Chufa de Valencia, condiciones de la Denominación de Origen

Toca Comer. Chufa de Valencia, condiciones de la Denominación de Origen. Marisol Collazos Soto, Rafael Barzanallana

El Diario Oficial de la Unión Europea L 247/22  del 18.9.2013 publicó la modificación del Pliego de Condiciones de la Denominación de Origen Chufa de Valencia, culminando así un largo proceso iniciado en el año 2010 por su Consejo Regulador..

Los cambios más significativos que recoge el nuevo texto, son los referidos, por una parte, a la zona de producción, que se amplía a los términos de Massalfassar, Museros y Emperador y por otra a los parámetros de calidad de la chufa protegida

La modificación respecto a la zona de producción obedece al hecho de que estos tres pueblos tienen  el mismo vínculo al cultivo de la chufa que el de los otros 16 ya amparados y poseen idénticas condiciones edafoclimáticas y de conocimiento y tradición de este cultivo.

“Era un error que los agricultores cuya tierra se encuentra en estos términos no pudiesen optar al mismo nivel de protección de sus chufas que los agricultores que las cultivaban en los 16 pueblos amparados. Con este cambio se da respuesta a una histórica reivindicación de los labradores de esta zona” explica Francesc de Borja Espinosa, presidente del CRDO Chufa de Valencia.

En lo referido a la calidad de la chufa protegida, se han modificado las exigencias respecto a su composición en peso de materia seca que pasa ser la siguiente; azúcares: mayor o igual a 11 %, grasas: mayor o igual al 25 %, proteínas: mayor o igual al 6,5 %, almidón: mayor o igual al 25 %, fibra bruta: mayor o igual al 5 %.

El cambio más significativo tiene que ver con el incremento de la cantidad de grasa exigida para el producto certificado, que aumenta un 2%. Recordemos que éste parámetro es uno de los de mayor importancia en la calidad del tubérculo y de él depende directamente su rendimiento.

Para Francesc de Borja Espinosa, Presidente del Consejo Regulador, el nuevo pliego de condiciones protegerá aún más al consumidor  e incrementará la ya gran diferencia entre la Chufa de Valencia y la de otras procedencias, de calidad muy inferior a la valenciana y con unos controles mucho menores.

Fuente: ClubDarwin.NET

Denominación de Origen de aceite de Jaén piden a Sanidad que los envases para la hostelería no sean rellenables

Los tres consejos reguladores de las denominaciones de origen de aceite de oliva de Jaén han enviado una carta al Ministerio de Sanidad para que en la Ley de Seguridad Alimentaria se incluya la obligatoriedad de que los aceites usados en hostelería estén etiquetados y cuenten con tapón no rellenable.

Este escrito se incluye en la campaña emprendida en los últimos meses por los consejos reguladores jiennenses para apostar por los aceites de oliva de calidad y aportar una mayor información y seguridad a los clientes, ya que podrán conocer si el aceite que están utilizando es virgen extra o de una calidad inferior, según una nota conjunta de las tres DOP jiennenses.

En esta carta, las DOP jiennenses recuerdan a la ministra Trinidad Jiménez que países como Italia o Portugal ya han legislado en este sentido con la finalidad de poner en valor la calidad del aceite de oliva virgen extra y por trabajar a favor de la seguridad alimentaria.

Actualmente, en la mayoría de los casos, el consumidor encuentra en la mesa de los restaurantes y bares aceiteras sin etiquetar y el ciudadano no puede conocer si ese aceite presenta un contenido alto o bajo en grasas perjudiciales o beneficiosas para la salud, en ácido oleico, o si tiene otras sustancias beneficiosas desde el punto de vista nutricional.

Noticia completa en: finanzas.com

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