Límite en grasas, sal y azucares en los colegios

La Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición, que este miércoles pasado  fue aprobada en la Comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados, ha concretado qué alimentos y bebidas no se podrán vender en los centros escolares: aquellos con un ‘alto contenido’ en ácidos grasos saturados, grasas trans, sal y azúcares. Los niveles permitidos de estos integrantes en la bollería, las «chucherías» o los refrescos que se suministren en las escuelas  tendrá que fijarlos ahora el Gobierno mediante un desarrollo reglamentario de la Ley, que será de obligado cumplimiento para la industria agroalimentaria.

En España donde uno de cada cuatro niños es obeso, el gobierno acordará con el sector de la alimentación los contenidos admisibles de los tres productos limitados por ser causa de ‘los problemas más graves de salud’ de la población’, según el diputado del PSOE Alberto Fidalgo, en base a la evidencia científica y el consenso sanitario internacional.

El PP, como es habitual, en contra

El Partido Popular se ha quedado solo al defender que la Ley no incluyera prohibiciones de ningún tipo, por entender (sin aportar ninguna justificación científica) que ‘ningún alimento es bueno o malo en sí mismo’ sino que lo importante para la salud son las ‘dietas íntegras’.

 

 

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