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La policía de la mente no es fiable

Noticias criminología. La policía de la mente no es fiable. Marisol Collazos Soto

El pasado 18 de diciembre Antonio Losilla fue el primer español sometido a una prueba de ‘registro cerebral’ ordenada por un juez. Losilla lleva un año en prisión y es sospechoso de haber asesinado a su mujer. El juez sospecha de él porque su esposa, Pilar Cebrián, de 51 años, desapareció en abril de 2012 en la localidad zaragozana de Ricla y Losilla no lo denunció hasta que hubo pasado un mes. Además, aparecieron los restos de sangre en el garaje del domicilio. Por lo demás, no ha aparecido el cuerpo y no se tienen más elementos para saber si la mujer ha muerto.

Un neurofisiólogo jubilado, el doctor José Ramón Valdizán, se cruzó en un pasillo del hospital Miguel Servet con la psicóloga forense del caso y les habló de la técnica. Unos meses después, la policía le llamó e hicieron una prueba ante el juez. ¿En qué consiste este test?

El sistema que ha puesto en práctica el doctor Valdizán se inspira en la lectura del encefalograma que se utiliza para muchos modelos de interfaz cerebro-computador. Cuando se mide la actividad eléctrica de una persona existen una serie de señales – denominadas potenciales evocados – que aparecen en determinadas circunstancias. Una de las más utilizadas y conocidas es la señal llamada P300 (bautizada así porque tarda unos 300 milisegundos en aparecer). Este potencial se considera una señal de reconocimiento, una manifestación de que nuestro cerebro ha reconocido algo de manera automática y, por tanto, difícilmente manipulable.

Pese a que se negó, el juez obligó a Antonio Losilla a someterse durante dos horas a la prueba, a pesar de que su abogado aseguró que se trataba de una vulneración del derecho más elemental de todo acusado que es no declarar contra uno mismo. La prueba consistió en ponerle ante una serie de preguntas que solo el autor del crimen debe conocer y observar su actividad cerebral. Aún no se conoce el resultado, pero el juez esperaba obtener alguna pista que condujera al paradero de la mujer desaparecida y a esclarecer lo que sucedió. Y asegura que no se utilizará como prueba, sino como «un instrumento de investigación para buscar datos conocidos por el sospechoso».

Desde el punto de vista técnico, los expertos consultados por Neurolab tienen serias dudas sobre la precisión del método del doctor Valdizán y el margen de error de la prueba. Para calibrar la señal cerebral de un sujeto se necesitan largas series de tests – no relacionados con lo que se investiga – antes de poder proceder al registro preciso de la señal. La posibilidad de alterar el resultado, además, es clara. El sujeto puede introducir «artefactos» (ruido o señales falsas) con procedimientos sencillos, como parpadear, mover un pie o cambiar sus tareas mentales. Y por último, si tiene los suficientes conocimientos o alguien le asesora, se puede cambiar la aparición de P300 con relativa facilidad: esta señal aparece en el momento en que uno reconoce lo que busca, de modo que basta reprogramar la tarea mental, pensar de determinada forma en las imágenes que le ponen, para dar una lectura falsa en el registro. (Ver PDF)

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La bioquímica libró a una madre inocente de la cárcel

Noticias criminología. La bioquímica libró a una madre inocente de la cárcel. Marisol Collazos Soto

Verano de 1989, los Stallings eran una familia normal que acababan de ser padres por primera vez y pasaban las vacaciones en su casa del lago, como otras muchas familias americanas. Sin embargo, la salud del pequeño Ryan, nacido en primavera, parecía que no iba bien. Un viernes vomitó después de un biberón aunque luego mejoró, sin embargo el domingo ni siquiera pudo comer. Pasó el día aletargado y respirando con dificultad. Preocupados acudieron al médico.

Desconcertado, el médico ordena un análisis de sangre y para su sorpresa encuentra etilenglicol. Esta molécula es el compuesto principal de los anticongelantes que se utilizan para los coches y calefacciones en climas fríos. Si el niño tenía esta molécula en la sangre era porque alguien la había introducido en su alimentación, por lo que las sospechas apuntaban a un envenenamiento. El juez adoptó medidas cautelares mientras se resolvía el caso y el niño pasó a custodia tutelada. En una de las visitas autorizadas la madre volvió a darle un biberón a su hijo. A los tres días tuvo una crisis y los esfuerzos del hospital por salvarle fueron infructuosos y el bebe murió.

La investigación fue rápida. La autopsia desveló restos de etilenglicol en la sangre y cristales de oxalato en los pulmones, síntomas ambos de envenenamiento por anticongelante. Además se encontró una botella de anticongelante en el sótano de los Stallings y restos en el biberón, el envenenamiento por parte de la madre parecía claro. Solo quedaba una duda ¿Cuál era el móvil? Los Stallings eran una familia normal, sin embargo un abogado apuntó a que Patricia podría padecer el síndrome de Münchhausen, un trastorno psiquiátrico en el cual el que lo sufre simula estar enfermo o reproduce síntomas para llamar la atención. Sin embargo en este caso, en vez de autolesionarse había decidido lesionar a su hijo… hasta que se le fue la mano. El jurado popular fue implacable. Patricia fue considerada culpable de homicidio en primer grado y acusada a cadena perpetua. Su suerte parecía echada.

