaciones de alimentos a organizaciones sociales, con incentivos y eliminación de trabas legales.

  • Revisión de etiquetados, en especial del uso de las fechas “consumir preferentemente antes de”, que suelen generar confusión en los consumidores.

  • Fomento de la economía circular, impulsando la valorización de excedentes que no puedan destinarse al consumo humano, por ejemplo, para piensos animales o biogás.

Reacciones en Bruselas

La normativa ha sido recibida con amplio respaldo político, aunque no exenta de advertencias. Eurodiputados y organizaciones ecologistas celebraron la obligatoriedad de objetivos claros, recordando que hasta ahora la reducción del desperdicio quedaba en gran parte en manos de la voluntariedad de los Estados.

Las patronales de la industria alimentaria, por su parte, subrayaron que los plazos de adaptación exigirán inversión en tecnología, infraestructuras de conservación y rediseño de cadenas logísticas. No obstante, reconocieron que la medida puede generar ahorros a medio plazo y mejorar la eficiencia de todo el sector.

El consumidor, pieza clave

Los legisladores insisten en que gran parte del éxito dependerá de la conciencia ciudadana. Se estima que más de un 40% del desperdicio procede de los hogares: sobras mal gestionadas, planificación de compra deficiente o almacenaje inadecuado. Por ello, se prevén campañas de información para fomentar prácticas sencillas como planificar menús, aprovechar sobras, almacenar adecuadamente frutas y verduras o interpretar bien las etiquetas de caducidad.

Camino hacia un sistema alimentario sostenible

La aprobación de estas normas coloca a la Unión Europea en primera línea de la lucha global contra el desperdicio de alimentos. Con un horizonte claro para 2030, Bruselas apuesta por un cambio estructural que no solo reducirá emisiones y mejorará la seguridad hídrica y energética, sino que también pretende introducir mayor equilibrio ético en la relación entre producción y consumo de alimentos.

El desafío ahora será transformar un mandato político en cambios concretos en los campos, las fábricas, las tiendas y los hogares. La reducción del desperdicio alimentario no será inmediata, pero el paso dado por el Parlamento Europeo representa un giro decisivo en un tema que ya no puede esperar.

Representantes del sector agroalimentario exigen a la UE una política coherente y con base científica

Toca Comer. Representantes del sector agroalimentario exigen a la UE una política coherente y con base científica . Marisol Collazos Soto, Rafael BarzanallanaLa plataforma ALIMENTOS CONCIENCIA celebró el pasado martes un desayuno de trabajo en el que representantes del sector agroalimentario han exigido a la Unión Europea (UE) una política coherente y con base en evidencias científicas. Productores agrícolas y ganaderos y responsables del comercio de materias primas han mostrado su preocupación por la peculiar situación regulatoria que viven los organismos modificados genéticamente (OMGs) en la UE.

Los miembros de la plataforma rechazaron tajantemente la iniciativa presentada por la Comisión el pasado mes de abril que permitiría a los Estados miembros la adopción de normas nacionales para restringir o prohibir por razones no científicas el uso de OMGs. Una propuesta demagógica, irresponsable e incoherente de la Comisión Europea, ya que va contra el impulso a la innovación y al desarrollo tecnológico que la UE ha marcado entre sus prioridades en la Estrategia 2020.

La plataforma ALIMENTOS CONCIENCIA resaltó la incongruencia de esta propuesta y advierte de los graves efectos que podría tener en un mundo globalizado que cada vez necesita producir más alimentos. Durante el desayuno de trabajo, el estadounidense Wayne Parrott, Profesor del Departamento de Cultivos y Ciencias del Suelo de la Universidad de Georgia, recordó que aunque la gente crea que los alimentos que consumimos hoy han existido toda la vida, no es así.

 

En su exposición citó declaraciones del propio Darwin quien reconoció que el hombre ha alterado tanto las hortalizas que sólo un experto en botánica podría reconocer las variedades silvestres de las que proceden. “Todos los cultivos han sido modificados genéticamente. La modificación genética es una práctica muy antigua, y la ingeniería genética es tan sólo una subcategoría de estas modificaciones”, destacó el experto.

