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Archivo diario: 2011/12/18

Guía rápida para entender el caso Urdangarín

Noticias Criminología. Caso NOOS, Urdangarin. Marisol Collazos Soto

La operación ‘Babel’, una pieza del caso de corrupción ‘Palma Arena’, investiga desde el año 2010 las actividades del Instituto Nóos durante la etapa en que el yerno del rey, Iñaki Urdangarín, era su presidente.

No obstante, la polémica se ha reavivado recientemente, cuando la Fiscalía Anticorrupción de Baleares atribuyó al marido de la infanta Cristina una actividad encaminada a «apoderarse» de «fondos públicos».

Si todavía no te queda claro de qué va todo esto, te damos ocho claves para entender en un minuto lo que está pasando con Urdangarín:

¿Por qué está Urdangarín en el punto de mira?

Porque entre 2004 y 2006 fue presidente del Instituto Noos, una organización -supuestamente sin ánimo de lucro- sospechosa de haber desviado el dinero que le entregó la administración pública para organizar eventos deportivos y otros servicios.

¿Cuánto dinero recibió Nóos de la administración pública?

Recibió 2,3 millones de euros del gobierno balear y 3,7 millones del gobierno y ayuntamiento de Valencia.

¿Por qué la Fiscalía Anticorrupción sospecha de Nóos?

Porque no ha justificado bien el dinero público que ha recibido. Entre otras irregularidades, hay un millón de euros que no se destinó a prestar los servicios previstos en el contrato; además, algunos servicios tenían precios inflados.

¿Inflados hasta qué punto?

Por ejemplo, en uno de los eventos se justificó el gasto de 80.000 euros en cuatro comidas, tres cenas y seis refrigerios. Se concedieron 445 000 euros a Nóos para un organismo, el Observatorio Permanente de Deporte y Turismo, que nunca llegó a existir.

¿Cuándo será juzgado Urdangarín ?

Por ahora no está ni siquiera imputado, pero sí lo está su socio Diego Torres y todo el equipo directivo de Nóos, lo que hace pensar que pronto también lo estará también Urdangarín.

¿Cuál ha sido la reacción de la casa Real?

Le han apartado de cualquier actividad como miembro de la familia real, porque su conducta no ha sido “ejemplar”, según palabras del portavoz de la Casa del Rey.

Dado que es el yerno del rey, ¿tiene Urdangarín alguna protección jurídica especial?

No. Puede ser juzgado y condenado a la pena prevista como cualquier otro ciudadano.

¿Como afecta esta caso a su esposa, la infanta Cristina?

De momento, se ha publicado que ella y su marido son propietarios al 50% de una empresa, llamada Aizoon, que también emitió recibos por servicios prestados a Nóos, servicios que realmente nunca existieron. Los investigadores creen que así se desviaban los fondos de Nóos (los mismos que le había concedido la administración) al bolsillo particular de Urdangarín y su esposa. Aizoon tuvo su sede en en la residencia de los duques de Palma en Barcelona. Urdangarín la cambió en cuanto se vio implicado en el caso, se supone que para evitar el registro de su vivienda y para, en caso de ser condenado, evitar que se la embarguen.

Fuente: lainformacion.com

 

La Inquisición en Valencia: quemó a más de 1000 judíos, envió a galeras a 700 homosexuales, procesó a 3000 moriscos

Noticias Criminología. Torturas de la Inquisición. Marisol Collazos SotoMonasterio del Puig, segunda mitad del siglo XVIII. El padre Rissón, maestro de novicios, es denunciado ante la Inquisición por un joven fraile. ¿Herejía? ¿Desviación religiosa? Nada de eso. Se trata de algo más terrenal…

El tal padre Rissón «es sodomita público e incorregible —acusa el delator—. Pruébalo que el dicho estuvo amancebado con un religioso llamado fray de Valera; éste era corista, y el tal, maestro de novicios, y eran pocos los días que con el tal Valera no tuviese acto carnal por la parte posterior […] Muchas noches, después de tocar el silencio, iba el fray Valera a la celda del tal maestro de novicios, y yo […] atendía y oí dos noches (que es lo que bastaba para salir de dudas) grandes risadas y que le decía el Valera: “Despacio, padre maestro, que me rompe el orificio”».

Después del hereje y el judío, el personaje más odiado por la Inquisición fue el «sodomita». El tribunal de Valencia procesó a 3.661 por este «delito»: entre cincuenta y sesenta fueron quemados en la hoguera, doce de ellos en un brutal auto de fe de 1625; y más de 700 homosexuales fueron enviados a galeras por el Santo Oficio.

La persecución de todas las transgresiones de la moral sexual católica es una de las caras menos conocidas de la Inquisición y sobre la que arroja luz el libro En nom de Déu. La Inquisició i les seues víctimes al País Valencià (Edicions del Bullent), del historiador Albert Toldrà. Porque el Santo Oficio no sólo acosaba a los homosexuales. Por zoofilia («pecado» en el que incurrían moriscos, pastores, enfermos mentales y hombres frustrados) el tribunal de Valencia procesó a 845 personas: quemó a trece y envió a galeras a varios centenares.