No obstante una circunstancia precipitó un desenlace contrario al esperado. Cuando murió Ryan Patricia estaba embarazada de tres meses. El pequeño David nació y fue dado en adopción por el estado, pero a los pocos meses empezó a mostrar síntomas similares a los de su hermano, pero estaba claro que no ahora podía ser su madre la culpable. Un análisis genético desveló que el pequeño David sufría una acidemia metilmalónica, una enfermedad genética que sufren menos de 1 cada 50.000 personas. Los que sufren esta enfermedad son incapaces de metabolizar correctamente las proteínas de la dieta y se acumula ácido metilmalónico. Esto puede suceder también en los casos de déficit severo de vitamina B12. ¿Y cuales son los síntomas de esta enfermedad? Pues exactamente los mismos que los de un envenenamiento por anticongelante.Los bioquímicos William Sly y James Shoemaker, de la universidad de San Luis se enteraron por el caso porque lo vieron en el programa “Misterios sin resolver”. Les parecía estadísticamente imposible que un niño con un 25% de posibilidades de sufrir AMM hubiera sido envenenado con algo que produce los mismos síntomas que la enfermedad que padece su hermano. Sin embargo los análisis forenses habían encontrado propilenglicol en la sangre de Ryan, una molécula que no tiene nada que ver con el ácido 2-metilpropanoico. Solicitaron realizar u segundo análisis. Y por sorpresa ahora no encontraron propilenglicol. De alguna manera los laboratorios forenses habían fallado, quizás influidos por el eco mediático del caso.

Para poner a prueba su hipótesis del fallo en los análisis enviaron muestras de sangre contaminadas con ácidometilmalónico a siete de los laboratorios forenses acreditados. El resultado en tres de ellos fue que la sangre contenía anticongelante, algo que sabían que era falso. ¿Cómo pudo fallar tan estrepitosamente el análisis? El método empleado era la cromatografía de gases. Como en muchos métodos, la identidad de una molécula se basa por un patrón. El acido metilmalónico era irrelevante desde el punto de vista forense por lo que no estaba presente en la mayoría de los patrones que se utilizaban para comparar los aparatos. Esta molécula aparece en un cromatograma en la misma zona en la que aparece el propilenglicol.

Aquí es donde entra en juego el sesgo del analista. Un analista concienzudo al ver una discrepancia de la muestra con el patrón de propilenglicol hubiera debido repetir el análisis o buscar una biblioteca de patrones mayor para ver si esa señal podía cuadrar con otra molécula. No obstante, dado que todos los aparatos tienen cierto error y que el caso tenía mucho eco mediático, lo más razonable y sencillo era achacar la discrepancia al error experimental y decidir que la muestra contenía anticongelante. No hemos de olvidar que los que hacen los análisis son personas, que también ven las noticias y este caso tuvo muchísima cobertura mediática.

Los hallazgos de estos dos bioquímicos, apuntando a un error en los análisis, desconcertaron a la fiscalía que pidío una segunda opinión. El experto en enfermedades genéticas e la universidad de Yale Piero Rinaldo confirmó que Ryan sufría una enfermedad genética y no un envenenamiento con anticongelante, es más, posiblemente el tratamiento en el hospital fue el causante de su fallecimiento. Un envenenamiento con anticongelante se trata con etanol, sin embargo en un paciente de AMM este etanol se convierte en oxalato que precipita en combinación con el calcio de la sangre acumulándose en el pulmón y en el riñón. estos cristales son en última instancia responsables de la muerte. Finalmente se demostró que el análisis en el que se encontraron trazas de anticongelante en el biberón también fue fallido.

Ante la evidencia la fiscalía retiró los cargos y Patricia Stallings salió en libertad.

Fuente: Tomates con genes

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La ultraderecha y el nacionalcatolicismo han ganado la batalla

Noticias criminología. La ultraderecha y el nacionalcatolicismo han ganado la batalla. Marisol Collazos Soto

La responsable de Igualdad con Zapatero cree que la reforma se debe a un pacto entre Gobierno, la Conferencia Episcopal y los grupos provida.

“La ultraderecha y el nacionalcatolicismo han ganado la batalla”, sentencia Soledad Murillo, responsable de las políticas de Igualdad en el primer Ejecutivo de Rodríguez Zapatero (2004- 2008) y artífice de las leyes de Violencia de Género e Igualdad. Sitúa esas fuerzas dentro del propio Gobierno y cree, además, que la reforma restrictiva del aborto tiene mucho que ver con “un pacto implícito entre el Gabinete de Rajoy, la Conferencia Episcopal y los grupos provida”; un pacto que se produce “precisamente cuando el papa Francisco ha calificado como ‘obsesión’ la lucha contra el aborto”. “Las españolas volverán a tener que viajar al extranjero para interrumpir la gestación”, advierte.