En su exposición, Wayne Parrott resaltó que pese al debate existente en la UE en torno a la biotecnología agraria, la realidad es que los transgénicos forman parte de nuestras vidas desde hace muchos años y son aceptados socialmente. La gran mayoría de la ropa está elaborada con algodón transgénico, al igual que los billetes de toda la zona euro. Otro buen ejemplo es la insulina, obtenida a través de procesos biotecnológicos.

Fuente: fundación Antama

Lata virtual para explicar nuevo etiquetado

La Asociación de Bebidas Refrescantes (ANFABRA) ha creado una nueva herramienta que hace más fácil al consumidor entender la información que incluye una etiqueta de acuerdo con el nuevo Reglamento Comunitario 1169/2011 que se aplica a partir del 13 de diciembre de 2014. Mediante una “lata virtual” a la que se accede desde la web de la Asociación se informa de forma innovadora, gráfica, intuitiva.

Agricultura ecológica: nuevo reglamento, nueva aberración

Toca Comer. Agricultura ecológica: Nuevo reglamento, nueva aberración.. Marisol Collazos Soto, Rafael Barzanallana

Con fecha ocho de Abril se ha presentado el nuevo reglamento de ejecución de la Agricultura ecológica a nivel de la UE, publicado en el BOE el nueve de Abril. Se supone que a partir de ahora los organismos certificadores de la producción ecológica deben ceñirse a las modificaciones que se recogen en esta publicación para otorgar (o no) la certificación. El nuevo reglamento aparece con un rimbombante título.

Entre otros aspectos se destaca:

El cobre sigue estando autorizado, a pesar se ser tremendamente tóxico. Además la dosis de aplicación es bastante generosa (6 kg/ha) que además dicen que te puedes pasar si lo compensas en un periodo de 5 años. Parece cachondeo que además digan que deben tomarse medidas de reducción de riesgo para no contaminar las aguas o los organismos no dianas ¿qué medidas? ¿poner un cartel para que los insectos se vayan? ¿decirle al cobre que no se filtre? 6 kg cada año en una hectárea. ¿El cobre es biodegradable? Pues ya sabemos que si eso se aplica todos los años, al final el terreno se quedará inservible.

Si los agroecólogos exigen legitimidad y ser tratados como una disciplina científica, que empiecen por demostrarlo. Mirad que pone en el punto 9. Resulta que si el anterior reglamento no mencionaba a los productos homeopáticos, es por que se les había olvidado y tiene el morro de ponerlo así de claro en el reglamento. Claro. Se te olvida y 2 años después sacas otro reglamento para enmendar el error. Parece que se estén excusando por no haber incluido el uso de la homeopatía en su reglamento ¿Boiron no tiene nada que ver?

Lo más doloroso es que esta promoción de la pseudociencia conlleva a una agricultura y ganadería más contaminante por su poca producción. Esta poca producción dispara el precio y hace que solo se la puedan permitir unos pocos, pero la estamos pagando entre todos a golpe de subvención. Le recomiendo a todos los practicantes de agricultura ecológica que la próxima vez que vayan al dentista utilicen un sedante homeopático en vez de anestesia (el sedatif por ejemplo), así experimentarán el efecto que le hace su tratamiento a los pobres animales.

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Fuente:

La agricultura ecológica: ¿próxima a la implosión?

Toca Comer. La agricultura ecológica: ¿próxima a la implosión?. Marisol Collazos Soto, Rafael Barzanallana

Por mucho triunfalismo que exhiban los entusiastas de la agricultura ecológica las cifras siguen bajo mínimos. Realmente representa una fracción ínfima de la alimentación en España, donde no llega al 4% la gente que consume casi todos los días producto ecológico y siendo muy generosos no llega al 20% los que lo consumen una o dos veces por semana. De la misma manera la superficie agrícola destinada a cultivo ecológico sigue siendo ínfima (un 5% del total). 