La Inquisición también perseguía a los solicitadores, los sacerdotes que aprovechaban la confesión para seducir a beatas y monjas. En los confesionarios, detalla Toldrà, «había toda clase de relaciones: desde violaciones brutales hasta auténticas historias de amor». Exhibicionismo, besos, caricias, masturbación, coito… Y la Inquisición actuaba, como en el proceso contra fray Roc Moltó, un cura de Alcoi de 45 años que solicitó en confesión a Sor Felipa d’Alcàntera, organista y monja del convento franciscano de la Puritat de Valencia, como declaró la religiosa en el interrogatorio del 8 de noviembre de 1704: «Fray Roque Moltó […] antes de empezar la confesión […] le dijo que entonces se estaba tocando sus partes y se deleitaba pensando en ésta, y añadía: “¡Ay!” y “¡qué gusto!”, y otras palabras expresivas del deleite que experimentaba […] que deseaba verla en otra parte más libre, para lograr mejor su gusto, pero turbada ésta con propuesta tan inesperada y escandalizada juntamente, viendo que estaba como loco y fuera de sí, sin dar lugar a más conversación se salió de su confesionario y no volvió más a él». El impulsivo franciscano estuvo seis meses en prisión y le prohibieron volver a confesar.

Artículo completo en: [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]

A la espera de la muerte en un hospital (humor)

Noticias Criminología. Humor, la muerte en la UCI de un hospital. Marisol Collazos Soto

Niki Malhotra

Tipologías para víctimas de accidentes de tráfico

Noticia Criminología. Accidentes de tráfico. Marisol Collazos Soti

La diferencia entre víctima falsa o real viene puesta de manifiesto por la propia consideración de víctima; es decir, la víctima real es un sujeto que ha sido victimizado, mientras que la víctima falsa es la que creemos en principio que ha sido victimizada, pero que a posteriori se demuestra su falsa victimización.

  • Víctima falsa: hay autores que niegan su consideración por cuanto no se trata de víctima en sentido estricto; sin embargo, a efectos operativos nos interesan porque también su falsa consideración de victima puede llevar consigo alguna responsabilidad a posteriori:
    • Víctima imaginaria: comprendería aquella persona que debido a determinados factores bio-psicosociales va a creerse victima de un delito. Suelen ser personas que sufren enfermedades, paranoicos, individuos con personalidad histriónica, aquellos que mienten hasta creerse sus propias ideas, algunas psicosis, delirium, esquizofrenia, etc. También son habituales los menores de edad y los ancianos.
    • Víctima simulada: aquellos individuos que, mediando algún tipo de interés propio o ajeno, actúan como si verdaderamente fueran victimas, sabiendo interiormente que no lo son; por ejemplo, una simulación de accidente para cobrar el seguro. Puede tener responsabilidad penal. La victima imaginaria cree realmente que es victima, y la simulada sabe que no lo es, pero actúa como si lo fuera.
  • Víctima real: comprende el caso más habitual de víctima, incluye aquellas hipótesis en las que hay una víctima real, que ha sufrido las consecuencias lesivas por parte del victimario:
    • Víctima inocente: es la víctima inocente accidental, el caso más común en los siniestros del tráfico, aquella cuya victimización se produce por causa ajena a la persona, el caso fortuito producido por otra persona, en accidente de tráfico en el que el conductor ha llevado todas las precauciones necesarias y sin embargo se convierte en víctima. Puede ser directa (cuando de algún modo ha podido evitar el accidente, aunque no se le reprocha que no lo haya logrado) o indirecta (cuando no tiene ninguna posibilidad de controlar el suceso, por ejemplo los pasajeros del vehículo).
    • Víctima por imprudencia: la que ejecuta una acción imprudente que la convierte en víctima; si, por ejemplo, rebasa una señal de stop y, para evitar colisionar con otro vehículo, choca contra una vivienda o vehículo.
    • Víctima voluntaria: es la persona que se ofrece como sujeto pasivo en la comisión de un delito. Se caracteriza por el carácter voluntario y libre que manifiesta en su actuación. Tiene que haber un pacto o acuerdo entre el sujeto pasivo y el activo. El grado de responsabilidad victima-victimario es del 50% cada uno (simulación de accidente de tráfico).
    • Víctima provocadora: engloba los supuestos en los que la victima incita al sujeto activo a cometer la conducta delictiva, muy próxima a la voluntaria. La víctima provoca hasta que el sujeto activo desarrolla la acción victimizante. Porcentaje victima 75%, victimario 25%. La diferencia de la voluntaria en que hay provocación, mientras que en la voluntaria hay un acuerdo.
    • Víctima culpable: en este supuesto, la víctima presenta un 100% respecto al hecho victimizante y el victimario no tiene responsabilidad. Hay un intercambio de roles, el hipotético victimario pasa a ser victima y viceversa, lo habitual es que se absuelva de responsabilidad penal al hipotético victimario (por ejemplo, arrojarse delante de un coche para que lo atropelle).

Artículo completo en:  La verdad de Carris

Autor:  Antonio Carreras Espallardo.

 

Pobreza y explotación infantil en India

Se muestra un documental de la BBC  Lindsay Lohan´s Indian Joruney. Se ve una chica joven y frívola, tan famosa por sus películas como por sus escándalos, que no paraba de llorar al enfrentarse de golpe desde su mundo en que lo tiene todo y desperdicia mucho, con la realidad de la miseria y de la explotación infantil en la India.

Es un documental que, más allá de las controversias que genera su presentadora, muestra la dramática realidad de un país que en pocos años superará en población a la República Popular China, que tiene una economía dinámica, científicos y universidades de buen nivel, gran desarrollo tecnológico, una industria cinematográfica mayor que la estadounidense, muchos millonarios y una clase media importante, pero que entre un sistema económico que se sustenta en la inequidad, la sobrepoblación, la falta de control de la natalidad, la corrupción, el machismo y otras costumbres arraigadas, no logra superar su mayor problema: la pobreza, y una de sus peores lacras: la explotación infantil.

Acceder al vídeo en varias partes en: Youtube

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