“Hemos vuelto a los años ochenta del siglo pasado”, critica Murillo, veterana feminista. Esta “involución” desplaza a España hasta situarla “al nivel de los países de la UE con legislaciones más restrictivas sobre interrupción del embarazo”. “Ahora el Gobierno limita el aborto a dos supuestos que son irrenunciables, según la doctrina de Naciones Unidas: la violación y el peligro para la salud de la madre”. Pero además, introduce “obstáculos añadidos”, como la necesidad de dos dictámenes médicos y la ampliación del plazo de reflexión de tres a siete días. “El resultado es que se criminaliza a las mujeres que quieran interrumpir la gestación”, asegura esta experta. Añade otra objeción: con la reforma se perderá el contenido sobre prevención del embarazo y aliento a la educación sexual que sí figuraba en la legislación de 2010, la que estableció el aborto como derecho —sin necesidad de tener que alegar causas en las primeras 14 semanas—. Murillo también lamenta las futuras limitaciones al aborto que establece la ley Gallardón cuando haya malformación del feto.

“La nueva ley genera una enorme incertidumbre entre las mujeres. El ministro debe explicar qué es eso de que no habrá reproche penal, porque el Código Penal no reprocha, sino que castiga. ¿Qué pasará además si alguna clínica privada orilla la ley?”, plantea la socióloga. Cree que las españolas volverán a verse obligadas a viajar al extranjero para interrumpir la gestación, como ocurría antes de la despenalización de 1985. “Allí podrán hacerlo sin sentirse victimizadas y sin tener que dar razones”, puntualiza. Recuerda que, históricamente, en la gran mayoría de los abortos se ha aducido el riesgo psicológico para la mujer, un supuesto que quedará muy limitado con la contrarreforma del PP.

“Hay una involución general en lo que a derechos de las mujeres se refiere”, concluye Murillo. A la restricción al aborto suma la “derogación de facto” de la Ley de Dependencia —miles de mujeres han dejado de cotizar como cuidadoras y no hay nuevos beneficiarios— o la intención de que las amenazas en violencia machista dejen de ser delito para convertirse en falta.

Fuente:  laicismo.org

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El primer caso que resolvió la Corte Penal Internacional

Noticias criminología. El primer caso que resolvió la CPI. Marisol Collazos SotoEl 10 de julio de 2012, la Sala de Primera Instancia de la Corte Penal Internacional declaró culpable al líder congoleño Thomas Lubanga Dyilo [Comandante en Jefe de las Forces patriotiques pour la libération du Congo] por haber cometido los crímenes de guerra tipificados en los Arts. 8.2.e).VII [Reclutar o alistar a niños menores de quince años en las fuerzas armadas nacionales o utilizarlos para participar activamente en las hostilidades] y 25.3.a) [De conformidad con el presente Estatuto, será penalmente responsable y podrá ser penado por la Comisión de un crimen de la competencia de la Corte quien: a) Cometa ese crimen por sí solo con otro o por conducto de otro, sea éste o no penalmente responsable] del Estatuto de Roma que instituyó la CPI en 1998. Los hechos, por los que fue condenado este señor de la guerra a 14 años de prisión, ocurrieron entre septiembre de 2002 y agosto de 2003. Con este veredicto, la Corte permanente dictó su primera sentencia en un proceso que se había iniciado el 26 de enero de 2009, casi tres años después de que se hubiera arrestado a Lubanga en marzo de 2006. La sentencia analiza con detalle la traumática experiencia vivida por aquellos niños soldados [child soldier] que reclutó así como las brutales consecuencias físicas y psicológicas que padecieron al tener que luchar en el conflicto armado que asoló la República Democrática del Congo.

Fuente:  Anécdotas y curiosidades jurídicas | iustopía

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Mapa de leyes de aborto en el mundo

Noticias criminología. Aborto en el mundo. Marisol Collazos Soto

 

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Igualdad no significa justicia

Noticias criminología. Igualdad no significa justicia. Marisol Collazos Soto

 

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El ateísmo es castigado con la muerte en trece países

Noticias criminología. El ateísmo es castigado con la muerte en trece países. Marisol Collazos Soto

 

Los ateos de 13 países corren el riesgo de ser condenados a muerte , sólo por sus creencias (o no creencias ) de acuerdo con un nuevo informe global de la Internacional Humanista y Ética Unión a publicado este martes . Los 13 países identificados por el estudio son de mayoría musulmana .

Los países que imponen estas penas son: Afganistán , Irán, Malasia , Maldivas , Mauritania, Nigeria , Pakistán , Qatar , Arabia Saudita , Somalia , Sudán , Emiratos Árabes Unidos y Yemen. Con la excepción de Pakistán, los países todos permiten la pena capital contra la apostasía , es decir , la renuncia a una religión en particular . Pakistán , por su parte , impone la pena de muerte por blasfemia , que puede incluir , obviamente, no creer en Dios.