A pesar de estas cifras modestas están llegando noticias que desde Alemania (el principal consumidor) se está presionando a la comisión Europea para que ponga en vigor una nueva normativa de producción ecológica que sustituya a la actual del 2007  y que esto vaya acompañado de una aplicación más rigurosa. Bueno, pues si esta propuesta triunfa, ya os digo que la agricultura ecológica será como el fin de una estrella, se convertirá en una estrella de neutrones o en una enana blanca o en un agujero negro (gracias @darksapiens), como suele pasar con todos los movimientos que pretenden ser tan ortodoxos y puros que son incapaces de cumplir los requisitos de pureza que exige su propia normativa.

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La salmonella encabeza el ranking de los patógenos alimentarios en la UE

Toca Comer. La salmonella encabeza el ranking de los patógenos alimentarios en la UE. Marisol Collazos Soto, Rafael Barzanallana

EFSA publica un estudio sobre salud pública, centrado en el riesgo de contaminación de alimentos de origen no animal del periodo 2007 al 2011.  Este tipo de alimentos se asoció al 10% de los brotes de origen alimentario  y el 26% de los casos registrados entre 2007 y 2011. Asimismo, las combinaciones patógeno-alimento con más riesgo fueron la Salmonella en verduras de hoja verde, bulbos y tallos de verduras, tomates y melones y E.coli en vainas frescas, legumbres y granos.

Según el informe, los alimentos de origen animal siguen siendo el origen de la mayoría (90%) de la intoxicación de alimentos. No obstante, el número de brotes, casos humanos y hospitalizaciones asociados a alimentos de origen no animal se ha incrementado durante el período de la investigación.

El ranking de combinación alimento/patógeno según nivel de prevalencia:

  • Salmonella spp. y vegetales de hoja verde consumidas crudas como ensaladas
  • Salmonella spp. y bulbos y verduras con tallo como espárragos o cebolla
  • Salmonellaspp. y tomates
  • Salmonella spp. y melones
  • E. coli patogénica y vainas frescas, legumbres o cereales
  • Norovirus y vegetales de hoja verde consumidas crudas como ensaladas
  • Salmonella spp. y semillas germinadas
  • Shigella spp. y vainas frescas, legumbres o cereales
  • Bacillus spp. y especias y hierbas secas en polvo
  • Norovirus en bulbos y verduras con tallo
  • Norovirus y frambuesas
  • Salmonella spp. y frambuesas
  • Salmonella spp. y especias y hierbas secas en polvo
  • Shigella spp. en hierbas frescas
  • E. coli patogénica en semillas germinadas
  • Yersinia y zanahorias
  • Norovirus en tomates y zanahorias

Etiquetas nutricionales que declaran falsas promesas

Toca Comer. Etiquetas nutricionales que declaran falsas promesas. Marisol Collazos Soto, Rafael Barzanallana

Siete años después de la promulgación del reglamento de alegaciones nutricionales y de salud, las etiquetas de los productos no se han adaptado del todo a la legislación. La OCU ha realizado un estudio, en colaboración con otras organizaciones europeas, y luego de verificar 100 productos en España, se concluyó que el 40% no cumple con la actual normativa.

La Unión Europea prohibió que se utilizaran en el etiquetado reclamos relacionados con la salud que no se pueden probar científicamente. Sin embargo, OCU ha constatado que solo uno de cada cuatro productos ha modificado su etiquetado. También resulta paradójico que algunos alimentos poco saludables por tener exceso de sal, grasa o azúcar puedan utilizar alegaciones autorizadas.

Por ello se considera que es necesario que se definan los perfiles saludables a la mayor brevedad, ya que sin estos perfiles las alegaciones de salud no cumplen su verdadera función, que es fomentar buenos hábitos, y no pasarán de ser meros reclamos publicitarios.

Se pueden usar

  • Los chicles edulcorados con 100% xilitol disminuyen el riesgo de caries.
  • Los esteroles vegetales reducen el colesterol y el riesgo cardiovascular.
  • Los ácidos grasos esenciales favorecen el desarrollo infantil.
  • Los fermentos lácticos vivos facilitan la digestión de la lactosa.
  • Los polifenoles del aceite de oliva tienen efectos antioxidantes.
  • El calcio y la vitamina D fortalecen los huesos.
  • Diez gramos de salvado al día alivian el estreñimiento.

