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La Comisión Europea multa a Philips, Samsung e Infineon

Actualidad Informática. La Comisión Europea multa a  Philips, Samsung e Infineon. Rafael Barzanallana

La Comisión Europea (CE) multó hoy con 138 millones de euros a Philips, Samsung e Infineon por participar en un cártel de fabricantes de chips para tarjetas en Europa entre septiembre de 2003 y septiembre de 2005.

Renesas, entonces una empresa conjunta a manos de las japonesas Hitachi y Mitshubishi, también participó en el cártel pero no recibió sanción económica debido a que su cooperación con Bruselas permitió descubrir el cártel.

La alemana Infineon recibirá la multa más alta, 82,8 millones de euros, mientras que la holandesa Philips deberá pagar 20,1 millones y la surcoreana Samsung tendrá que hacer frente un desembolso de 35,1 millones, después de que Bruselas redujera su sanción en un 30 % debido a su cooperación en el caso.

«Es esencial que las empresas que los producen se centren principalmente en superar a sus competidores, innovando y ofreciendo los mejores productos a los precios más competitivos», destacó el vicepresidente de la Comisión Europea y comisario de Competencia, Joaquín Almunia, en un comunicado.

Fuente: Público.es

La Unión Europea estudia obligar a Apple a cambiar su cargador de 30 pines y utilizar un estándar

Actualidad Informática. Cable miniUSB, Apple. Rafael Barzanallana. UMU

Los eurodiputados quieren que todos los dispositivos de radiofrecuencia y sus accesorios, también loscargadores, sean compatibles y así evitar la proliferación de residuos electrónicos.

La eurodiputada alemana, Barbara Weiler, ha llegado a decir que quiere ver el final del “caos de cables” actual. No obstante, éste no es el primer intento de establecer unestándar universal para los cargadores de móviles. En 2009, la Comisión Europea, la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y los principales fabricantes de teléfonos móviles ya elaboraron un acuerdo voluntario para adoptar el conector micro USB de forma universal.

Sin embargo, Apple, que vendió nueve millones de unidades del iPhone 5s y 5c en tan sólo tres días la semana pasada, no está conforme con el acuerdo a pesar de suscribirlo.

El proyecto de ley también establece normas para otros equipos de radio, como los que abren las puertas de los vehículos o los módems, de forma que no interfieran entre sí. El comité también simplifica la burocracia y suprime la norma que obliga a los fabricantes de móviles a registrar cierto tipo de dispositivos antes de su comercialización.

El siguiente paso es que el comité inicie las negociaciones informales con el Consejo Europeo para acelerar en todo lo posible el proceso legislativo.

Fuente: GADGETMANIA
Imagen: winterofdiscontent via photopin cc

España adapta las ‘cookies’ a la normativa europea

Actualidad Informática. España adapta las ‘cookies’ a la normativa europea. Rafael Barzanallana. UMU

La Unión Europea aprobó en 2009 un catálogo de normas sobre el almacenamiento y utilización de los datos de navegación de los usuarios. La legislación cambiaba el régimen vigente, que consistía en ofrecer al usuario la posibilidad de rechazar el uso de las llamadacookies (programas que recopilan información de la navegación por Internet) por otro en el que se pide su autorización expresa o tácita.

Para facilitar el cumplimiento de la normativa, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) presentó ayer una guía sobre el uso de lascookies, elaborada en colaboración con la industria de los medios y las agencias de publicidad y que, en general, es similar a la del entorno europeo.

“Es un gran paso adelante en una tarea difícil: conciliar el uso de los aparatos tecnológicos con la privacidad de los ciudadanos”, aseguró el presidente de la AEPD, José Luis Rodríguez Álvarez. La directiva comunitaria se incorporó a la legislación española en marzo de 2012, con un año de retraso.

Todo el sector —usuarios, editores, anunciantes, agencias, redes de publicidad, empresas de análisis y medición— se ve afectado por laGuía sobre el uso de las cookies, que cumple dos obligaciones: por un lado, el deber de información al usuario y, por otro, el consentimiento de este para poder instalar estos programas, fundamentales para una mejor calidad de la navegación, tanto para medios y anunciantes como para los internautas.