El mapa interactivo de El estudio da una buena y amplia, visión general de qué países castigan la apostasía y la blasfemia con la muerte ( negro ), con la pena de prisión (rojo), o imponen restricciones legales sobre (el no)  discurso religioso y el pensamiento (amarillo):

El informe es una versión más completa de un estudio similar publicado el año pasado que identificó sólo siete países en los que los ateos enfrentan la pena de muerte, sólo la mitad del total de este año. “Nuestros resultados muestran que la inmensa mayoría de los países no respetan los derechos de los ateos y librepensadores “, explica el estudio , y señaló que las leyes de algunos países previenen que los ateos se casen , asistan a la escuela pública , su participación como ciudadano , para ejercer cargos públicos , o que simplemente existan. Los autores, citando un estudio de Gallup, estiman que alrededor del 13 por ciento de la población del mundo es ateo, mientras que el 23 por ciento se identifica simplemente como ” no religioso”.
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La policía islámica de Nigeria destroza 240000 botellas de cerveza

Noticias criminología. La policía islamista de Nigeria destroza 240000 botellas de cerveza. Marisol Collazos Soto

La policía hace cumplir la ley islámica en la ciudad nigeriana de Kano, destruidas públicamente unas 240000 botellas de cerveza, es el último movimiento en una ofensiva más amplia sobre el comportamiento considerado » inmoral» en la zona.

La bebida prohibida había sido confiscada en los camiones que llegan a la ciudad, dijeron funcionarios de la Hisbah ,  patrulla encargada de hacer cumplir la estricta ley islámica , conocida como sharia.

El jefe Hisbah Aminu Daurawa dijo en la ceremonia de romper botellas, que tenía » la ardiente esperanza de que esto ponga fin al consumo de este tipo de sustancias prohibidas» .

Una gran excavadora rompió las botellas a gritos de «Allahu Ahkbar» (Dios es grande) de los partidarios frente a la sede Hisbah en Kano, la ciudad más grande en el norte musulmán de Nigeria.

Barriles que contenían más de 8000 litros de una bebida alcohólica local llamada «burukutu» y 320000 cigarrillos también fueron destruidos.

«Esperamos que esta medida ayudará a restaurar la empañada imagen de Kano «, dijo Daurawa.

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Nelson Mandela y el apartheid

Noticias criminología. Nelson Mandela y el apartheid. Marisol Collazos Soto

 

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Representación de una boda sumisa

Noticias criminología. Representación de una boda sumisa. Marisol Collazos Soto

Ella vestía de novia, de blanco radiante. Llevaba el rostro cubierto con una máscara, más bien, un burka, y cadenas cerradas con candados en las muñecas y en el cuello para simbolizar el sometimiento absoluto a su futuro esposo, su sumisión eterna. Él iba enfundado en traje oscuro, repeinado, sujetando las cadenas de su sumisa novia y custodiando las llaves del candado a modo de trofeo. La novia ha prometido ser “sumisa” y cumplir con su destino: “Ser  esclava de mi amo, según los mandatos de los sacros imperativos del patriarcado”. La escena forma parte de la performance organizada por Izquierda Abierta para denunciar la ideología de la discriminación de género contenida en el libro Cásate y sé sumisa, publicado por Nuevo Inicio, la editorial del Arzobispado de Granada.

El guión estaba inspirado en algunos pasajes del polémico manual, que esta semana, para sorpresa de propios y extraños, ha llegado a situarse en el primer puesto de ventas del top cien de Amazon. La parodia fue breve. Apenas veinte minutos bastaron para escenificar la boda sumisa. Una veintena de jóvenes, todos ellos de Izquierda Abierta, participaron en la puesta en escena, celebrada en la granadina Plaza de las Pasiegas, junto a la Catedral. Los protagonistas repararon en todos los detalles necesarios para el ceremonial: los novios, los padrinos, los invitados, el obispo y un fotógrafo que actuaba como paparazzi.

Durante la representación de la boda sumisa, los padrinos y los invitados al enlace-protesta mostraron pancartas en las que se podía leer: “¡Ni putas ni sumisas!”, “La sumisión mata: 702 mujeres asesinadas desde 2003” y “Sacad vuestras sotanas de nuestra libertad” junto a otros mensajes que hacían referencia a los 10000 millones de euros que recibe cada año la Iglesia Católica de fondos públicos.

Ampliar en:  andaluces.es

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El uno por ciento de la población sueca es responsable de 63 por ciento de las condenas por delitos violentos

Noticias criminología. El uno por ciento de la población sueca es responsable de 63 por ciento de las condenas por delitos violentos. Marisol Collazos Soto

La mayoría de  los crímenes violentos en Suecia se han realizado por un pequeño número de personas. Casi todos son varones (92 %) que a principios de la vida se desarrollan en delitos violentos, problemas de abuso de sustancias, a menudo diagnosticados con trastornos de la personalidad y se ven implicados en un gran  número de crímenes no violentos. Estas son las conclusiones de los investigadores de la Academia Sahlgrenska que han examinado 2.5 millones de personas en los registros de antecedentes penales y de la población sueca .