No se pueden usar

  • La soja disminuye el colesterol y previene enfermedades vasculares.
  • Los bífidus mejoran las defensas, la regularidad y la flora intestinal.
  • No se puede usar la frase «Con antioxidantes». Aunque sí se puede hablar del efecto antioxidante de algunas sustancias.
  • La fibra ayuda a la función digestiva.

Nueva lay, prohibición del azúcar en los zumos de fruta

Toca Comer. Nueva lay, prohibición del azúcar en los zumos de fruta. Marisol Collazos Soto, Rafael Barzanallana

El Parlamento Europeo ha aprobado una nueva Directiva relativa a los zumos de frutas y otros productos similares destinados para consumo humano. En ella cambian algunos aspectos sobre la elaboración, la composición y el etiquetado de los zumos de fruta.

Clasificación de zumos de fruta

1. Zumo de frutas: Es un producto obtenido de las partes comestibles de las frutas (sanas y maduras) sin fermentar.

El producto debe ser fermentable, pero no estar fermentado, es decir, que contenga azúcares de manera “natural”, pero que no hayan sido fermentados.

Las frutas a usar pueden ser frescas, refrigeradas o congeladas.

No se pueden incorporar pepitas, semillas o pieles al zumo.

Se incluye ahora también el aviso específico de que el zumo de puede mezclar con el puré de frutas.

Se le puede reincorporar el aroma o la pulpa perdida por el proceso de extracción.

2. Zumo de frutas a partir de concentrado: Es el producto que se obtiene al reconstruir el zumo de frutas concentrado mediante la adición de agua.

Están regulados los criterios sanitarios del agua y de los grados Brix (Concentración de azúcar) del zumo.

Con esta modalidad también se pueden mezclar los zumos de frutas con el puré de frutas.

¿Y qué es el puré de frutas?

Es el producto susceptible de fermentación, pero no fermentado, obtenido mediante procedimientos físicos adecuados, por ejemplo tamizando, triturando o desmenuzando la parte comestible de frutas enteras o peladas sin eliminar el zumo.

3. Zumo de frutas concentrado:  Se trata del producto que se obtiene a partir del zumo eliminando parte de su agua.
También se pueden reincorporar al zumo el aroma y la pulpa perdida. Esta es la modalidad de zumo, a la que si le añadimos agua, obtenemos el número 2.

4. Zumo de frutas extraído con agua. Es una nueva modalidad de obtención de zumo, que consiste en poner en contacto el agua con la fruta para que extraiga el jugo, se autorizan dos modalidades. Una sería la de usar el agua con la pulpa de la fruta de la que no se ha podido extraer más zumo por procedimientos físicos y así “apurarla”; mientras que la otra modalidad sería de la extraer el zumo de fruta deshidratada.

5. Zumo de frutas en polvo o deshidratado.

Es el producto que se obtiene al eliminar casi la totalidad del agua del zumo.  Sería un zumo concentrado con aún menos agua.

6. Néctar de frutas

Se obtiene por la adición de agua (con o sin azúcares) al zumo, al zumo concentrado o al puré.

 

¿Qué productos se le pueden añadir a los zumos?

-Algunas vitaminas y minerales, este listado en concreto.

-Algunos aditivos, este listado en concreto.

-Pulpa y aromas perdidos, tal y como hemos visto en las descripciones.

-A los néctares azúcar, se les puede añadir hasta un 20% de su composición en azúcar o miel .

El néctar puede tener la alegación “sin azúcares añadidos” si se han usado edulcorantes, y por tanto no se ha añadido azúcar. En el caso de que los adicionados sean azúcares de la fruta puede tener la alegación “contiene azúcares naturalmente presentes en la fruta”, de no ser así, será que contiene jarabe de fructosa, o cualquier otro azúcar de este listado.

