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Un juzgado condena a El Corte Inglés a pagar a un cliente por incumplir la publicidad

Noticias criminología. Un juzgado condena a El Corte Inglés a pagar a un cliente por incumplir la publicidad. Marisol Collazos Soto

Un juzgado de Vitoria ha condenado a El Corte Inglés S.A. a indemnizar a un cliente por incumplir la publicidad de una campaña publicitaria que ofertaba vuelos nacionales gratuitos por compras en la web de este comercio superiores a 100 euros.

La sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vitoria, por la que se condena a este establecimiento a indemnizar con 630 euros al demandante, es de gran importancia a juicio de la Unión de Consumidores de Euskadi (UCE), porque establece «el carácter contractual y exigible que tiene la publicidad».

La resolución, que es firme, recuerda que El Corte Inglés, S.A. de Vitoria llevó a cabo una promoción denominada «Compra y Vuela» que consistía en regalar dos billetes de avión ida y vuelta con «Air Europa» a cualquier destino nacional (península, Baleares y Canarias) y sin exclusión de fechas hasta el 30 de noviembre de 2008 a los clientes que hicieran un pedido en su página web por un importe de más de 100 euros.

El cliente hizo una primera compra en la web de 162,01 euros el 19 de abril de 2008 y, posteriormente, una segunda por valor de 176 euros el 8 de mayo de ese mismo año. Sin embargo, en ambas ocasiones se le dijo que no había plazas disponibles en los vuelos deseados, pese a que reunía los requisitos fijados en la publicidad.

Ante estas negativas, el afectado acudió por su cuenta a «Air Europa» y consiguió y pagó de su bolsillo los dos billetes para volar desde Bilbao a Lanzarote, ida y vuelta, en octubre de 2008, como había solicitado a «El Corte Inglés».

Como con esta compra demostró que sí existían plazas de avión y que la publicidad era engañosa, el cliente acudió a la oficina territorial de Álava del Departamento de Industria, Comercio y Turismo y a la UCE para pedir que el comercio le devolviera el importe de los billetes, aunque la intervención de estos organismos no dio resultado.

630 euros de indemnización

Por ello, denunció judicialmente a «El Corte Inglés» que, a su vez, rechazó la demanda al entender, por un lado, que esta había prescrito y, por otro, que había cumplido el contrato publicitario y que la disconformidad del cliente se refería «tan solo al obsequio».

La sentencia judicial, sin embargo, señala que la publicidad es un contrato y que el consumidor cumplió con lo estipulado en la promoción «Compra y Vuela», mientras que «El Corte Inglés, S.A.» no respetó lo establecido en su publicidad.

«Si el demandante hubiera conocido esa falta
de disponibilidad de vuelos, o por lo menos en algunas fechas, que no constaban en la oferta publicitaria, no habría realizado esos dos pedidos a través de la página web», señala el fallo, que condena por tanto al comercio a pagar los 630 euros e intereses legales al demandante.

Fuente:  [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]

Primer escáner cerebral usado como prueba en un juicio

Por primera vez en la historia, el escáner de la actividad del cerebro de un presunto asesino, obtenido por resonancia magnética funcional, ha sido utilizado como evidencia en un juicio. Los abogados defensores de Brian Dugan, acusado de raptar y matar a una niña de 10 años en 1983, usaron las neuroimágenes para demostrar que su cliente padecía una psicopatía que le impedía controlar su comportamiento, intentando evitar así la pena de muerte.

El neurocientífico Kent Kiehl, de la Universidad de Nuevo México, fue el encargado de llevar a cabo la investigación en la prisión, donde  sometieron al presunto asesino a varios escáneres de la actividad cerebral mientras realizaba diferentes tareas, entre ellas algunos tests que valoraban su capacidad de razonamiento moral. A pesar de que su cerebro mostraba anomalías similares a las detectadas en otros psicópatas, Kiehl asegura que el escáner «no prueba que Duan cometiera los crímenes como resultado de una anormalidad cerebral». “Sólo sabemos que su cerebro es diferente”, puntualiza. A esto hay que añadir que, según Jonathan Brodie, un psiquiatra de Nueva York que fue llamado como testigo durante el juicio, “una resonancia hecha en septiembre de 2009 para esclarecer un proceso mental que se produjo en 1983 tiene poco sentido”.

Aunque finalmente Dugan fue condenado a pena de muerte, los expertos aseguran que el escáner tuvo repercusión, ya que el jurado deliberó durante más de diez horas antes de llegar a un veredicto unánime. “Sin la imagen cerebral hubieran vuelto en una hora”, ha asegurado el abogado defensor Steve Greenberg.

Fuente: muyinteresante

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