En este estudio, los investigadores de Gotemburgo relacionaron los condenas por delitos violentos en Suecia entre 1973 y 2004 con el registro de la población en todo el país para los nacidos entre 1958 al 1980 (2.5 millones) .

De los 2.5 millones de individuos incluidos en el estudio, el cuatro por ciento fueron declarados culpables de por lo menos un delito violento, 93642 personas en total. De éstos condenados al menos una vez , el 26 por ciento fueron recondenados por tres o más veces , lo que resulta en un uno por ciento de la población (23342 personas), que representan el 63 por ciento de todas las condenas de delitos violentos durante el período de estudio.

«Nuestros resultados muestran que el cuatro  por ciento de los que tienen tres o más delitos violentos tienen trastornos psicóticos, como esquizofrenia y  trastorno bipolar. Los trastornos psicóticos son dos veces más comunes entre los reincidentes  frente a la población general, pero a pesar de este hecho,  constituyen un proporción muy pequeña de los reincidentes», afirma Örjan Falk, investigador de la Academia Sahlgrenska.

Según los investigadores de Gotemburgo  «los actos de locura» que reciben una gran cantidad de cobertura en los medios de masas, cometidos por una persona con un trastorno psiquiátrico grave, no son responsables de la mayoría de los crímenes violentos .

Según los investigadores, los resultados del estudio son importantes para los esfuerzos de prevención del delito. «Esto nos ayuda a identificar qué individuos y grupos necesitan una atención especial y recursos adicionales para la intervención. Una discusión sobre la eficacia de la pena (pena de prisión) para las  necesidades de este grupo también se considera, y nos gustaría iniciar un debate sobre qué tipo de la acción criminológico y médica  podría ser significativa para el trtamiento», dice Örjan Falk.

Estudios como éste a menudo se usan como argumentos para penas más rigurosas y los principios de Estados Unidos como «tres strikes y estás fuera » . ¿Cuáles son sus puntos de vista sobre esto?

«Sólo la cárcel de por vida a los que cometen tres o más crímenes violentos, por supuesto, una idea convincente desde un punto de protección social, pero podría dar lugar a algunas consecuencias indeseables, como una escalada de violencia grave en relación con la intervención de la policía y motivos más fuertes de los autores de la violencia de repetición para amenazar a testigos de ataques para evitar la cadena perpetua, también es un hecho que un gran número de crímenes violentos son cometidos dentro del sistema penal» .

«Y desde el punto de vista moral significaría que nos damos por vencidos en estos, en muchos aspectos, los individuos  que muy probablemente se verían favorecidos  por tratamientos psiquiátricos intensivos u otro tipo de intervenciones. Existen también otras alternativas plausibles a la prisión para aquellos que persistentemente sufren recaída en los delitos violentos, tales como el monitoreo altamente intensivo, la vigilancia electrónica y por supuesto el desarrollo continuo de los programas de tratamiento dirigidos especialmente. Este principio supondría un mayor coste para la sociedad, pero en un período más largo de tiempo  reduciría el número total de delitos violentos y reduciría así una gran parte de los que sufren y los costes que se derivan de los crímenes violentos» , dice Örjan Falk .

«Yo , ante todo, defiendo una mayor atención a los niños y adolescentes que presentan signos de desarrollo de conductas violentas y que corren el riesgo de convertirse en más adelante los delincuentes reincidentes de delitos violentos».

El artículo El 1 % de la población responsable de 63 % de todas las condenas de delitos violentos , fue publicado en Psiquiatría Social y Epidemiología Psiquiátrica en octubre.

Fuente: link.springer.com/article/10.1007%2Fs00127-013-0783-y

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El verdadero matrimonio tradicional cristiano

 

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La clasificación de los ‘hijos ilegítimos’ según ‘Las Siete Partidas’ de Alfonso X ‘El Sabio’

En el siglo XIII, bajo el reinado de Alfonso X “El Sabio” se redactó en castilla un código titulado originalmente como “Libro de las Leyes”, que con los años pasó a llamarse “Las Siete Partidas”.

En la Partida Cuarta, de este código, destinada al derecho de familia, podemos encontrarnos una curiosa clasificación de los hijos ilegítimos, catalogando a éstos del siguiente modo:

a) Naturales: Los nacidos de barraganas (*)
b) Fornezinos: Los nacidos en adulterio, los nacidos como producto de relaciones entre parientes o con grados prohibidos o los nacidos de monja.
c) Manzeres: Los nacidos de prostitutas
d) Spurri: Los nacidos de barraganas, viviendo fuera de la casa del hombre, es decir, la amante o mujer que tiene relaciones con más de un hombre
e) Notos: Los nacidos de matrimonio pero que no son hijos del esposo de la mujer.

(*) Barragana: Mujer que convive con un hombre sin estar casados entre sí.