-Como excepciones de zumos especiales, al zumo de uva se le pueden añadir sales de ácido tartárico y al zumo de tomate sal, especias y hierbas aromáticas.

Ampliar en: MI DIETA COJEA

Lidencia CC

Preocupación por las políticas europeas sobre transgénicos

Toca Comer. Preocupación por las políticas europeas sobre transgénicos . Marisol Collazos Soto, Rafael Barzanallana

La Iniciativa para la Investigación Pública y el Reglamento (PRRI), junto a diversas organizaciones de agricultores, han expresado en una carta abierta dirigida a las instituciones de la Unión Europea su preocupación por el impacto de las políticas sobre organismos modificados genéticamente (OMGs) que están frenando una tecnología capaz de favorecer la producción sostenible de alimentos como es la biotecnología. La carta fue enviada el pasado 16 de octubre coincidiendo con el Día Mundial de la Alimentación.

La carta reconoce que el sistema regulatorio de la Unión Europea sobre OMGs, basado en la evaluación científica de riesgos, ha funcionado durante muchos años en base a lo que fue diseñada. Sin embrago, desde la segunda mitad de los 90, algunos Estados miembro han adoptado políticas contrarias a los OMGs. Éstas políticas son:

La carta concluye con un llamamiento a las instituciones europeas y a los Estados miembro a adoptar una perspectiva más amplia basada en la ciencia en la que se tenga una visión a largo plazo sobre la producción de alimentos y piensos para poder así ajustar las políticas actuales europeas sobre OMGs y hacerlas efectivas.

En este enlace podéis acceder a la carta completa.

Fuente: Fundación Antama

Chufa de Valencia, condiciones de la Denominación de Origen

Toca Comer. Chufa de Valencia, condiciones de la Denominación de Origen. Marisol Collazos Soto, Rafael Barzanallana

El Diario Oficial de la Unión Europea L 247/22  del 18.9.2013 publicó la modificación del Pliego de Condiciones de la Denominación de Origen Chufa de Valencia, culminando así un largo proceso iniciado en el año 2010 por su Consejo Regulador..

Los cambios más significativos que recoge el nuevo texto, son los referidos, por una parte, a la zona de producción, que se amplía a los términos de Massalfassar, Museros y Emperador y por otra a los parámetros de calidad de la chufa protegida

La modificación respecto a la zona de producción obedece al hecho de que estos tres pueblos tienen  el mismo vínculo al cultivo de la chufa que el de los otros 16 ya amparados y poseen idénticas condiciones edafoclimáticas y de conocimiento y tradición de este cultivo.

“Era un error que los agricultores cuya tierra se encuentra en estos términos no pudiesen optar al mismo nivel de protección de sus chufas que los agricultores que las cultivaban en los 16 pueblos amparados. Con este cambio se da respuesta a una histórica reivindicación de los labradores de esta zona” explica Francesc de Borja Espinosa, presidente del CRDO Chufa de Valencia.

En lo referido a la calidad de la chufa protegida, se han modificado las exigencias respecto a su composición en peso de materia seca que pasa ser la siguiente; azúcares: mayor o igual a 11 %, grasas: mayor o igual al 25 %, proteínas: mayor o igual al 6,5 %, almidón: mayor o igual al 25 %, fibra bruta: mayor o igual al 5 %.

El cambio más significativo tiene que ver con el incremento de la cantidad de grasa exigida para el producto certificado, que aumenta un 2%. Recordemos que éste parámetro es uno de los de mayor importancia en la calidad del tubérculo y de él depende directamente su rendimiento.

Para Francesc de Borja Espinosa, Presidente del Consejo Regulador, el nuevo pliego de condiciones protegerá aún más al consumidor  e incrementará la ya gran diferencia entre la Chufa de Valencia y la de otras procedencias, de calidad muy inferior a la valenciana y con unos controles mucho menores.

Fuente: ClubDarwin.NET

Boletín AESAN julio 2013

Toca Comer. Boletín AESAN julio 2013. Marisol Collazos Soto, Rafael Barzanallana

«La publicación mensual de estos boletines sirve para garantizar una información más inmediata, dando cuenta de actuaciones y el desarrollo de distintas actividades emprendidas por AESAN en los periodos referidos, ofreciendo además de una forma resumida las novedades legislativas«.

