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El Supremo confirma que El Corte Inglés discrimina económicamente a sus empleadas

Noticias criminología.  El Supremo confirma que El Corte Inglés discrimina económicamente a sus empleadas. Marisol Collazos Soto

El auto del Alto Tribunal ratifica el fallo anterior, en idéntico sentido, dictado en junio de 2013 por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que declaró que seis trabajadoras pertenecientes al referido centro, que presentaron demanda a través de los servicios jurídicos de CC.OO, habían visto vulnerado su derecho fundamental a la no discriminación por razón de sexo.

Para el tribunal castellanoleonés, cuyo falló se ha visto ahora confirmado por el Supremo, se habían aportado indicios suficientes que demostraban esa vulneración y, sin embargo, El Corte Inglés no acreditó que los criterios que aplica a la hora de abonar el complemento personal sean objetivos y transparentes.

En concreto, el Supremo ha condenado a la empresa a abonar a las trabajadoras un complemento como mínimo igual que el de los hombres (frente a la situación anterior, por la que resultaba un promedio de 81,81 euros por trabajadora y 199,60 por trabajador), y una indemnización de 2338,24 por las diferencias entre los complementos.

El Corte Inglés recurrió la sentencia del TSJCyL ante el Supremo, órgano que, a través de un auto de fecha 24 de abril de 2014, establece que la empresa «no ha aportado elementos novedosos y relevantes que desvirtúen el contenido del fallo inicial y que por tanto no cabe admitir el recurso de casación», lo que confirma definitivamente el derecho de las demandantes.

Así, el gigante de la distribución está obligado a cesar en su conducta discriminatoria en el aspecto salarial, reconocer a las trabajadoras el derecho a percibir como mínimo un complemento personal igual que el de los hombres y a abonar a cada una de ellas una indemnización por las diferencias existentes entre su complemento y el percibido como promedio por los trabajadores hombres.

Fuente: elDiario.es

La pseudociencia (defendida por el PP) de la escolarización por sexos

Noticias criminología. La pseudociencia (defendida por el PP) de la escolarización . Marisol Collazos Soto

 La pseudociencia de la escolarización por sexos

Con este descarnado título se ha publicado un artículo en Science en donde se destruye el mito de todos aquellos que tratan de legitimar la segregación por sexo en las escuelas. Los niños y niñas segregados no mejoran su rendimiento académico mientras que con esta separación se fomenta el sexismo entre los niños y se refuerzan los estereotipos ligados a la diferencia de género. Además este tipo de colegios, principalmente ligados a órdenes religiosas ultracatólicas en España, tienden a utilizar argumentos pseudotécnicos e informaciones sesgadas para enmascarar su ideología machista derivada de la lectura de un libro tan absolutamente retrógrado y antidemocrático como es la Biblia. A ver si nuestros gobernantes del Partido Popular toman nota de este estudio y dejan de favorecer y financiar  con dinero público lo que únicamente es discriminación sexual basada en la religión.

Fuente: Diario de un ateo

Una línea de autobuses urbanos obliga a las mujeres a sentarse al fondo

Noticias Criminología. Judios obligan a mujeres a sentarse atrás en bus urbano 110 de Nueva York. Marisol Collazos Soto
El Ayuntamiento de Nueva York (EE.UU.) amenazó con cancelar la concesión que tiene con un grupo judío ortodoxo para que sean ellos quienes gestionen el servicio de autobús público de la línea urbana B-110, que atraviesa barrios de Brooklyn donde la mayoría de la población es judía. La causa es que la empresa, Private Transportation Corp, obliga a las mujeres a sentarse en la parte trasera del vehículo, con el objetivo de perpetuar la tradición de la comunidad religiosa.

El departamento de transporte de la ciudad advirtió a la empresa de que esta práctica «constituye una violación directa» del contrato firmado con el consistorio. El Ayuntamiento está a la espera de la contestación de la compañía, que declinó hacer declaraciones a la prensa. La polémica ha ganado peso en las últimas fechas en Nueva York por las denuncias de varios colectivos. Incluso, el alcalde de la ciudad, Michael Bloomberg, llegó a criticar públicamente esta segregación.

Fuente: NDJ World

El acusado de discriminar por raza o edad deberá probar su inocencia

«Extranjero, gordo, morenete. Parece Pancho Villa». «No, por gitana y fea». «Vive en Parla y es fea». «Sudamericano, color oscuro sin ser negro, café con leche, largo de café». «Barrios bajos». Un empleado de recursos humanos de la empresa Sánchez Romero (los que tienen los precios más caros de España) añadió frases como estas a las solicitudes de empleo de varios aspirantes a trabajar en la cadena de supermercados. Los expedientes aparecieron en la vía pública en junio de 2002. El Ministerio de Trabajo examinó el caso, y determinó que no se había producido discriminación por parte de la empresa porque el entrevistador ya había sido despedido.

La Ley de Igualdad de Trato y No Discriminación que prepara el Gobierno, y que quiere llevar al Parlamento antes de fin de año, establecerá un sistema propio para sancionar conductas como esta. Algunas, especialmente las que tienen que ver con el empleo, ya pueden llevarse ante los tribunales en virtud de la legislación laboral, pero muchas veces es complicado hacer que prosperen. La norma facilitará también que se impongan sanciones a los particulares que discriminan, que se enfrentarán, al igual que las empresas y administraciones públicas, a multas de elevada cuantía que aún está fijando el Gobierno.

Uno de los puntos más novedosos que recogerá la ley es que será el demandado quien deba probar que actuó bien. Cuando alguien presente «indicios de discriminación o represalias» y pida que se sancione al presunto discriminador, será este el que tendrá que probar, aportando una «justificación objetiva y razonable» de su actuación, que lo que a priori parecía una discriminación era en realidad necesario. La ley creará una Autoridad Estatal para la Igualdad de Trato que tendrá que prestar asistencia a los discriminados y promover la mediación entre las partes en conflicto, entre otras atribuciones, para lograr que el daño sea reparado. Este órgano no tendrá capacidad para sancionar, de forma que si no se llega a una solución a través de la mediación, el ciudadano tendrá que presentar una denuncia y pedir se tramite un expediente sancionador si quiere exigir que se cumpla la ley.

Habrá tres tipos de infracciones: leves, graves y muy graves (una de estas últimas será, por ejemplo, el acoso discriminatorio), que acarrearán distintas sanciones. Estas se decidirán en función de unas cuantías máximas y mínimas ún por fijar.

Noticia completa en: [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]

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Enlaces de interés:

–  La discriminación de la mujer, ¿hasta cuándo la violencia?

–  Día Contra La Homofobia

–  Articulos y enlaces a blogs relacionados con la Criminologia

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