 

Fuente: Ya está el listo que todo lo sabe

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Imagen de la Fiscalía Anticorrupción

Noticias criminología. V. Marisol Collazos Soto

 

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La evidencia empírica no justifica una condena al aborto

Noticias criminología. Aborto por países y leyes. Marisol Collazos Soto

A pesar del aumento en los métodos seguros y efectivos de anticoncepción y la distribución de información acerca de estos métodos, el embarazo no deseado sigue siendo un problema en algunas sociedades. Las mujeres que enfrentan un embarazo no deseado, ya sea en países desarrollados o en desarrollo, deciden interrumpir su embarazo en base a similares razones (Fuente: Cohen 2003). ¿La evidencia empírica justifica la condena al aborto? No.

El aborto inducido es un procedimiento común en todo el mundo y al menos la mitad de los más de 45 millones de abortos inducidos que ocurren en un año se llevan a cabo en condiciones inseguras. Los abortos inseguros conllevan un alto riesgo de mortalidad y morbilidad materna, lo que representa más de 80.000 muertes maternas por año. A nivel mundial, el 38% de los 210 millones de embarazos que ocurren cada año no son planeados, y el 22% de éstos termina en aborto. Las principales razones para abortar trascienden las fronteras y culturas, particularmente cuando un embarazo es producto de incesto, violación, por problemas graves de salud que suponen riesgo vital para la madre, por vivir en una cultura en la que es tabú para una mujer soltera tener un hijo o porque carecen de la condición y la autonomía de usar anticonceptivos de manera efectiva (Fuente: Milsom 2006).
El aborto legal es uno de los procedimientos médicos más seguros para las mujeres, y es dos veces más seguro que el parto normal. Sin embargo, el aborto ilegal e insalubre es un problema de salud importante y despreciado en algunos países en desarrollo (como Chile), y constituye uno de los principales problemas en la vida de las mujeres durante el período reproductivo. Este tipo de aborto se realiza fuera del sistema legal por una persona que no tiene suficientes conocimientos y habilidades y en lugares con los estándares médicos más bajos. En base a las condiciones en que se lleva a cabo el aborto y los métodos utilizados, la aparición de complicaciones graves es altísima. Esto hace del aborto ilegal una de las principales razones de las muertes de mujeres embarazadas (Fuentes: Rasch et al. 2000Zhirova et al. 2004).
Debido a la desaprobación de sectores políticos conservadores y credos religiosos, el aborto siempre ha sido objeto de sanciones legales y sociales. Por ejemplo, en Camerún, la pena es de 5 años de prisión para la persona que realiza el aborto, 1 año para la mujer que tiene el aborto y 2 años para la persona que prepara los instrumentos y medicamentos (Fuente: Schuster 2005).Contrariamente al argumento antiabortista, algunas de las tasas de aborto más bajas del mundo se pueden encontrar en países con leyes de aborto más liberales y legales, donde los servicios están fácilmente disponibles e incluso subvencionadas por el Estado, y por el contrario, las más altas tasas de aborto (y, en general, las más altas tasas de mortalidad materna también) pueden ser observadas en los países donde el procedimiento está severamente restringido y penalizado (Fuente: The Guttmacher Report on Public Policy). Vean el cuadro comparativo a continuación:

Noticias criminología. Aborto por países y leyes. Marisol Collazos Soto

 

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Los 10 mejores países del mundo en igualdad de género

Noticias criminología.Mujeres finlandesas. Marisol Collazos Soto

 

El Foro Económico Mundial divulgó su Reporte Global de Diferencia de Género del año 2013, que mide la disparidad entre las oportunidades y condiciones de vida de hombres y mujeres.

El informe, que estudia 136 países, evalúa los parámetros de participación y oportunidad económica, el nivel educativo, el poder político y la salud y promedio de vida.

El reporte le asigna un puntaje a los países en un rango entre 0 —desigualdad absoluta— y 1 —equidad—, y el puntaje total representa el porcentaje de la brecha que ha sido cerrada entre mujeres y hombres.

Nicaragua ocupa el puesto 10 y es el mejor país americano. Le siguen Cuba (15), Canadá (20), Estados Unidos (23), Ecuador (25) y Bolivia (27). España, por su parte, está en la posición 30.

Oriente Medio y el norte de África fueron las únicas regiones que no mejoraron con respecto al año pasado. Yemen es el país peor calificado.

Los países escandinavos lideran la lista de los mejor posicionados.

1. Islandia
2. Finlandia
3. Noruega
4. Suecia
5. Filipinas
6. Irlanda
7. Nueva Zelanda
8. Dinamarca
9. Suiza
10. Nicaragua

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Gallardón criminaliza a las personas con diversidad funcional mental

Noticias criminología..Gallardón criminaliza a las personas con diversidad funcional mental Marisol Collazos Soto

El proyecto de reforma del Código Penal contraviene la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con diversidad funcional (discapacidad).

El Foro de Vida Independiente y Divertad (FVID) quiere manifestar que según la reforma del Código Penal que prepara el Ministerio de Justicia que dirige el señor Gallardón, se pretende criminalizar a las personas con diversidad funcional mental. La reforma está claramente en contra de la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con diversidad funcional (discapacidad), al propiciar la reclusión de indefinida de estas personas que hayan cometido un delito. Se vulnera así el principio de reinserción que rige el sistema penitenciario español, ya que no se puede retener a nadie de forma indefinida o por los delitos que previsiblemente pueda cometer.