NOVEDADES LEGISLATIVAS

Reglamento (UE) 609/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de junio de 2013 relativo a los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad, los alimentos para usos médicos especiales y los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso y por el que se derogan la Directiva 92/52/CEE del Consejo

Reglamento de Ejecución (UE) 618/2013 de la Comisión de 26 de junio de 2013 que modifica el anexo I del Reglamento (CE) 669/2009 por el que se aplica el Reglamento (CE) n o 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la intensificación de los controles oficiales de las importaciones de determinados piensos y alimentos de origen no animal

Reglamento (UE) no 545/2013 de la Comisión, de 14 de junio de 2013 que modifica el anexo I del Reglamento (CE) no 1334/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la sustancia aromatizante 3-acetil-2,5-dimetiltiofeno. (aplicable a partir del día 16 de junio de 2013 salvo excepciones).

Reglamento de ejecución (UE) N o 503/2013 de la comisión de 3 de abril de 2013 relativo a las solicitudes de autorización de alimentos y piensos modificados genéticamente de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se modifican el Reglamento (CE) nº 641/2004 y el Reglamento (CE) nº 1981/2006.

Reglamento (UE) N o 536/2013 de la Comisión, de 11 de junio de 2013 que modifica el Reglamento (UE) n o 432/2012, por el que se establece una lista de declaraciones autorizadas de propiedades saludables de los alimentos distintas de las relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños

Reglamento (UE) N o 536/2013 de la Comisión, de 11 de junio de 2013 que modifica el Reglamento (UE) n o 432/2012, por el que se establece una lista de declaraciones autorizadas de propiedades saludables de los alimentos distintas de las relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños

Reglamento (UE) no 509/2013 de la Comisión, de 3 de junio de 2013 por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) no 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la utilización de diversos aditivos en determinadas bebidas alcohólicas (Aplicable a partir del 24 de junio de 2013)

Reglamento (UE) no 510/2013 de la Comisión, de 3 de junio de 2013 por el que se modifican los anexos I, II y III del Reglamento (CE) no 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la utilización de óxidos e hidróxidos de hierro (E 172), hidroxipropil-metil-celulosa (E 464) y polisorbatos (E 432-436) para marcar determinadas frutas (aplicable a partir del 24 de junio de 2013).

ENLACE AL BOLETIN DE AESAN

Europa prohíbe cercenar tiburones

Toca Comer. Europa prohíbe cercenar tiburones. Marisol Collazos Soto, Rafael Barzanallana

Desde el pasado 6 de julio todos los tiburones capturados en aguas europeas o por barcos europeos en aguas internacionales deberán ser desembarcados con las aletas adheridas, de otro modo estarán contraviniendo la decisión adoptada a finales de año por el Parlamento Europeo sobre los permisos especiales de cercenamiento con los que contaba hasta ahora la flota.

La entrada en vigor del mandato ha sido “celebrada” por la ONG Oceana a través de un comunicado de prensa; celebrada porque considera esta nueva norma como “más estricta que la anterior”, que “pone fin a casi una década de batalla para acabar con las lagunas legales de la anterior legislación”.

Xavier Pastor, Director Ejecutivo de Oceana en Europa: “La prohibición del finning en la UE por fin es real, se puede aplicar y tiene implicaciones mundiales”.

“La UE captura más tiburones que ningún país del mundo, y desempeña un papel clave en los organismos regionales de pesca, donde se reconoce que el finning continúa siendo un problema.

“Tras diez años arrastrando las imperfecciones de la anterior prohibición, la UE puede hacer ahora un esfuerzo serio para afrontar este problema en el plano internacional”.