Este documento, que ve la luz después de un año de trabajo, “adapta el cumplimiento de la directiva comunitaria con garantías para el ciudadano y con el menor coste posible para el sector”, apuntó el presidente de la AEPD. “Se establecen reglas para que los ciudadanos puedan decidir si consienten o no la instalación de cookies en sus terminales”. Rodríguez Álvarez ve las tecnologías de almacenamiento como un instrumento útil para determinados modelos de negocio y prestación de servicios. “Tiene un impacto relevante en un sector de la economía mundial”, recalcó.

Fuente: ElPais.com

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La Unión Europea estudia multar a Microsoft por imponer Explorer, su navegador

Actualidad Informática. La Unión Europea estudia multar a Microsoft por imponer Explorer, su navegador. Rafael Barzanallana. UMU

Nueva refriega en la larga batalla de la Comisión Europea contra las prácticas abusivas de Microsoft. Joaquín Almunia, vicepresidente del Ejecutivo comunitario y responsable de Competencia, acaba de anunciar que investigará si la compañía fundada en 1975 por Bill Gates y Paul Allen ha incumplido su compromiso de abrir a los usuarios de Windows, su sistema operativo, la posibilidad de utilizar navegadores distintos a Internet Explorer.

Hace ya casi tres años que Bruselas obligó a Microsoft a ofrecer alternativas a los internautas que usan Windows, entre las que se encuentran Firefox, Chrome, Safari y Opera. Pese a que la compañía estadounidense aseguró a la Comisión en diciembre del año pasado que cumplía estos requisitos, los técnicos europeos sospechan que los usuarios del sistema operativo más extendido del mundo no han tenido libertad de elección desde febrero del año pasado hasta ahora.

Esta escaramuza se une a la multa de 860 millones de euros que la Comisión ya impuso en 2008 a Microsoft por abuso de posición dominante, decisión que el Tribunal General de la UE confirmó hace un mes. Esta sanción —las más elevada de la historia a una sola empresa y que supone la tercera contra la empresa de Redmond— estaba motivada por el alto precio que Microsoft cobraba por la información que suministra a sus rivales para fabricar productos compatibles con Windows.

ampliar en: ElPaís.com

Nueva norma de reciclado de residuos electrónicos en la UE

Actualidad Informática. Nueva norma de reciclado de residuos electrónicos en la UE. Rafael Barzanallana. Murcia

La nueva directiva europea sobre el reciclado de residuos electrónicos ha entrado en vigor, abriendo el plazo para que cada Estado traslade a su legislación las nuevas obligaciones, que buscan que a partir de 2016 cada país recoja al menos el 45 % de los aparatos vendidos en su territorio.

Los gobiernos tendrán hasta febrero de 2014 para ajustarse a las normas, que fueron aprobadas el pasado mes de enero por el Parlamento Europeo.

Con ellas, la UE pretende establecer una recogida sistemática y un tratamiento adecuado de materias como el oro, la plata, el cobre y los metales raros que se usan en aparatos como televisores, ordenadores y móviles, recordó en un comunicado la Comisión Europea.

«En esta coyuntura de crisis económica y subida de los precios de las materias primas, la eficiencia en el uso de los recursos es lo que aúna los beneficios medioambientales y las oportunidades innovadoras de crecimiento», señaló en la nota el comisario de Medio Ambiente, Janez Potocnik.

La nueva legislación europea fija un objetivo de recogida del 45 % de los aparatos electrónicos vendidos, que será obligatorio a partir de 2016.

A partir de 2019, esa meta se elevará al 65 % de los aparatos vendidos o al 85 % de los residuos electrónicos generados.

La venta de videojuegos de segunda mano es legal

Actualidad Informática. La venta de videojuegos de segunda mano es legal. Rafael Barzanallana

La industria europea del videojuego se ve fortalecida por la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 3 de julio de 2012, por medio de la cual la Gran Sala confirma que el autor de programas de ordenador no puede oponerse a la reventa de sus licencias «de segunda mano» que permiten la utilización de sus programas descargados de Internet, en el asunto C?128/11 (procedimiento entre UsedSoft GmbH y Oracle International Corp.).

Las consecuencias más importantes son las siguientes:

  • Los compradores europeos de videojuegos pueden revender licencias de todos los videojuegos que tengan en soporte tangible o descargados en su ordenador, siempre que los hubieran adquirido de forma legal dentro de la Unión Europea.
  • Las plataformas que permiten la descarga de videojuegos deben, igualmente, permitir la reventa e intercambio de licencias entre jugadores europeos. Estas plataformas pueden cobrar al usuario, directamente o con cargo al importe de la transacción, una comisión por el servicio de reventa. Steam y la App Store son algunas de las plataformas afectadas.
  • Las licencias de juegos en línea no pueden revenderse, ya que la copia del videojuego no se ha distribuido en soporte tangible. Por ejemplo, las licencias de World of Warcrfat no pueden revenderse.

