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Archivo mensual: diciembre 2007

La SGAE, multada finalmente por violar el derecho a la intimidad con un ví­deo

Sorprendido. Así se mostraba ayer el director general de la Sociedad General de Autores y Editores, Enrique Loras, al conocer, a través de ABC, la resolución definitiva de la Agencia Española de Protección de Datos por la que condena a la entidad de gestión a pagar la cantidad de 60.101,21 euros por la «violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen», infracción contemplada en el artículo 6.1 de la LOPD, tipificada como grave, en el caso de una boda celebrada en Sevilla en 2005. La celebración en cuestión fue grabada en vídeo por un detective, con el fin de presentarlo como prueba para recaudar los derechos de autor por la música utilizada, con permiso de los dueños del local pero sin el de los contrayentes.
«Desconozco la noticia. Lo único que sabía es que se había archivado. Habrá que ver lo que dice la resolución para obrar en consecuencia», afirmaba Loras.

Éste es el capítulo penúltimo -la SGAE ha confirmado su intención de recurrir esta resolución- de un conflicto que la entidad pensaba haber ganado hace tan sólo unos días pues la propuesta de resolución presentada por la Agencia Española de Protección de Datos, firmada por el instructor del procedimiento, Luis Antonio Coarasa, con fecha del 12 de diciembre, fallaba -como informó este periódico el pasado miércoles- a su favor, alegando que «el derecho a la intimidad no es absoluto, como no lo es ninguno de los derechos fundamentales, pudiendo ceder ante intereses constitucionalmente relevantes, siempre que el recorte que aquél haya de experimentar se revele como necesario para lograr el fin legítimo previsto».

Sin embargo, la resolución definitiva de la mencionada Agencia, firmada por su director, Artemi Rallo, con fecha del 21 de diciembre y a la que ha tenido acceso ABC, ha enmendado la plana al texto anterior afirmando que «aún cuando se pudiera entrar en el local en el que se celebraba [la boda], la grabación de imágenes de quienes se encuentran allí, constituye una clara violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen.

Así incluso -añade- lo demuestra el hecho de que la grabación se ha realizado a escondidas, tratando que nadie se diera cuenta de que se estaba haciendo, como se desprende de la calidad y contenido de las imágenes, y también de la circunstancia de que se ejecutara cuando la celebración estaba ya avanzada». Y condena a la entidad a pagar más de 60.000 euros o en su defecto a presentar recurso de reposición en el plazo de un mes.

A primera hora de la tarde ayer, fuentes de la entidad de gestión, que aseguraban que «no se había notificado a la SGAE la resolución», confirmaban su sorpresa ante esta nueva postura pues «no es habitual que el director de la Agencia contravenga la propuesta de resolución, máxime cuando la Audiencia Provincial de Sevilla había dado por válida la aportacion del vídeo, ante la necesariedad de la grabación para acreditar la utilización del repertorio protegido».

Recurso favorable

Fuentes del departamento jurídico de la entidad de gestión avanzaban ayer su intención de presentar recurso «con la convicción de que será favorable a la SGAE porque ya hay otras resoluciones de primera y segunda instancia -que son los que sientan jurisprudencia- que nos dan la razón».

Horas después, el director de los servicios jurídicos de la SGAE, Pablo Hernández, confirmaba tener conocimiento de la resolución, que había llegado a la entidad el día 24 de diciembre, y manifestaba su sorpresa al comprobar que la decisión del director de la Agencia Española de Protección de Datos se «apartaba del criterio del instructor de la propuesta de resolución que había pedido fuera archivada la denuncia».

Falta de información

Para Hernández, la base sobre la que se sustenta esta última decisión es la sentencia aportada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla en el que declara «la ilicitud de la prueba presentada consistente en la grabación en vídeo de una boda celebrada en los locales de la entidad demandada», obviando la posterior sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, «que no viene citada en la resolución» del 21 de diciembre.

«Probablemente el director no ha tenido acceso a esa sentencia. Si la hubiera conocido hubiera tomado otra resolución», aseguró.

Hernández subrayó la gravedad que supone esta decisión «pues impide que las empresas se puedan defender. Otras resoluciones similares han aceptado la validez de este tipo de pruebas pues de otra manera supondría la indefensión para acreditar un hecho». Sobre la obligación de pedir permiso a los contrayentes, Hernández sostiene que «es innecesario ya que estas pruebas no son utilizadas más allá del procedimiento judicial».

Por último, se mostró tranquilo y confiado ante la presentación del recurso de reposicion, pues cree que cuando el director de la Agencia tenga toda la información, «cambiará su decisión».

Fuente: ABC.es

Los jóvenes que abusan del alcohol, mucho más proclives a ser delincuentes o mendigos

El abuso regular de bebidas alcohólicas, fenómeno cada vez más frecuente entre los adolescentes británicos, propicia la drogadicción, el alcoholismo y la delincuencia cuando ésos llegan a la edad adulta.

Tal es la conclusión de un estudio que examinó los hábitos en materia de consumo de alcohol de 11.000 adolescentes de dieciséis años en 1986 y vio luego lo que les había ocurrido al cumplir los treinta años.