Fuente: ClubDarwin.NET

Se aprueba en la Unión Europea el etiquetado de alimentos mediante láser

Toca Comer. Se aprueba en la Unión Europea el etiquetado mediante láser. Marisol Collazos Soto, Rafael Barzanallana

La normativa permite su uso a partir del 23 de junio, lo que representa un importante triunfo de la empresa española LaserFood, pionera desde 2009 en el desarrollo de esta tecnología.

Hasta el momento las autoridades europeas habían prohibido el uso de estos productos químicos que mejoraban el contraste entre la parte de la fruta expuesta al láser, lo que permitía un etiquetado más claro de mayor duración.

El etiquetado por láser en las frutas presenta una serie de ventajas frente a los métodos tradicionales como las etiquetas adhesivas o el packaging en papel, por ejemplo se puede grabar sobre la fruta códigos de barras o QR.

En primer término facilita la trazabilidad de producto, ya que porporciona una marcaje más fiable y duradero brindando al consumidor la certeza de consumir una determinada marca independientemente de la mezcla de productos de diferentes provedores.

El etiquetado por láser también reduce costes al eliminar la necesidad de usar papel, tinta y pegamento en las etiquetas adhesivas, lo que también representa ventajas medioambientales.

Facilita así mismo la manipulación, la logistica y almacenamiewnto de la fruta, al simplificar el manipulado de la fruta en las diferetes fases de transporte y distribución.

Además el etiquetado laser representa una oportunidad para generar marca y facilitar la promoción por parte de los provedores de fruta y de los distribuidores.

La normativa de la UE modificado permite ahora el uso de óxidos de hierro, hidróxidos, hidroxipropil metil celulosa y polisorbatos para crear un contraste entre el marcado por láser y la piel de la fruta.

E172: Óxido e hidróxido de hierro

Son minerales naturales que ya se encuentran en el mercado y que se usan para recubrimientos de tortas, postres, y películas protectoras para cárnicos, pescados y mariscos. Su consumo es inicuo para el cuerpo ya que no se absorbe.

Se fabrica a partir de soluciones de sulfato o cloruro ferroso y se vende en polvo en diferentes colores: amarillo, rojo, naranja, marrón o negro. En la aplicación láser el aire caliente convierte los sulfatos y/o cloruros de hierro en óxidos e hidróxidos al contacto con aire caliente.

Fabricado por tratamiento de una solución de sulfato ferroso o cloruro con un álcali y oxidar el precipitado en aire caliente. A medida que el hierro presente en estos óxidos es en la forma férrica no es muy disponible activamente a los tejidos corporales.

E 464: Hidroxipropilo de metilcelulosa

Fabricados a partir de un preparado de madera modificada químicamente. Se utiliza principalmente como un agente espesante, pero también como material de relleno, fibra dietética, agente emulsificador.

La hidroxipropilmetilcelulosa es soluble y puede ser fermentada en el intestino grueso. En grandes grandes pueden causar problemas intestinales, tales como hinchazón, estreñimiento y diarrea.

E 432-436: Polisorbatos

Es un compuesto sintético hecho a partir de óxido de etileno, sorbitol y ácido láurico, un ácido graso natural. Se encuentra principalmente en los helados y refrescos.

Se ha establecido una dosis máxima para humanos de 25 mg por cada kg de peso corporal, pero no se conocen efectos secundarios conocidos. Las personas intolerantes al glicol de propileno deben evitar su ingesta.

Fuente: LaserFood

 

La Unión Europea corrige requisitos sobre envases de pescado

Toca Comer. La Unión Europea corrige requisitos sobre envases de pescado. Marisol Collazos Soto, Rafael Barzanallana

El Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado diferentes correcciones al Reglamento (CE) nº 853/2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.

La versión española e italiana de la legislación, tal y como ya hacían las versiones de otros idiomas (inglés, francés, alemán, etc.), recogen ahora que los recipientes en los que se conserven en hielo los productos de la pesca frescos deberán ser “resistentes al agua” sustituyendo al término anterior “impermeable”.

Este cambio supone una mayor unificación del acervo comunitario respecto a los requisitos a los materiales de envases para pescado fresco, incluyendo los de un solo uso de madera, por parte de la Comisión Europea y de los países miembros.

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