Ampliar en: Blog de Derecho – Pablo Fdez. Burgueño

Bajo Licencia Creative Commons Reconocimiento 3.0 España.

El lenguaje de programación no está protegido por derechos de autor, según el Tribunal de la UE

Actualidad Informática. El lenguaje de programación no está protegido por derechos de autor, según el Tribunal de la UE. Rafael Barzanallana

La sentencia se refiere a la demanda presentada por la empresa SAS Institute Inc contra la sociedad World Programming Ltd (WPL) por haber copiado los manuales y los componentes del sistema SAS, infringiendo a su juicio los derechos de autor y la licencia de la versión de aprendizaje.

El Tribunal británico preguntó al Tribunal de Justicia sobre el alcance de legislación europea que regula los programas de ordenador. La sentencia concluye que ni la funcionalidad de un programa de ordenador ni el lenguaje de programación o el formato de los archivos de datos constituyen una forma de expresión, por lo que no disfrutan de la protección de los derechos de autor.

El titular de los derechos de autor de un programa de ordenador no puede impedir que el adquirente de una licencia observe, estudie y verifique el funcionamiento de ese programa ni los actos de carga y desarrollo necesarios para su utilización, siempre y cuando no se infrinjan los derechos exclusivos del primero.

No puede haber infracción del derecho de autor cuando el adquirente de la licencia no ha tenido acceso al código fuente del programa de ordenador, precisa la sentencia.

No obstante, el Tribunal declara que la reproducción, en un programa de ordenador o en un manual de utilización, de elementos descritos en el manual de otro programa, puede infringir los derechos de autor. Pero sólo en el caso de que esa reproducción exprese la creación intelectual del creador del manual. Sin embargo, corresponde al órgano nacional verificar si esa reproducción es la expresión de la creación intelectual del autor del manual de uso del programa de ordenador, señala la sentencia.

Ampliar en: 20Minutos.es

bajo licencia Creative Commons

Los plásticos en residuos de aparatos eléctricos: ¿eliminación o reciclado?

 Basura electrónica
Los aparatos eléctricos y electrónicos no sólo están hechos de materiales metálicos, también constan de hasta más de un  20% de plásticos en promedio. Estos se encuentran, por ejemplo, en carcasas o en materiales de base para placas de circuitos. No es una tarea sencilla para las empresas de reciclaje, que se ven confrontados con una cantidad creciente de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos,  los plásticos de los desechos de aparatos eléctricos y electrónicos son bastante diversos y pueden contener sustancias peligrosas. Dependiendo del tipo de plástico y su aplicación, contienen retardantes de llama bromados y otros aditivos que pueden dar lugar a un aumento de las concentraciones de metales pesados. Están  determinadas legalmente definidos los valores máximos de concentración, si se exceden, el reciclaje tiene que ser descartada a menos se tomen medidas adicionales.

Con el fin de alcanzar la tasa de reciclaje de plástico más alta posible, las empresas de reciclaje por lo tanto, necesitan  saber cómo se distribuyen las sustancias peligrosas  entre las diferentes categorías y tipos de aparatos eléctricos y electrónicos (por ejemplo, «grandes electrodomésticos» o «electrónica de consumo». La RAEE, -una asociación sin fines de lucro de 42 organizaciones de productores  de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) de 24 países de Europa – encargó a un equipo de «Technology and Society Lab» en el Empa para determinar las concentraciones reales de cadmio (hexavalente) , cromo, plomo y mercurio, así como de algunos retardantes de llama bromados (restringidas como pentaBDE, octaBDE, decaBDE, PBB) en los plásticos de desecho de los equipos eléctricos y electrónicos en Europa. Para estos metales y los retardantes de fuego, las concentraciones máximas permisibles en los nuevos aparatos eléctricos y electrónicos se han definido en una directiva de la UE con la abreviatura RoHS («Restriction of Hazardous Substances«), que entró en vigor el uno de julio de 2006.