Según ese estudio, publicado en el Journal of Epidemiology and Community and Health , quienes habían abusado del alcohol durante la adolescencia no sólo eran más proclives al alcoholismo y a la delincuencia, sino que sufrían otros graves problemas.

Las probabilidades de convertirse en un sin techo son un 60 % mayores para los jóvenes consumidores de alcohol

Así, tenían un 40 por ciento más de probabilidades de consumir drogas ilegales y sufrir problemas mentales que quienes no habían abusado de la bebida cuando eran adolescentes.Según el director del estudio, Russell Viner, «el abuso de alcohol entre los adolescentes es un comportamiento de riesgo que acarrea más tarde la exclusión social y otros sucesos adversos».

Fuente: diversas

Dos senegaleses timaron 40000 euros a un matrimonio de Lugo con un ritual de santerí­a

Agentes de la Policía Nacional buscan a dos ciudadanos senegaleses de 29 y 27 años de edad como presuntos autores del denominado ‘timo del santero’ por el que estafaron 40.000 euros a un matrimonio de Lugo con la realización de un ritual de santería.

Según informó hoy la Comisaría de Policía de Lugo, una vecina de Lugo denunció la estafa el pasado 1 de diciembre. Los hechos ocurrieron el día 29 de noviembre en un domicilio particular de la zona de la Milagrosa. La denunciante se puso en contacto, tras encontrar en el parabrisas de su vehículo un anuncio, con el ‘profesor Savane’, que se anunciaba como ‘famoso y eficiente vidente, experto y con experiencia en asuntos difíciles consigue grandes resultados en negocios, trabajo, salud, enfermedades, y suerte en la vida’.

Así, tras hablar con un hombre que manifestó ser el ‘profesor Savane’, quedaron en verse en un domicilio de la zona de la Milagrosa, a donde ella tenía que llevar 40.000 euros en efectivo para realizar unos rituales y, posteriormente, la denunciante tenía que volver a llevarse la totalidad del dinero.

De este modo, el día 29 sobre las 9.15 horas la denunciante y su marido se dirigieron a la citada zona donde, tras recibirles el citado profesor, éste les dijo que el marido no podía entrar a las habitaciones, indicándoles que debía permanecer sentado en unas sillas que se encontraban en el recibidor del inmueble.

La denunciante y el profesor se dirigieron a una habitación, donde antes de entrar, éste le dijo que tenía que descalzarse, aceptando la denunciante. Al entrar en la habitación la mujer observó que estaba ambientado con temática de santería, las luces estaban apagadas y había unas velas encendidas y un hombre vestido con túnicas se encontraba sentado en el suelo sobre una alfombra en la cual tenía caracolas de mar, velas, un muñequito de tela y otros objetos.

El hombre comenzó a hablar, al parecer en africano, según indicaron las mismas fuentes, mientras que el profesor iba traduciendo las palabras al castellano. A la denunciante le contaban cosas personales que le habían sucedido desde pequeña, ‘ganándose así su confianza’.

RECORTES EN EL BOTE.

Posteriormente, los dos hombres le pidieron a la mujer el dinero manifestándole que tenían que introducirlo en un bote, entregándoles el dinero –20.000 euros en billetes de 20 euros y 20.000 euros en billetes de 500 euros–, momento en que el hombre que estaba sentado sobre la alfombra comenzó a rezar sobre los billetes y el profesor cogió el dinero y lo guardó en un bote que precintó con cinta de embalar y lo metió en una bolsa de plástico.

Los dos hombres le dieron instrucciones de que no abriera el bote hasta dos días después y le pidieron que les llamase por teléfono y sino ellos la llamarían. El matrimonio abandonó el lugar con el bote del dinero precintado pero el día 1 de diciembre, cuando fueron a abrirlo, observaron que se encontraba lleno de recortes de papel faltando los 40.000 euros que la denunciante les había entregado y que la mujer observó como metían en el bote.

Tras las gestiones practicadas por el Grupo II de la Policía Judicial de la Comisaría de Lugo, los agentes comprobaron que se anunciaban en varios periódicos locales y tras cometer el hecho desaparecieron de la zona. Los presuntos autores de la estafa fueron identificados como A.K.S., de 29 años de edad, y M.D., de 27 años, ambos de Senegal, cuya localización y detención está pendiente.

VIDENTES Y CURANDEROS.

Por ello, la Policía advirtió de que en ‘el timo del Santero’, los autores se hacen pasar por videntes y curanderos, insertan anuncios en prensa local, edificios, y vehículos, ofreciendo servicios como curanderos, sanadores y santeros con capacidad para resolver problemas sentimentales y personales, así como para curar enfermedades físicas, trastornos de salud, depresiones, males de ojo y otros.

Los timadores convencían a las víctimas de que el motivo de sus desgracias personales o familiares son los bienes materiales que poseen, como dinero y joyas, porque ‘están malditos’, por lo que les piden que los entreguen para ser sometidos a un proceso de liberación del maleficio que cae sobre ellos.

