Propiedades saludables de los hidratos de carbono

Toca Comer. Propiedades saludables de los hidratos de carbono. Marisol Collazos Soto, Rafael Barzanallana

La Comisión Europea publicó un nuevo Reglamento (UE) nº 1018/2013 de 23 de octubre de 2013 que modifica el Reglamento (UE) nº  432/2012, por el que se establece una lista de declaraciones autorizadas de propiedades saludables de los alimentos distintas de las relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños.

Declaración de beneficios

A partir de ahora se podrá indicar en la etiqueta de los productos informando al consumidor de que el efecto beneficioso se obtiene tomando esa cantidad de hidratos de carbono de todas las fuentes.

Esta declaración podrá utilizarse en alimentos que contengan un mínimo de 20 g de hidratos de carbono que sean metabolizados por los seres humanos, excepto los polialcoholes, por porción cuantificada y que sean conformes con las declaraciones de propiedades nutritivas

“Bajo contenido de azúcar” o “Sin azúcares añadidos”.

Para Beatriz Navia, portavoz científica de la campaña ‘Pan cada día’, esta alegación está más que justificada puesto que los hidratos de carbono son la fuente de energía más importante para el organismo y son parte imprescindible de una alimentación sana y equilibrada.

De hecho, una alimentación óptima debe contener más de un 45% de la energía diaria en forma de carbohidratos, tal y como han señalado la EFSA (45-60% de la energía ingerida a lo largo del día debe proceder de los hidratos de carbono) y la OMS/FAO (55-75% de la energía total diaria).

En este sentido, si consideramos que una dieta de un adulto puede contener unas 2000-2500 kilocalorías, considerando un 45% de esa cantidad, y que 1g de hidratos de carbono aporta 4 kcal según el Reglamento 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, un adulto debería ingerir unos 225-280 g de carbohidratos al día.

Autorizadas por la Unión Europea nuevas declaraciones de propiedades saludables

Toca Comer. Autorizadas por la Unión Europea nuevas declaraciones de propiedades saludables. Marisol Collazos Soto, Rafael Barzanallana

Seis nuevas declaraciones de propiedades saludables de los alimentos distintas de las relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños se han autorizado tras la publicación del Reglamento (UE) 536/2013 que modifica el Reglamento (UE) 432/2012.

Las declaraciones de propiedades saludables autorizadas en diversos nutrientes o sustancias o alimentos y sus condiciones de uso son las siguientes:

 

α-ciclodextrina El consumo de α-ciclodextrina como parte de una comida que contenga almidón contribuye a reducir el aumento de la glucemia posterior a la misma La declaración puede utilizarse para alimentos que contengan al menos 5 g de α-ciclodextrina por 50 g de almidón en una porción cuantificada como parte de la comida. Para que un producto pueda llevar esta declaración, deberá informarse al consumidor de que el efecto beneficioso se obtiene tomando α-ciclodextrina como parte de la comida.
Ácido docosahexaenoico (DHA) El DHA ayuda a mantener unos niveles normales de triglicéridos en la sangre. Esta declaración solo puede utilizarse en alimentos que aporten una ingesta diaria de 2 g de DHA y que contengan DHA en combinación con ácido eicosapentaenoico (EPA). Para que un producto pueda llevar esta declaración, deberá informarse al consumidor de que el efecto beneficioso se obtiene con una ingesta diaria de 2 g de DHA. Cuando la declaración se haga sobre complementos alimenticios y/o alimentos enriquecidos, también deberá informarse al consumidor de que no debe superar una ingesta diaria suplementaria de 5 g de EPA y DHA combinados.
Ácido docosahexaenoico y ácido eicosapentaenoico (DHA/EPA) El DHA y el EPA contribuyen a mantener una tensión arterial normal Esta declaración solo puede utilizarse en alimentos que aporten una ingesta diaria de 3 g de EPA y DHA. Para que un producto pueda llevar esta declaración, deberá informarse al consumidor de que el efecto beneficioso se obtiene con una ingesta diaria de 3 g de EPA y DHA. Cuando la declaración se haga sobre complementos alimenticios y/o alimentos enriquecidos, también deberá informarse al consumidor de que no debe superar una ingesta diaria suplementaria de 5 g de EPA y DHA combinados.
Ácido docosahexaenoico y ácido eicosapentaenoico (DHA/EPA) El DHA y el EPA contribuyen a mantener unos niveles normales de triglicéridos en la sangre. Esta declaración solo puede utilizarse en alimentos que aporten una ingesta diaria de 2 g de EPA y DHA. Para que un producto pueda llevar esta declaración, deberá informarse al consumidor de que el efecto beneficioso se obtiene con una ingesta diaria de 2 g de EPA y DHA. Cuando la declaración se haga sobre complementos alimenticios y/o alimentos enriquecidos, también deberá informarse al consumidor de que no debe superar una ingesta diaria suplementaria de 5 g de EPA y DHA combinados.
Ciruelas pasas (Prunus domestica L.) Las ciruelas pasas contribuyen al tránsito intestinal normal. Esta declaración solo puede utilizarse en alimentos que aporten una ingesta diaria de 100 g de ciruelas pasas. Para que un producto pueda llevar esta declaración, deberá informarse al consumidor de que el efecto beneficioso se obtiene con una ingesta diaria de 100 g de ciruelas pasas.
Fructosa El consumo de alimentos que contienen fructosa produce un menor aumento de glucosa en la sangre que el consumo de alimentos que contienen sacarosa o glucosa Para que un producto pueda llevar esta declaración, debe tratarse de un alimento o bebida azucarado en el que la glucosa y/o sacarosa se hayan sustituido por fructosa, de modo que la reducción del contenido de glucosa y/o sacarosa en el alimento o bebida sea como mínimo del 30 %.

Fuente:  Etiquetado y Trazabilidad
Imagen: Akane86 via photopin cc

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