En busca de pruebas de sustancias nocivas en los residuos eléctricos

Los tres investigadores de Empa, Patrick Wäger, Mathias Schluep y Esther Müller, con la asistencia de Bachema AG en Schlieren, Suiza, estudiaron un total de 53 muestras de plástico mixtos de 15 países europeos. Los resultados mostraron que ninguno de los grupos de equipos está del todo  exento de problemas: los retardantes de llama bromados y metales pesados se encontraron en todos los plásticos mezclados procedentes de equipos eléctricos y electrónicos desmontado, aunque los niveles de concentración variaba.

Concentraciones particularmente altas de retardantes de llama bromados se encuentra en los paneles traseros de plástico de los monitores de tubo de rayos catódicos, mientras que estas sustancias no podría casi ser detectada en los paneles traseros de plástico de los monitores de pantalla plana. Las altas concentraciones de metales pesados se encuentran en los plásticos mixtos de pequeños electrodomésticos (cadmio),información y comunicación (de plomo) y la electrónica de consumo (de plomo). Los investigadores suponen que las mayores concentraciones de plomo, en particular, son principalmente el resultado de la contaminación cruzada del procesamiento mecánico (plomo de la soldadura). Con el fin de evitar que estas sustancias se disipen en el medio ambiente o en componentes para nuevos productos, los investigadores recomiendan que los plásticos derivados del procesamiento de aparatos eléctricos y electrónicos deben estar sujetos a una estricta gestión de la calidad hasta el momento en que se retiren o se reciclan.

Los resultados del estudio incorporados en nueva norma

Los resultados del estudio se han incorporado al nuevo estándar WEEELABEX Europea (WEEE Label of Excellence) , que regula la recogida, clasificación, almacenamiento, transporte, reuso, tratamiento y eliminación de aparatos eléctricos y electrónicos. Los editores de Environmental Science & Technology – la revista más citada en la ingeniería del medio ambiente y la categoría de Ciencias del Ambiente – esperamos que tenga el artículo  «una influencia significativa y de larga duración en el campo» y le concedieron el título de «Best Policy Analysis Paper» de 2011 en la primera edición de abril de la revista.

Apple sancionada en Italia, por engaño en las garantías

Actualidad Informática. Apple es multado por engaño en garantías. Rafael BarzanallanaLa Autoridad Antimonopolio de Italia ha declarado al fabricante de ordenadores y teléfonos móviles Apple culpable de ofrecer una garantía engañosa, que tiene que ver con el servicio de cobertura AppleCare, ya que no cumple con las garantías ofrecidas por dos años sin costo que exige la ley italiana y en general todos los países de la Unión Europea. Ante esta determinación, Apple ha sido sancionada con una multa de 900 000 euros, equivalente a cerca de 1.2 millones de dólares.

A través de un comunicado, las autoridades señalaron que Apple en lugar de ofrecer una garantía sin costo por dos años, ofrecía una garantía de un año y hacía un cobro extra para extender la garantía a dos años a través de AppleCare Protection Plan. El problema es que los consumidores italianos estaban siendo engañados al pagar por algo que deberían de haber recibido sin costo adicional.

Esta situación de publicidad engañosa también se da en España, lo cual ha sido denunciado por la asociación de consumidores Facua.

 

 

Microsoft investigada por la Comisión Nacional de la Competencia de España

Actualidad Informática. CNC investiga a Microsoft por prohibir reventa software. Rafael Barzanallana
Microsoft está siendo investigado por la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), por haber limitado de forma injustificada la reventa de software. Esta es la razón esgrimida por la CNC para iniciar un expediente sancionador. La denuncia ante la CNC ha sido presentada por la firma Elegant Business.

Las empresas involucradas en la investigación son Microsoft Ibérica, Unipersonal y Microsoft Ireland Operations Limited. Ahora se abre un período de 18 meses para la instrucción del expediente, del que pudiera derivar una multa en caso de considerar culpables de tal práctica a las empresas citadas.

Que se haya iniciado un expediente no significa que Microsoft sea culpable, simplemente la CNC considera que hay indicios suficientes para iniciar la investigación. Existe la presunción de inocencia.

En el artículo publicado por Tecnología Pyme, Software de segunda mano, oportunidad de negocio para la pyme, cuya lectura os recomiendo, en uno de los enlaces que contiene se cita la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, marco legal de referencia sobre este asunto.

La primera venta en la Comunidad del original de una obra o de copias de la misma por el titular del derecho o con su consentimiento agotará el derecho a controlar la reventa de dicho objeto en la Comunidad.

 

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