La cadena perpetua no existe en España. Tampoco la libertad vigilada de forma indefinida. Con esta reforma del Código Penal un buen número de personas pueden ser las primeras en ser condenadas de por vida, además de estigmatizadas para siempre. La diversidad funcional mental conlleva hoy en día un estigma social, un rechazo silencioso. Con esta reforma este rechazo se puede agravar y en contra de lo que dice en la Convención de la ONU, en vez de incluir a las personas con diversidad funcional mental en la sociedad, se las va a marcar y apartar.

El FVID considera que, por encima de la condición de cada individuo, está la persona y, con ésta, la dignidad inherente a cada ser humano, que debe ser respetada y protegida en el caso de los más vulnerables. Esta reforma ataca la dignidad de las personas con diversidad mental y por ello el FVID quiere mostrar su rechazo y contrariedad ante esta reforma.

Vamos en la dirección equivocada. En vez de crear una sociedad inclusiva donde todos tengamos cabida y trabajemos por tener los apoyos necesarios para que todas las personas podamos convivir y disfrutar de la igualdad de oportunidades, se crean leyes que continúan discriminando a las personas con diversidad funcional. Por todo ello el FVID invita al ministro Ruiz Gallardón a rectificar en su propósito y cumplir la Convención de la ONU, uniéndose así a todas las personas y colectivos que han mostrado su rechazo a esta reforma. – See more at: http://www.humania.tv/noticias/gallardn-criminaliza-a-las-personas-con-diversidad-funcional-mental#sthash.z88iHqDU.QjXCHUZy.dpuf.

Fuente: humania.ORG

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La historia del Derecho Penal refleja la lucha de la justicia por sustituir a la venganza

Noticias criminología. La historia del Derecho Penal refleja la lucha de la justicia por sustituir a la venganza. Marisol Collazos Soto

La administración de justicia debe atenerse a un procedimiento objetivo para valorar las pruebas y los testimonios, teniendo en cuenta que las víctimas suelen ser parciales y poco fiables por estar contaminadas de un vehemente deseo de venganza, muy comprensible, pero ilegítimo para determinar la sentencia.

La figura de un tribunal que dictamine imparcial y desapasionadamente es una conquista de la civilización contra la barbarie que suele representar el expeditivo afán justiciero de las víctimas, a las que le basta con la simple sospecha para desencadenar el linchamiento moral del acusado, el ajusticiamiento colectivo, su aniquilación como ciudadano con derechos inalienables, que incluyen las garantías de un proceso justo.

En los últimos tiempos, gracias al morboso interés que provocan los psicodramas lacrimógenos de las víctimas, la «alarma social» se ha convertido en un motivo válido para que los jueces que instruyen un sumario modifiquen sus decisiones, y adoptan medidas de carácter punitivo cuando su labor debería limitarse a recabar pruebas y testimonios para descubrir la verdad y adoptar las medidas cautelares para evitar la destrucción de pruebas y la fuga del sospechoso.

Los medios de comunicación suelen compensar la falta de talento, rigor y creatividad por una moviola que repite cientos de veces las mismas escenas, los mismos relatos, en una especie de mantra casi hipnótico que exacerba las opiniones, conmociona, y no informa, con lo que se consigue la «alarma social» con la que maquillamos lo peor de nosotros mismos en un delirio vengador colectivo. Y eso cuando, teóricamente, el juicio y la sentencia es prerrogativa de un tribunal imparcial, cuya subjetividad no esté contaminada por la instrucción del sumario.

Las víctimas se han investido de una autoridad moral de la que carecen, exigen un protagonismo que no debería concedérsele, y reciben un crédito por su condición de víctimas, parientes o allegados que es un atentado contra el sentido común y la idea del Derecho moderno. Ningún juez —ni nadie con dos dedos de frente— debería tomar en cuenta su cantinela ecolálica, rebozada con un ego hipertrofiado por el victimismo. Por mucho que se nos exija en nombre de esa «sensibilidad y solidaridad» edulcorada y bobalicona que persigue el chantaje emocional al que nos someten.

Si hay que tomar una decisión trascendental en la que esté en juego la justicia, hay que usar el cerebro y no esa lepra emocional producto de las hormonas y las gónadas  que mueve a los querulantes.

He dicho.

Gatopardo

 

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Marisol Collazos Soto

ONU llamando al Vaticano

Noticias criminología. ONU llamando al Vaticano. Marisol Collazos Soto

El Vaticano ha sido llamado por la ONU a responder sobre una lista de puntos relacionados con los abusos sexuales a menores cometidos por sacerdotes, religiosas e instituciones de la Iglesia Católica. El Vaticano es miembro observador de la ONU y ha ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), por lo cual está obligado a responder. Hace 15 años que no lo hace y esta vez las preguntas son mucho más incisivas y detalladas que nunca. En 2011, presionado, el Vaticano amenazó con retirarse de la CDN, como indica EuroXpress:

Los especialistas de Naciones Unidas preguntan para iniciar la lista de interrogantes si la «Iglesia católica reconoce estos casos de violencia sexual contra menores por parte de miembros del clero, sacerdotes y monjas de varios países» y les interroga sobre «informaciones detalladas en todos los casos».