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Fuente:[Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]

en Colombia aumentó a un 120 por ciento la participación de mujeres en delitos de secuestro y extorsión

Según el Gaula de la Policía, en los últimos años la participación de las mujeres en delitos como el secuestro y la extorsión han aumentado en un 120 por ciento.

Durante los últimos cinco años, mil doscientas quince mujeres han sido capturadas por estar vinculadas a crímenes relacionados con el secuestro. Los operativos que realizan constantemente las autoridades colombianas lograron desvertebrar organizaciones en diferentes partes del país.

Novecientas noventa y nueve mujeres han sido capturadas por delincuencia común, 58 por pertenecer a la guerrilla del ELN, otras 40 por sus vínculos directos con las Farc, y 40 por grupos paramilitares.

En la capital colombiana se han realizado el mayor número de capturas, y en total 181 mujeres estuvieron relacionadas con estos actos delictivos.

«Nos hemos dado cuenta que así como la mujer ha llegado a importantes cargos en la sociedad, en nuestra investigación tenemos que lamentar que están incursionando en actos delictivos de consideración», señaló a Caracol Radio el coronel del grupo antisecuestro del Gaula, Humberto Guatibonsa.

Entre las regiones más afectadas por las organizaciones delictivas se encuentra Antioquia, con 136; Tolima, con 85 capturas; Valle, con 100; Santander; con 87, y Norte de Santander, con 66.

Para el coronel Guatibonsa, estas organizaciones delictivas están operando de manera similar a la de los hombres, pero con un ingrediente adicional: «sus manera de persuadir y atraer a las víctimas, utilizando todo tipo de artimañas, inclusive con su manera de vestir y por sus atributos físicos», explicó el Coronel del Gaula.

Y es que en la investigación han identificado que las mujeres son incluso más «sanguinarias» a la hora de operar. «Puedo afirmar que tienen más sangre fría a la hora de cometer un delito.

Para dar un ejemplo, hace poco un empresario de la Costa llegó a Bogotá y «aprovechó para ir a una reconocida zona a distraerse un rato. Dos mujeres le hicieron compañía, más tarde lo llevaron a un hotel y como el hombre ya se encontraba muy embriagado, lo ataron para robarle sus pertenencias, pero antes le pidieron las claves de sus tarjetas de crédito y débito. Como el individuo, por su condición, no las recordaba, lo torturaron con fuertes choques eléctricos y más tarde le hicieron varias cortadas en todo su cuerpo», narró el agente del cuerpo de antisecuestro del Gaula de la Policía.

Las mujeres suelen operar sobre todo en la capital colombiana, y entre sus preferencias, están los lugares que concurran a la zona Rosa. «Coquetean y se hacen amigas fácilmente, pero hay que tener mucho cuidado con ese tipo de comportamiento», agregó Guatibonsa.

Fuente: Radio Caracol (Colombia)

Los conductores temerarios tendrán pena de cárcel desde hoy

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la reforma del Código Penal en materia de seguridad vial que contempla penas de cárcel para los conductores temerarios y que entrará en vigor hoy, tres días antes del inicio de la operación de Tráfico con motivo del puente de la Constitución.

Desde hoy el Código Penal establece con precisión los límites de velocidad y alcohol a partir de los cuales la infracción de tráfico pasa a ser delito y estará castigada con penas de cárcel.

La reforma, aprobada el pasado 22 de noviembre en el Congreso con el respaldo de todos los grupos salvo el PP, establece penas de cárcel para aquellos conductores que superen en 60 kilómetros por hora la velocidad permitida en vía urbana o en 80 en vía interurbana.

Así, conducir por encima de los 200 kilómetros por hora en autovía, los 180 en carretera convencional y los 110 en vía urbana puede ser castigado con penas de 3 a 6 meses de prisión o con multa de 6 a 12 meses y trabajos en beneficio de la comunidad.

Además se perderá el permiso de conducir por un tiempo mínimo de un año y un máximo de cuatro.

Con la misma pena se castigará a quien conduzca bajo la influencia de las drogas, con una tasa de alcohol espirado superior a 0,60 miligramos por litro o una tasa de alcohol en sangre superior a los 1,2 gramos por litro.

También tiene una pena de 6 meses a un año de prisión el hecho de negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia o consumo de drogas, así como la retirada del permiso entre 1 y 4 años.

Aquel que conduzca con «temeridad manifiesta» y ponga en peligro la vida de los demás será castigado con penas de prisión de 6 meses a 2 años y privación del permiso de conducir por tiempo superior a un año con un máximo de seis.

Asimismo el conductor que se ponga al volante con «manifiesto desprecio por la vida de los demás» será castigado con penas de prisión de 2 a 4 años y retirada del carné de 6 a 10 años.

Otra de las principales novedades de esta reforma penal que entra en vigor mañana es la pena de prisión para quien conduzca sin carné, después de perder los puntos o con él caducado.

En estos supuestos la pena de cárcel será de tres a seis meses o multa de 12 a 24 meses, además de hasta noventa días de trabajos en beneficio de la comunidad.

Se establece una moratoria hasta mayo de 2008 para los conductores que nunca obtuvieron el carné con el objetivo de que aprovechen los meses de «perdón» para sacarse el permiso.

Fuente: EFE

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