El CDN ha preguntado, por ejemplo, cómo estaba asegurándose el Vaticano de que los curas abusadores no tuvieran más contacto con niños y qué instrucciones había emitido la Santa Sede para asegurar que los casos conocidos por la Iglesia sean reportados a la policía.

Los expertos también investigan si la Iglesia ha silenciado a algunos niños víctimas de abusos sexuales y preguntan sobre la veracidad de las denuncias a la Iglesia en varios países, entre ellos Estados Unidos e Irlanda, donde ha sido acusada de trasladar a curas sospechosos de una diócesis a otra y de manejar el tema de manera secreta.

En su investigación también cuestionan las medidas adoptadas para prevenir y condenar los castigos corporales en algunas escuelas católicas y para evitar una educación de género discriminatoria en estos centros.

El comité también preguntó si la Iglesia había investigado el Asilo de las Magdalenas por las denuncias de tortura y tratos degradantes ocurridos en Irlanda entre 1922 y 1996 a miles de mujeres explotadas en las lavanderías de la congregación católica.

Artículo completo en: alerta religión

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El artículo 525 del Código Penal y por qué no es bueno apagar el fuego con madera

Cuenta la leyenda que un grupo de pastores molareños se encontraba pastoreando sus rebaños a orillas del río Jarama cuando el cielo se llenó de nubes y de repente se formó un remolino. Cuando los vientos se calmaron descubrieron un trozo de madera en el que vislumbraron la figura de la virgen a medio desenterrar. De ahí proviene el curioso nombre de la virgen del remolino. La madera original que encontraron aquellos pastores no se ha conservado, pero en su lugar los fieles de la zona mandaron tallar una virgen que, en noviembre de 1897, colocaron en una ermita edificada en el lugar donde creyeron que ocurrió aquel remolino. No duró mucho esta virgen puesto que, apenas dos años después, una devota encendió varias velas en la ermita que, desafortunadamente, los monaguillos olvidaron apagar…

El 29 de mayo de 1899, la virgen del remolino ardió por los cuatro costados.

La talla quedó inservible, el niño jesús que llevaba en sus brazos quedó reducido a cenizas y cuentan que apenas sobrevivieron algunos trozos que un valiente vecino, el tío Lucas, se apresuró a salvar aún a riesgo de quemarse las manos.

Hasta aquí la historia, tal y como ha llegado hasta nosotros, mezcla de leyendas, cuentos y algunos datos verídicos. Lo que sí resulta tremendamente irónico es que, un siglo más tarde del fuego que quemó a la virgen y al niño, el Excelentísimo Alcalde de Alcorcón, D. David Pérez Gárcía, le confiera facultades contra incendios a una escultura que acabó en cenizas cien años atrás.

Noticias criminología. El artículo 525 del Código Penal y por qué no es bueno apagar el fuego con madera. Marisol Collazos Soto

Siendo algo travieso y simplemente mirando los datos, uno podría inclinarse a pensar que más que proteger de los incendios, esta talla pareciera que los provoca. Sea como sea, resulta paradójico que un Alcalde, aunque sea del muy católico Partido Popular, siga empeñado en atribuir a seres supranaturales las tareas que corresponden a organismos muy terrenales.

Me voy a fijar más en los aspectos legales de las afirmaciones que el Excelentísimo se ha dedicado a proferir en twitter.

Con la frase «Alguien va a pagar caro», D. David Pérez, se refiere a que va a ejercitar su derecho a la tutela judicial enarbolando el temible artículo 525 del Código Penal… Y así lo ha manifestado, no una, ni dos, ni tres, ni cuatro, ni cinco… en fin, que lo ha dicho muchas veces…

El Excelentísimo indica reiteradamente que el lunes (imagino que no sabe que existen los Juzgados de Guardia) alguien lo va a pagar caro, porque va a acusar a algunos tuiteros de quebrantar el artículo 525 del Código Penal. ([Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE])

Pero, ¿Qué dice el artículo 525 del Código Penal?… Pues, literalmente, esto:

525. 1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.

525. 2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.

Para todos aquellos que creen que la legislación española, como debería corresponder a un ordenamiento jurídico del siglo XXI, no protege creencias, esto será un chasco…. Efectivamente, este vergonzoso artículo existe y está en la actualidad vigente en nuestro Código Penal.

Es un lamentable vestigio de la era franquista cuando la blasfemia era delito y, aunque a muchos de nosotros nos abochorna y apena que esta norma exista, al parecer otros están encantados con ella y no dudan en vociferarla a la más mínima ocasión.

Ampliar en: LA ALDEA IRREDUCTIBLE

 

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